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¿Qué puede hacer la oposición en Venezuela con la mayoría parlamentaria?

La Constitución venezolana prevé tres tipos de mayoría parlamentaria ¿Qué pueden hacer con 99 diputados?

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Este artículo es de hace 8 años

La Constitución venezolana prevé tres tipos de mayoría parlamentaria ¿Qué pueden hacer con 99 diputados?

Casi 20 millones de venezolanos han elegido este domingo la renovación de todos los escaños de la Asamblea Nacional de la República de Venezuela. En total 167 diputados, de los cuáles 99 han ido a parar a la alianza opositora, la MUD, y 46 al oficialismo de Nicolás Maduro (faltan 22 diputados por repartir), que ya ha aceptado la derrota. Durante los próximos cinco años la, de momento, oposición será la encargada de mantener la legislación venezolana. Pero, ¿qué podrán hacer con esos 99 diputados?¿Qué podrán legislar?¿Qué apoyos necesitarán?

La Constitución venezolana prevé tres tipos de mayoría parlamentaria:

Mayoría simple (85 diputados)

La mayoría simple se alcanza con 85 diputados, siempre que todos estén en el hemiciclo, pues la Constitución se refiere a diputados presentes en el momento de la votación. Esta mayoría permite legislar todos los asuntos nacionales excepto aquellos distinguidos en la Carta Magna o la legislación de la Cámara. Los cuales son:

  1. Acordar la celebración de un referendo consultivo nacional
  2. Autorizar la salida del presidente del territorio nacional cuando su ausencia se prolongue por un lapso superior a cinco días consecutivos.
  3. Elegir el presidente de la Asamblea Nacional, dos vicepresidentes, un secretario y un subsecretario.
  4. Aprobar la incapacidad física o mental permanente del presidente de la República que haya sido certificada por una junta médica designada por el Tribunal Supremo de Justicia, como ya ocurrió con la enfermedad del ex presidente Hugo Chávez.
  5. Declarar el abandono del cargo por parte del presidente de la República.
  6. Decidir la prórroga por 90 días de la falta temporal del presidente de la República.
  7. Decidir si una falta temporal del presidente de la República que se haya prolongado por más de 90 días consecutivos debe ser considerada como una falta absoluta.
  8. Autorizar que el presidente de la República pueda ser enjuiciado por el Tribunal Supremo.
  9. Considerar y aprobar el decreto que declare el estado de excepción.
  10. Acordar la iniciativa de reforma de la Constitución
  11. Aprobar todo proyecto de reforma constitucional.
  12. Atribuir a los municipios o estados determinadas materias de competencia nacional, para promover la descentralización.
  13. Aprobar la Ley de Amnistía de los presos políticos.
  14. Negociar con el Gobierno.

Mayoría cualificada 3/5 (101 diputados)

Hay dos tipos de mayoría cualificada. La primera requiere tres quintas partes de los escaños, es decir, 101 diputados en la próxima legislatura. ¿Qué medidas se pueden tomar en estas condiciones?

  1. Dar el voto de censura acordado al vicepresidente ejecutivo o a los ministros que implique su destitución
  2. Sancionar una ley habilitante, una herramienta jurídica de rango constitucional que faculta al presidente a dictar decretos con rango, valor y fuerza de ley sobre las materias que estime pertinentes, algo que permite al presidente dictar legislación con carácter de emergencia.
  3. Aprobar la moción de censura al vicepresidente ejecutivo.
  4. Aprobar la moción de censura a los ministros.
  5. Cambiar a los integrantes del Centro Nacional Electoral, previo pronunciamiento del TSJ.

Mayoría cualificada 2/3 (112 diputados)

El tercer tipo de mayoría es la que requiere dos tercios de la cámara, es decir, 112 diputados. En estas condiciones, es posible:

  1. Separar temporalmente de su cargo a un diputado.
  2. Crear o suprimir comisiones permanentes.
  3. Aprobar y modificar las Leyes orgánicas.
  4. Someter a referendo los tratados, convenios o acuerdos internacionales que pudieren comprometer la soberanía nacional.
  5. Someter a referendo proyectos de ley.
  6. Cambiar a los magistrados del Tribunal Supremo en caso de faltas graves ya calificadas por el poder ciudadano, en los términos que la ley establezca.
  7. Cambiar al defensor del pueblo.
  8. Designar a los integrantes del Consejo Nacional Electoral.
  9. Aprobar proyecto de reforma constitucional.
  10. Tener la iniciativa de convocatoria a una Asamblea Nacional.

FUENTE: ElMundo.es

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