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Liberan a un cubano residente en Uruguay que intentó cruzar hacia Argentina en bote

El cubano tenía status de refugiado y residencia uruguaya; y habría ofrecido 10 mil pesos uruguayos ($250 dólares) a un hombre para que lo pasara al lado argentino del río Uruguay.

Bote utilizado para cruzar hacia Argentina Foto © Diario El Sol

Este artículo es de hace 1 año

La Justicia Argentina emitió un histórico fallo a favor de un cubano residente en Uruguay que intentó cruzar en un bote hacia la ciudad de Concordia en busca de trabajo.

El juzgado Federal de Entre Ríos, en la citada localidad argentina, administró el fallo considerado "ejemplar" contra el migrante y el ciudadano uruguayo que intentó cruzarlo en una embarcación a remos, celebraron algunos medios de prensa.

De acuerdo con un reporte de Diario El Sol, el cubano tenía status de refugiado y residencia uruguaya; y habría ofrecido 10 mil pesos uruguayos ($250 dólares) al dueño del bote, de 34 años, para que lo llevara hasta Concordia, donde buscaría un trabajo digno.

El hecho ocurrió el día 9 de octubre, aproximadamente a las 21:00 horas, en el kilómetro 334,6 de “Playa Nebel”, en la citada localidad argentina; pero los agentes de Prefectura Naval detuvieron la precaria embarcación a remo que había salido de Salto, en Uruguay.

El inédito fallo fue emitido el 13 de octubre contra ambos hombres, los cuales fueron procesados por violación a la Ley de Migraciones N° 25.871.

Al uruguayo se le acusó de haber violado el artículo 116 de la Ley Penal, según el cual "será reprimido con prisión o reclusión de uno a seis años el que realizare, promoviere o facilitare el tráfico ilegal de personas desde, en tránsito o con destino a la República Argentina".

Pero al brindar su declaración, el imputado manifestó trabajar "en la calle cirujeando" (buscando chatarras en la basura), vivir en un rancho, no saber leer ni escribir, y que su ingreso salarial es mínimo: 400 pesos uruguayos diarios ($10 dólares), con los cuales debe alimentar a seis hijos e hijastros. Además, contó que hacía "tres días" estos no comían.

Agregó que no se dedicaba al tráfico de personas, y que desconocía que la acción realizada era penada por la Ley. Finalmente fue sobreseído "por haber actuado bajo error de prohibición directo e insuperable, culturalmente condicionado".

El cubano también fue liberado de culpas luego de que la jueza federal de Concordia, Analía Graciela Ramponi, considerara que se hallaba "ante individuos cuyos caminos se han entrelazado no en razón de una finalidad delictiva, sino como producto de sus propias circunstancias de desamparo".

Estas circunstancias se materializan "tanto en el agobio del migrante que, tras una serie de expatriaciones y asilos, aspiraba a conseguir un trabajo en otra ciudad – ubicada a escasos kilómetros, pero en otro país –como así también en la desesperación del ‘chatarrero’ devenido casualmente en transportista, quien pretendía obtener un ingreso para alimentarse y alimentar a la numerosa familia que de él depende", explicó.

La jueza insistió en que "no puede admitirse que se intente combatir con derecho penal al desamparo", y pidió que el ciudadano uruguayo fuera notificado, con lenguaje claro y sencillo, que está prohibido cruzar personas desde Uruguay a Argentina a través del Río Uruguay.

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