
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le están conferidas en el Artículo 90 de la Constitución de la República y en cumplimiento de lo dispuesto en el Artículo 137 de la Ley No. 72 de 29 de octubre de 1991, Ley Electoral, ha adoptado el siguienteACUERDOPRIMERO: Disponer que el día 24 de febrero de 2008, a las 10:00 a.m., en el Palacio de las Convenciones, los diputados elegidos en las elecciones efectuadas el día 20 de enero para integrar la Asamblea Nacional del Poder Popular, reunidos por derecho propio, procedan a dejar constituida dicha Asamblea para una nueva Legislatura.SEGUNDO: Comuníquese el presente Acuerdo a los Presidentes de la Asamblea Nacional del Poder Popular, de las Comisiones Electoral Nacional y de Candidaturas, y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.Publíquese en la Gaceta Oficial para general conocimiento.Dado en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los cinco días del mes de febrero de 2008, "Año 50 de la Revolución".RAÚL CASTRO RUZ PRIMER VICEPRESIDENTE DEL CONSEJO DE ESTADOFuente: Granma
¿Qué opinas?
COMENTARArchivado en: