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Gobierno de Cuba extiende 180 días el plazo para canje de CUC en sucursales bancarias

El Banco Central de Cuba considera que por la situación epidemiológica del coronavirus hay personas que no han podido efectuar los canjes de pesos convertibles que aún tienen en su poder, en el tiempo que había previsto el Estado.

CUP y CUC (imagen de referencia) Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 2 años

El Consejo de Estado de Cuba aprobó este lunes nuevas disposiciones entre las que se incluye un decreto-ley que permite extender por 180 días la posibilidad de canje de pesos cubanos convertibles (CUC) en entidades bancarias seleccionadas.

La fecha prefista por las autoridades para poner fin a la circulación del CUC era el 1ro. de julio de 2021. El Consejo de Estado indicó que ese día el peso convertible dejaría de ser aceptado en las tiendas y establecimientos antes autorizados a recibirlos.

El Banco Central de Cuba considera que por la situación epidemiológica del coronavirus hay personas que no han podido efectuar los canjes de pesos convertibles que aún tienen en su poder, en el tiempo que había previsto el Estado.

La aprobación del decreto-ley pretende extender por 180 días, contados a partir de su entrada en vigor, el plazo para que las personas naturales se presenten en sucursales bancarias seleccionadas para el canje del peso convertible en efectivo, por pesos cubanos.

Se mantiene la tasa de cambio de veinticuatro pesos cubanos por un peso convertible y será la ministra Presidente del Banco Central de Cuba, Marta Sabina Wilson González, la encargada de informar las sucursales bancarias escogidas para estos trámites.

En febrero Miguel Díaz-Canel afirmó que el Estado había recogido más de la mitad de los CUC que circulaban en el país. Solo había transcurrido poco más de un mes del inicio de la "tarea ordenamiento", que comenzó en Cuba el 1 de enero de 2021.

El mandatario dijo que se había recogido más del 50 por ciento del CUC que estaba en circulación y defendió la iniciativa económica, con la cual el gobierno elevó entre 5 y 13 veces el precio de los productos y servicios del país.

Sin embargo, desde febrero hasta junio no han logrado recaudar el resto de los CUC y se han visto obligados a ampliar la fecha par el canje de moneda en Cuba.

El 10 de junio el Gobierno de Cuba anunció la suspensión temporal de aceptación de depósitos en efectivo de dólares de Estados Unidos.

El Banco Central de Cuba dijo que la medida entrará en vigor el 21 de junio. Las instituciones bancarias y financieras cubanas detendrán temporalmente la aceptación de depósitos en efectivo de la moneda estadounidense.

La decisión la avalaron con la Resolución 176/2021 del BCC, emitida el 10 de junio y publicada por la Gaceta Oficial de manera simultánea al momento en que los cubanos eran informados en televisión.

El portal oficialista Cubadebate indicó que este lunes el Consejo de Estado emitió otros tres decretos-leyes. El primero de ellos está referido al Régimen Especial de Seguridad Social regulado en el Decreto-Ley 102 "De Seguridad Social del Ministerio del Interior", del 24 de febrero de 1988.

Las modificaciones principales están referidas a ampliar el concepto de combatientes, dando protección en materia de seguridad social a civiles que realizan funciones de regulación, evaluación y control en ese organismo.

Además establecen requisitos mínimos para obtener una pensión por antigüedad y se modifica el cálculo de las pensiones, que según declaran, tiene el objetivo de estimular la permanencia en la institución, entre otras medidas.

Otro decreto estuvo referido a la misión del Ministerio de Cultura. El Consejo de Estado indicó que el fin de esta acción es "adecuar su organización y funcionamiento a los cambios organizativos de la Administración Central del Estado para esta etapa de desarrollo".

El organismo tendrá la misión de "proponer la política cultural del Estado y, una vez aprobada, dirigir y controlar su implementación en el país".

El cuarto decreto adoptado está referido a "Infracciones Electorales y sus Efectos" y destacan que está vinculado al cumplimiento de la Disposición Especial Quinta de la Ley no. 127 "Ley Electoral".

Alina Balseiro Gutiérrez, presidenta del Consejo Electoral Nacional (CEN), dijo que la disposición normativa comprende los principios, los sujetos, las conductas, las sanciones, las autoridades competentes para su aplicación y los procedimientos para resolver los recursos que se interpongan.

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