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Madre de uno de los acusados por acciones de Clandestinos: “Mi hijo no mató a Martí”

El acusado pudiera enfrentar el de “tráfico de drogas”, para lo cual su madre asegura que no existen pruebas.

Esther Baró, Panter Rodríguez y un busto de Martí teñido por Clandestinos. © Captura de video / Facebook
Esther Baró, Panter Rodríguez y un busto de Martí teñido por Clandestinos. Foto © Captura de video / Facebook

Este artículo es de hace 3 años

Esther Baró Carrillo, madre de Pánter Rodríguez Baró, uno de los acusados presuntamente miembro del movimiento opositor Clandestinos, dijo que la Seguridad del Estado (SE) de Cuba ha estado manipulando el caso al implicar a su hijo con un supuesto delito de “tráfico de drogas”.

“Ellos no pusieron bombas, no violaron a nadie, no mataron a nadie (…) Mi hijo no mató a Martí”, lamentó la mujer sobre las acciones de Rodríguez Baró que, junto a otros tres hombres, a comienzos de año, supuestamente tiñó de sangre varios bustos de José Martí en La Habana, haciendo un llamado de rebelión contra el régimen cubano, por lo cual fueron detenidos.

Inicialmente, se les imputaba solo el delito de “daños a bienes del patrimonio cultural”, pero ahora Rodríguez pudiera enfrentar el de “tráfico de drogas”, para lo cual Esther Baró Carrillo asegura que no existen pruebas, salvo por las latas halladas en la casa que pudieron haber sido manipuladas por las autoridades.

“Mi hijo reconoció que consume, pero no es lo mismo consumir drogas que traficarlas”, comentó la mujer a CubaNet Noticias. “Ellos no está haciendo justicia, lo que quieren es acabar con mi hijo”. “No estoy de acuerdo con lo que él hizo —dijo refiriéndose a los hechos vandálicos contra los bustos— pero no deben tratarlo como si hubiera asesinado a Martí”.

Rodríguez Baró, de 44 años, fue detenido el 6 de enero de 2020. Dos días después, las autoridades arrestaron a otro de los acusados, Yoel Prieto Tamayo, de 29 años de edad. Durante varios días, los incidentes acapararon los titulares de los medios de prensa, tanto estatales como independientes.

Guillermo Mendoza Torroella y Jorge Ernesto Pérez García, también fueron arrestados en La Habana como presuntos autores de los hechos. “Mi hijo nunca ha tenido problemas con nadie. Sus problemas han sido con la policía, por no quedarse callado ante ellos”, dice Esther Baró.

“Dicen ellos que, si tú fumas con una persona, eso es considerado tráfico, que con esos elementos a ellos les basta para decir que estás traficando drogas”, explicó la madre de Pánter Rodríguez.

“No veo a mi hijo desde marzo. Hablo con él 2 veces a la semana, los lunes y los viernes. Hace poco lo sacaron al patio a coger sol. Cuando regresó, la celda estaba llena de agua y se le echaron a perder las cosas. Nadie responde por eso”, contó.

Esther Baró explica que su hijo estuvo un mes detenido en Villa Marista, y luego fue trasladado para la estación de 100 y Aldabó. Actualmente, se encuentra en la prisión Combinado del Este, en La Habana, en el Área Especial 47, popularmente conocida como “el corredor de la muerte”. El resto de los implicados se hallan en la misma cárcel, en el edificio 3, una zona de menor rigor, detalla CubaNet.

La mujer denunció además que, durante las investigaciones, fue detenido su nieto de 17 años, hijo de Pánter, a quien se llevaron sin una orden de detención y fue interrogado sin la presencia de un adulto o de un abogado.

Baró expone que ha ido a reclamar a las autoridades porque su hijo se encuentra en una celda de máxima seguridad, que se utilizan también como celdas de castigo de los reclusos, pero el oficial que la atendió en La Habana —en 15 y K, donde se halla la Dirección Nacional de Cárceles y Prisiones— dijo que se iba a mantener ahí el tiempo que estimaran.

En su artículo 243, el Código Penal (CP) cubano dicta que quien “intencionalmente destruya, deteriore o inutilice un bien declarado parte integrante del patrimonio cultural, o un monumento nacional o local, incurre en sanción de privación de libertad de dos a cinco años o multa de trescientas a mil cuotas”.

Sobre el tráfico de drogas, el mismo documento oficial establece, en su artículo 190. 1, inciso a), que será condenado de cuatro a diez años de privación de libertad quien, sin estar autorizado, “produzca, transporte, trafique, adquiera, introduzca o extraiga del territorio nacional o tenga en su poder con el propósito de traficar o de cualquier modo procure a otro, drogas, estupefacientes, sustancias sicotrópicas u otras de efectos similares”.

Asimismo, sanciona la simple tenencia de drogas sin la debida autorización o prescripción facultativa, a entre seis meses y tres años de privación de libertad en dependencia del tipo de sustancia.

La abogada cubana Laritza Diversent, directora de la organización independiente Cubalex, asegura que, para hablar de tráfico de drogas, “debe haber al menos una actividad comercial habitual, que se lucre con eso”.

Respecto del supuesto delito de “daños a bienes del patrimonio cultural”, aclara que, para ello, debían haber dejado los bustos de Martí inutilizados o destruidos, “que no fue el caso”. Acá de lo que se trata es de un delito que “más bien podría clasificarse como ultraje, que igualmente es un delito menor y se condena a un año de privación de libertad”.

En medio de la crisis sanitaria por la pandemia del coronavirus, el gobierno cubano ha paralizado la actividad judicial para los procesos penales como el de Pánter y sus tres compañeros, por lo cual aún se desconoce la sentencia que podrían recibir por sus acciones.

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Maykel González

Periodista de Cibercuba. Graduado de Periodismo por la Universidad de La Habana (2012). Cofundador de la revista independiente El Estornudo.


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