Resolución 324

Autorización de renovación de licencia a LBS DISTRIBUTION LTD

Organismo
Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 5 Ordinaria de 2015 (2015-02-13)
Páginas
23–25
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La Resolución No. 324 del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros autoriza la renovación de la licencia a la compañía canadiense LBS DISTRIBUTION LTD. para realizar actividades comerciales en Cuba. La licencia está sujeta a ciertas condiciones y restricciones.

Texto íntegro

Acuerdo No. 2817, de fecha 25 de noviembre de 1994, adoptado por el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros,

R e s u e l v o :PRIMERO: Autorizar la renovación de la licencia de la compañía canadiense LBS DISTRIBUTION LTD., en el Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

SEGUNDO: El objeto de la Sucursal de la compañía LBS DISTRIBUTION LTD., en Cuba, a partir de la renovación de su licencia, será la realización de actividades comerciales relacionadas con las mercancías que, a nivel de capítulos, se describen en el Anexo No. 1 que forma parte integrante de la presente Resolución.

TERCERO: La Licencia que se otorgue al amparo de la presente Resolución, no autoriza la realización de las actividades siguientes: a) Importar y exportar directamente, con carácter comercial. b) Realizar el comercio mayorista y minorista en general de productos y servicios, excepto los servicios de postventa y garantía, expresamente acordados en los contratos que amparan las operaciones de comercio exterior. c) Distribuir y transportar mercancías en el territorio nacional.

CUARTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras queda responsabilizada del cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. COMUNÍQUESE a los Viceministros, Directores Generales y Directores del Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a la Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba, al Director General del Grupo Empresarial del Comercio Exterior, GECO- MEX, a la Ministra de Finanzas y Precios, al Presidente del Banco Central de Cuba, al Jefe de la Aduana General de la República, al Presidente de la compañía ACOREC, S.A., al Director de la Dirección de Inmigración y Extranjería, al Presidente de la compañía ETECSA, al Encargado del Registro Nacional de Vehículos Automotores y a cuantas otras entidades nacionales corresponda.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República.

13 de febrero de 2015 GACETA OFICIAL 149

ARCHÍVESE el original de la misma en la Dirección Jurídica.

DADA en La Habana, Ministerio del Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, a los once días del mes de diciembre de dos mil catorce.Rodrigo Malmierca Díaz Ministro del Comercio Exterior y la Inversión ExtranjeraANEXO No. 1 NOMENCLATURA DE PRODUCTOS AUTORIZADOS A REALIZAR ACTIVIDADES COMERCIALES A LBS DISTRIBUTION LTD Descripción Capítulo 6 Plantas vivas y productos dela floricultura Capítulo 13 Gomas, resinas y demás ju-gos y extractos vegetales Capítulo 14 Materias trenzables y demásproductos de origen vegetal, no expresa-dos ni comprendidos en otra parte Capítulo 25 Sal; azufre; tierras y piedras;yesos, cales y cementos Capítulo 28 Productos químicos inorgá-nicos; compuestos inorgánicos u orgáni-cos de los metales preciosos, de los ele-mentos radiactivos, de metales de lastierras raras o de isótopos Capítulo 29 Productos químicos orgánicos Capítulo 31 Abonos Capítulo 32 Extractos curtientes o tintó-reos; taninos y sus derivados; pigmentosy demás materias colorantes; pinturas ybarnices; mástiques; tintas Capítulo 34 Jabón, agentes de superficieorgánicos, preparaciones para lavar, pre-paraciones lubricantes, ceras artificiales,ceras preparadas, productos de limpieza,velas y artículos similares, pastas paramodelar, "ceras para odontología" y pre-paraciones para odontología a base deyeso fraguable Capítulo 35 Materias albuminóideas;productos a base de almidón o de féculamodificados; colas; enzimas Descripción Capítulo 38 Productos diversos de lasindustrias químicas Capítulo 39 Plástico y sus manufacturas Capítulo 40 Caucho y sus manufacturas Capítulo 42 Manufacturas de cuero; ar-tículos de talabartería o guarnicionería;artículos de viaje, bolsos de mano (carte-ras) y continentes similares; manufactu-ras de tripa Capítulo 44 Madera, carbón vegetal ymanufacturas de madera Capítulo 45 Corcho sus manufacturas Capítulo 46 Manufacturas de espartería ocestería Capítulo 48 Papel y cartón; manufacturasde pasta de celulosa, de papel o cartón Capítulo 54 Filamentos sintéticos o arti-ficiales Capítulo 56 Guata, fieltro y tela sin tejer;hilados especiales; cordeles, cuerdas ycordajes; artículos de cordelería Capítulo 57 Alfombras y demás revesti-mientos para el suelo, de materia textil Capítulo 59 Telas impregnadas, recubier-tas, revestidas o estratificadas; artículostécnicos de materia textil Capítulo 62 Prendas y complementos(accesorios), de vestir, excepto los depunto Capítulo 63 Los demás artículos textilesconfeccionados; juegos; prendería y trapos Capítulo 64 Calzado, polainas y artículosanálogos; partes de estos artículos Capítulo 65 Sombreros, demás tocados ysus partes Capítulo 66 Paraguas, sombrillas, quita-soles, bastones, bastones asiento, látigos,fustas, y sus partes Capítulo 68 Manufacturas de piedra, ye-so fraguable, cemento, amianto (asbesto),mica o materias análogas Capítulo 69 Productos cerámicos Capítulo 70 Vidrio y sus manufacturas

GACETA OFICIAL 13 de febrero de 2015150 Descripción Capítulo 71 Perlas naturales o cultivadas,piedras preciosas o semipreciosas, meta-les preciosos, chapados de metal precioso(plaqué) y manufacturas de estas mate-rias; bisutería; monedas Capítulo 72 Fundición, hierro y acero Capítulo 73 Manufacturas de fundición,hierro o acero Capítulo 74 Cobre y sus manufacturas Capítulo 76 Aluminio y sus manufacturas Capítulo 78 Plomo y sus manufacturas Capítulo 80 Estaño y sus manufacturas Capítulo 82 Herramientas y útiles, artícu-los de cuchillería y cubiertos de mesa, demetal común; partes de estos artículos, demetal común Capítulo 83 Manufacturas diversas demetal común Capítulo 84 Reactores nucleares, calderas,máquinas, aparatos y artefactos mecánicos;partes de estas máquinas o aparatos Capítulo 85 Máquinas, aparatos y mate-rial eléctrico, y sus partes; aparatos degrabación o reproducción de sonido, apa-ratos de grabación o reproducción deimagen y sonido en televisión, y las par-tes y accesorios de estos aparatos Capítulo 87 Vehículos automóviles, trac-tores, velocípedos y demás vehículosterrestres; sus partes y accesorios Capítulo 90 Instrumentos y aparatos deóptica, fotografía o cinematografía, de me-dida, control o precisión; instrumentos yaparatos medicoquirúrgicos; partes y acce-sorios de estos instrumentos o aparatos Capítulo 94 Muebles; mobiliario medi-coquirúrgico; artículos de cama y simila-res; aparatos de alumbrado no expresadosni comprendidos en otra parte; anuncios,letreros y placas indicadoras luminosos yartículos similares; construcciones prefa-bricadas Capítulo 96 Manufacturas diversasRESOLUCIÓN No. 328 de 2014

POR CUANTO: El Decreto No. 206, de 10 de abril de 1996, "Reglamento del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras", establece el procedimiento para la tramitación de las solicitudes de inscripción, renovación y cancelación de Licencias presentadas ante dicho Registro, adscrito a la Cámara de Comercio de la República de Cuba.

POR CUANTO: La Encargada del Registro Nacional de Sucursales y Agentes de Sociedades Mercantiles Extranjeras, ha elevado a la consideración del que resuelve el expediente incoado en virtud de la solicitud de renovación de licencia presentada por la compañía canadiense REGOR INC., y del análisis efectuado se ha considerado acceder a la solicitud formulada.

POR TANTO: En ejercicio de las facultades que me han sido conferidas por el numeral 4 del Apartado Tercero del