Decreto Presidencial 608

Otorgar condecoraciones a cooperativistas y campesinos

Organismo
Presidente de la República
Fecha emisión
2023-05-04
Publicada en
Gaceta No. 9 Extraordinaria Especial de 2023 (2023-05-12)
Páginas
2–6
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El Decreto Presidencial No. 608 otorga la Medalla 'Romárico Cordero' a 40 cooperativistas. Esta condecoración, creada por el Decreto-Ley 30 de 1979, se otorga a campesinos cubanos por relevantes méritos alcanzados y su activa participación en el desarrollo agropecuario. La norma es emitida por el Presidente de la República de Cuba.

Texto íntegro

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GACETA OFICIALDE LA REPÚBLICA DE CUBA MINISTERIO DE JUSTICIAEXT. ESPECIAL LA HABANA, VIERNES 12 DE MAYO DE 2023 AÑO CXXISitio Web: http://www.gacetaoficial.gob.cu/—Calle Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana Teléfonos: 7878-4435 y 7870-0576 Número 9 Página 39 ISSN 1682-7511 PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA______GOC-2023-412-EXEMIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, tal y como quedómodificado por el Decreto-Ley 112, de 24 de mayo de 1989, dispuso la creación de la Orden “17 de mayo”, la que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros poseedores de extraordinarios méritos, alcanzados mediante importantes aportes con su esfuerzo a la economía nacional en el sector agropecuario y que hubieren mantenido una destacada trayectoria laboral y una actitud ejemplar y consecuente con la Revolución.

POR CUANTO: El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños ha propuesto otorgar dicha Orden, a cinco cooperativistas y campesinos, en ocasión de celebrarse el diecisiete de mayo, Día Del Campesino Cubano, en reconocimiento a su trayectoria revolucionaria, al esfuerzo cotidiano, así como a la actitud destacada en la labor que desempeñan, de forma ininterrumpida durante varios años, por los méritos alcanzados como resultado de ello, su consagración en el trabajo agropecuario del país y aportes a la economía nacional, lo que ha contribuido al desarrollo del sector que representan.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 606

PRIMERO: Otorgar la “Orden 17 de mayo” a los cooperativistas y campesinos siguientes: 1. LEONCIO TORRES CABRERA 2. HIGINIO ORLANDO RODRÍGUEZ FRAGA 3. MARITZA GONZÁLEZ HERNÁNDEZ

40 GACETA OFICIAL 12 de mayo de 20234. MARIO HERNÁNDEZ CRUZ5. RENÉ MIRALLES CARABALLO

SEGUNDO: El Presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños queda encargado de disponer lo relacionado con la entrega de esta Orden.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 4 días del mes de mayo de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República________________GOC-2023-413-EXEMIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creación del Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba”, el que se otorga a ciudadanos cubanos y extranjeros en reconocimiento a extraordinarios méritos alcanzados en el trabajo creador o en las luchas por las conquistas y en defensa de los logros e intereses de la clase obrera, así como por la práctica consecuente y aportes valiosos al internacionalismo proletario.

POR CUANTO: El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños ha propuesto otorgar dicho título al cooperativista Reydenis González Céspedes, en ocasión de celebrarse el diecisiete de mayo, Día del Campesino Cubano, en reconocimiento a su relevante y fructífera trayectoria laboral, política y social; a los extraordinarios méritos alcanzados durante 36 años en esta organización, así como a su consagración yfidelidad a los principios de nuestra Revolución, razón por la que ostenta además, la Medalla “Romárico Cordero” y la Orden “17 de Mayo”, entre otras condecoraciones y reconocimientos recibidos.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República de Cuba, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 607

PRIMERO: Otorgar el Título Honorífico de “Héroe del Trabajo de la República de Cuba” a Reydenis González Céspedes.

SEGUNDO: El Presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños queda encargado de disponer lo relacionado con la entrega de este Título, así como con la imposición de la Medalla “Estrella de Oro del Trabajo”, insignia que lo representa.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 4 días de mes de mayo de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República

41 GACETA OFICIAL12 de mayo de 2023 GOC-2023-414-EXEMIGUEL DÍAZ-CANEL BERMÚDEZ, Presidente de la República.

HAGO SABER: Que en el ejercicio de la atribución conferida en el

Artículo 128, inciso r) de la Constitución de la República, he considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Decreto-Ley 30, de 10 de diciembre de 1979, dispuso la creación de la Medalla “Romárico Cordero”, la que se otorga a campesinos cubanos en reconocimiento a relevantes méritos alcanzados y a su activa participación en el desarrollo agropecuario de nuestro país o por su contribución destacada a la transformación hacia formas superiores de producción y cooperación agrícola, así como a aquellos que participaron en las luchas por la liberación nacional y por la defensa del derecho de los campesinos a la tierra.

POR CUANTO: El Buró Nacional de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños ha propuesto otorgar dicha condecoración, en ocasión de celebrarse el diecisiete de mayo, Día del Campesino Cubano, a cuarenta cooperativistas, en reconocimiento a su trayectoria revolucionaria, labor y consagración, así como a sus méritos laborales en el trabajo agropecuario del país.

POR TANTO: En virtud de los fundamentos precedentes y de conformidad con el

Artículo 128, inciso ñ) de la Constitución de la República, he decidido dictar el siguiente:DECRETO PRESIDENCIAL 608

PRIMERO: Otorgar la Medalla “Romárico Cordero” a los cooperativistas que se relacionan en el Anexo Único de este Decreto Presidencial.

SEGUNDO: El Presidente de la Asociación Nacional de Agricultores Pequeños queda encargado con la imposición de la Medalla a los condecorados.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 4 días del mes de mayo de 2023, “Año 65 de la Revolución”.Miguel Díaz-Canel Bermúdez Presidente de la República ANEXO ÚNICODECRETO PRESIDENCIAL 608 MEDALLA “ROMÁRICO CORDERO”1. GILBERTO BARROSO RAMOS 2. MARÍA CRUZ CORRALES DÍAZ 3. ARIEL ALMORA MENA4. NOEL ECHEVARRÍA SIMÓN 5. MARITZA LÓPEZ HERNÁNDEZ 6. PEDRO ROMERO ESTÉVEZ7. JUAN DE DIOS MARTÍNEZ MARTÍN 8. MERCEDES HERNÁNDEZ ORTEGA 9. ANTONIO RUBÉN GONZÁLEZ ANDRADE 10. GUALBERTO NELSON MESA PERDOMO 11. ALBERTO MONDEJAR RODRÍGUEZ

42 GACETA OFICIAL 12 de mayo de 202312. MEINARDO BARRERA HERNÁNDEZ 13. ENRIQUE EPIFANIO PENIN LIMA14. JOSÉ PASTOR SUÁREZ ARENCIBIA15. ELIA RAMONA HERNÁNDEZ BATISTA 16. MIRAIDA CASTILLO HORTA 17. FRANCISCO FÉLIX GUTIÉRREZ PERDOMO 18. ARNEY ANDRÉS MARTÍNEZ CHONGO 19. SURIMA SAIMARY GARCÍA DÍAS20. AUSBERTO CALVO VÁSQUEZ21. MIGUEL DE LA CARIDAD REBOLLO GUZMÁN 22. GEORGINA RICARDO PALACIOS 23. JORGE LUÍS ALMENARES PIMENTEL24. MARTHA DEL CARMEN GARCÍA ORGA25. ADELSO ESPINOSA SOSA 26. OMELIO CASTELLANOS CARMONA 27. ROSAIDA CARDOSO TORANZO 28. ALBERTO MALDONADO RICARDO 29. LUÍS ENRIQUE PÉREZ JARDINES 30. YORDANIS CRUZ GUZMÁN 31. ISNOIDIS ALMAGUER HERNÁNDEZ32. VLADIMIR GÓMEZ AGUILAR33. ALEXANDER GUERRA GONZÁLEZ34. RENÉ CAMACHO YON 35. ARMANDO GÓMEZ RAMOS36. MARILUZ DESPAIGNE DESPAIGNE37. HAYDEE CERVANTES ENAMORADO38. HERIBERTO MARTÍN CAMPOS 39. LUIS TOIRAC DURÁN40. ESNOYDE PANTOJA GARCÍA