Acuerdo 3700

Otorgar la Medalla de la Amistad

Organismo
Consejo de Estado
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 1 Extraordinaria Especial de 2004 (2004-01-30)
Páginas
5
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El Consejo de Estado de Cuba otorga la Medalla de la Amistad al Embajador de Venezuela, Julio Montes Prado, por su dedicación y resultados durante su misión en Cuba.

Texto íntegro

ACUERDO NUMERO 3700

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PRIMERO: Otorgar la Medalla "DE LA AMISTAD" al Excelentísimo Señor

JULIO MONTES PRADO

en reconocimiento a su dedicación, entrega y a los resultados alcanzados como Embajador de la República Bolivariana de Venezuela, al concluir su misión en nuestro país.

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SEGUNDO: El Ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de disponer todo lo relacionado con la entrega de la Medalla al condecorado.

DADO en el Palacio de la Revolución, en la ciudad de La Habana, a los 23 días del mes de enero del 2004.

Fidel Castro Ruz

Presidente del Consejo

de Estado

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El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sido conferidas y a propuesta del Ministro de las Fuerzas Armadas Revolucionarias, ha adoptado el siguiente