Acuerdo 3695
El Consejo de Estado de Cuba otorga la Medalla 'Fraternidad Combativa' a militares destacados. La norma es emitida por el Consejo de Estado.
- Otorgar la Medalla 'Fraternidad Combativa' a militares con más de 20 años de servicio ejemplar en las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
- Se reconoce su consagración a la defensa de la Patria Socialista y su integridad territorial.
- La Medalla se otorga en ocasión de su licenciamiento y pase a otras tareas y funciones.
- El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias se encarga de la entrega de la Medalla.
Texto íntegro
ACUERDO NUMERO 3695
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PRIMERO: Otorgar la Medalla "FRATERNIDAD COMBATIVA" a los compañeros que se relacionan en los Anexos de este Acuerdo que obran en la Secretaría del Consejo de Estado, en reconocimiento a los servicios prestados en las Fuerzas Armadas Revolucionarias con una actitud ejemplar y consecuente trayectoria militar durante más de 20 años, consagrados a la defensa de nuestra Patria Socialista y de su integridad territorial, en ocasión de su licenciamiento y pasar a desempeñar otras tareas y funciones que la Revolución les asigne.
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SEGUNDO: El Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla a los condecorados.
DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 12 días del mes de enero del 2004.
Fidel Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente