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Requisitos para comprar una casa en Cuba

¿Quiénes puede comprar una casa en la Isla?

Una casa, a la venta en Cuba. © CiberCuba
Una casa, a la venta en Cuba. Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 6 años

El 2 de noviembre de 2011 marca un antes y un después en el negocio inmobiliario en Cuba. Hasta entonces el Estado cubano se valía del artículo 21 de la Constitución para considerarse dueño de todas las propiedades en la Isla por lo que los "propietarios" de las viviendas particulares no podían vender legalmente sus inmuebles. Sin embargo se hacía. En ocasiones, la compraventa se camuflaba con las conocidas "permutas" (intercambio de casas), muy populares entre los cubanos, con matrimonios de conveniencia o a través de testaferros.

La Gaceta Oficial de Cuba publicó en su número 35 de 2011 que el Consejo de Estado había decidido "eliminar prohibiciones y flexibilizar limitaciones" para solucionar el problema de la vivienda en un país, donde el año pasado había un déficit habitacional de 880.000 casas. Estas cifras son anteriores al paso del huracán Irma, que causó daños en más de 158.000 viviendas.

¿Quién puede comprar?

Para "legalizar" la compra- venta de casas en Cuba fue necesario modificar la Ley 65 del 23 de diciembre de 1988. El Consejo de Estado cambió el artículo 2 de esta normativa para autorizar a comprar y vender casas en la Isla a cubanos con domicilio en territorio cubano y extranjeros residentes permanentes en el país.

¿Cuántas propiedades se pueden tener?

El Gobierno cubano autoriza a tener dos propiedades en Cuba. Una, la residencia permanente, y otra, de veraneo en la playa o en el campo. Nadie podrá tener más de dos viviendas.

Permutas

Las permutas entre particulares deberán formalizarse ante el notario del municipio donde esté ubicada una de las viviendas a intercambiar, siempre que las casas estén inscritas en el Registro de la Propiedad.

Es legal compensar con dinero a un propietario en el caso de intercambios de casas. La compensación económica (los cubanos le llaman "el vuelto") debe constar en las escrituras de las casas. Este pago se hace en el momento de formalizar la permuta, mediante cheques emitidos por el Banco Nacional de Cuba.

Donación

La nueva modificación de la Ley de Vivienda de Cuba del año 2011 permite formalizar las donaciones de viviendas ante notario en el municipio donde se encuentra la vivienda y como en el caso de la permuta, la casa también debe estar inscrita en el Registro de la Propiedad.

Compraventa

Este tipo de transacciones, que se anuncian en webs dedicadas a la compraventa de viviendas en Cuba como Islasi, se formalizan en la Notaría donde esté ubicada la vivienda en venta. El precio es el que acuerden las partes, no hay topes ni mínimos. Hay que pagar el día que se va a firmar con cheques emitidos por el Banco Nacional de Cuba.

El comprador deberá declarar, bajo juramento, que es propietario de una sola vivienda permanente. También deberá demostrar que los fondos con que va a comprar la casa existen en el banco.

Requisitos para el vendedor

El vendedor deberá cumplir dos requisitos: tener la casa inscrita en el Registro de la Propiedad y acreditar que ha pagado las cuotas correspondientes al traspaso del inmueble.

Tanto la compraventa como la donación quedarán anuladas si la persona que vende o dona se queda desprotegida.

Confiscación

Un propietario que quiera abandonar el país podrá vender legalmente su vivienda antes de irse, de lo contrario se mantiene la confiscación de la casa por parte del Estado, pero éste tendrá que asignarle el inmueble a alguna persona que tenga derecho a ella. Quienes se la adjudiquen están obligados a liquidar la deuda que quede pendiente de la vivienda.

Tienen derecho a la casa los copropietarios, cónyuges, hijos, descendientes, padres, abuelos, sobrinos, tíos, primos o personas que hayan residido en la vivienda durante cinco años con el consentimiento del propietario.

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Tania Costa

(La Habana, 1973) vive en España. Ha dirigido el periódico español El Faro de Melilla y FaroTV Melilla. Fue jefa de la edición murciana de 20 minutos y asesora de Comunicación de la Vicepresidencia del Gobierno de Murcia (España)


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Tania Costa

(La Habana, 1973) vive en España. Ha dirigido el periódico español El Faro de Melilla y FaroTV Melilla. Fue jefa de la edición murciana de 20 minutos y asesora de Comunicación de la Vicepresidencia del Gobierno de Murcia (España)