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Dueños de perros en Cuba deberán ponerles bozal a partir del 10 de julio

La violación de las regulaciones conllevará a multas de acuerdo al reglamento acompañante del Decreto Ley No. 31 sobre el Bienestar Animal.

Perro en una casa en Cuba. © CiberCuba
Perro en una casa en Cuba. Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 2 años

A partir del próximo 10 de julio, entrarán en vigor nuevas regulaciones obligatorias para dueños de perros en Cuba, cuya violación conllevará a multas de acuerdo al reglamento acompañante del Decreto Ley No. 31 sobre el Bienestar Animal.

Desde esa fecha, según detalló el activista cubano Javier Larrea en redes sociales, los perros deben portar identificación (collar con solapin o chapa donde conste el nombre y dirección del dueño). Sanidad Animal plantea que también puede ser con microchip o tatuaje.

Captura de publicación en Facebook de Javier Larrea.

De igual modo, se exigirá el uso de arreo para sacar los perros a pasear y el uso de bozal para perros grandes y medianos. Larrea señala que tal regulación habría que valorarla, pues la talla del animal no determina la mordida. También se pedirá recoger la heces fecales de la mascota de los espacios públicos.

El post del activista suscitó decenas de opiniones sobre las medidas, varias de ellas negativas. “Aquí cobramos en CUP y nos venden las cosas en MLC, ahora obligan a ponerles bozal a los perros y dónde los venden? Pero veo más problema con los callejeros ¿soy negativa o ellos se aprovecharán con Zoonosis para acabar con todos?”, advierte una usuaria en los comentarios.

“A ver dónde van a abrir la tienda para comprar los bozales y las correas y las chapas grabadas. Siempre es lo mismo. Ahora la ley pone énfasis en lo q multa y no en lo más importante q es el maltrato animal”, dice otra.

“Imagino que entonces hayan abierto tiendas con precios accesibles donde vendan arreos, bozales, solapines, guantes y nylons para recoger las heces. ¿Que no las han abierto? Ah, ¿y entonces? ¿Quieren ayudar o restringir?”, cuestiona una tercera internauta.

Después de sostenidas presiones de la sociedad civil para que el Gobierno de Cuba sacara una ley de protección animal, en abril de este año las autoridades publicaron el Decreto Ley 31, en la Gaceta Oficial Extraordinaria Número 25.

Según la descripción en dicho documento, el Decreto “tiene como objeto regular los principios, deberes, reglas y fines respecto al cuidado, la salud y la utilización de los animales, para garantizar su bienestar, con enfoque a Una Salud”.

Las medidas citadas por Larrea se exponen en el Capítulo VI del Decreto, referido a “los animales de compañía y el control de poblaciones callejeras”. A pesar de la larga espera y los intercambios con las autoridades, el documento dejó algunas demandas sin satisfacer.

Entre ellas, no condenar directamente el sacrificio de animales con fines religiosos y autorizar, en lugar de prohibir, las peleas de gallos, pero solo las organizadas por los clubes del Grupo Empresarial de Flora y Fauna, a cargo del comandante Guillermo García Frías.

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Maykel González

Periodista de Cibercuba. Graduado de Periodismo por la Universidad de La Habana (2012). Cofundador de la revista independiente El Estornudo.


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