Acuerdo 613
El Consejo de Estado emite este Acuerdo para acreditar a un embajador concurrente en Vanuatu. Regula la acreditación de Néstor Enrique Torres Olivera como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Cuba ante la República de Fiji también en Vanuatu.
- Néstor Enrique Torres Olivera es acreditado como Embajador Extraordinario y Plenipotenciario concurrente en Vanuatu (Artículo PRIMERO).
- El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir este Acuerdo (Artículo SEGUNDO).
- La acreditación es además de su cargo como Embajador ante la República de Fiji.
- Se comunica al ministro de Relaciones Exteriores, Secretario del Consejo de Ministros, Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, y al interesado.
- El Acuerdo debe publicarse en la Gaceta Oficial de la República.
Texto íntegro
GOC-2026-574-EX89 JUAN ESTEBAN LAZO HERNÁNDEZ, Presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular.
HAGO SABER: Que el Consejo de Estado, en uso de las atribuciones conferidas en el
Artículo 122, inciso o) de la Constitución de la República y a propuesta del Presidente de la República, una vez realizada la valoración que corresponde, adopta el siguiente:ACUERDO 613-XPRIMERO: Disponer que NÉSTOR ENRIQUE TORRES OLIVERA Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de Cuba ante la República de Fiji, se acredite también, como concurrente en Vanuatu.
SEGUNDO: El ministro de Relaciones Exteriores queda encargado de cumplir lo dispuesto en el presente Acuerdo. COMUNÍQUESE al ministro de Relaciones Exteriores, al Secretario del Consejo de Ministros, a la Dirección de Cuadros del Estado y del Gobierno, al interesado y a cuantas personas naturales o jurídicas corresponda.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.
DADO en La Habana, a los 13 días del mes de julio de 2026.Juan Esteban Lazo Hernández