
El Consejo de Ministros de Cuba aprobó el Decreto 175, Reglamento de la Ley 185 «De Tierra Agropecuaria y Forestal», que establece las normas operativas para el régimen de propiedad, posesión, sucesión por causa de muerte y uso de la tierra y bienes agropecuarios por personas naturales y jurídicas en la isla.
La norma, firmada por el primer ministro Manuel Marrero Cruz el 27 de agosto de 2026, fue publicada este miércoles en la Gaceta Oficial de la República de Cuba No. 75 Ordinaria de 2026, ocupando las páginas 103 a 150.
El decreto desarrolla reglamentariamente la Ley 185, aprobada por la Asamblea Nacional el 29 de julio de 2026, que el propio texto describe como el marco general para «la adecuada regulación, gestión y administración de la tierra como medio de producción fundamental, en función del desarrollo agrario, como base de la soberanía alimentaria, la revalorización de la ruralidad y la justicia social».
Entre sus disposiciones, el Decreto 175 regula doce materias: la declaración de tierra ociosa o deficientemente utilizada, la actividad registral, las transmisiones y desafectaciones de tierras, la entrega de tierras mediante el derecho real de usufructo y su extinción, la línea fundamental de producción, los actos de transmisión del dominio, la división o agrupación de la tierra, la declaración de ocupante ilegal, la sucesión por causa de muerte del campesino propietario, las comisiones de asuntos agrarios, el procedimiento administrativo sancionador y la solución de conflictos agrarios.
Una de las novedades institucionales más relevantes es la creación del Registro Administrativo de la Tierra del Ministerio de la Agricultura, con oficinas en los niveles central, provincial y municipal, «para el control administrativo respecto al uso de la tierra y a su entrega mediante el derecho real de usufructo», según establece el Artículo 6.1 de la norma.
Son sujetos de inscripción en ese registro las personas naturales y jurídicas propietarias y usufructuarias de tierras.
El Artículo 3 atribuye al delegado municipal de la Agricultura la facultad de declarar la tierra ociosa o deficientemente utilizada y aplicar el procedimiento administrativo sancionador al titular, sea propietario, administrador o usufructuario.
En el caso de empresas estatales administradoras de tierras, la norma añade la obligación de entregar la tierra declarada ociosa mediante el derecho real de usufructo.
Contra la resolución del delegado municipal procede recurso de Alzada, según dispone el Artículo 5.2.
El decreto deroga expresamente el Decreto 203 de 1995, sobre contravenciones del régimen de posesión, propiedad y herencia de la tierra, y el Decreto 350 de 2018, reglamento del régimen de entrega de tierras estatales ociosas en usufructo, modificado a su vez en 2024 por el Decreto 105, «así como las normas que lo complementan».
Los procedimientos administrativos agrarios se resolverán mediante pronunciamiento del ministro de la Agricultura o de los delegados de la Agricultura según corresponda, y se rigen supletoriamente por la Ley 169 del Procedimiento Administrativo de 2024.
La Gaceta No. 75 constituyó un paquete legislativo integral para el sector agropecuario: además de la Ley 185 y el Decreto 175, incluyó seis decretos-ley del Consejo de Estado modificativos de normas sobre cooperativas, recursos zoogenéticos y fitogenéticos, mecanización agrícola, conservación de suelos y fertilizantes, así como cinco resoluciones del Ministerio de la Agricultura.
La Ley 185 entra en vigor 90 días naturales después de su publicación en la Gaceta, lo que sitúa su aplicación efectiva en torno al 8 de diciembre de 2026.
Preguntas frecuentes sobre el Decreto 175 y la regulación de tierras agropecuarias en Cuba
CiberCuba te lo explica:
¿Qué es el Decreto 175 y cuál es su importancia?
El Decreto 175 es una norma aprobada por el Consejo de Ministros de Cuba que regula la propiedad, uso, sucesión y otros aspectos relacionados con las tierras agropecuarias y forestales en la isla. Este decreto es importante porque establece un marco normativo para la gestión de tierras, crucial para el desarrollo agrario y la soberanía alimentaria en Cuba. Además, reemplaza normas anteriores, reflejando un intento del gobierno por reorganizar el uso de la tierra en medio de una crisis alimentaria.
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¿Cómo afecta el Decreto 175 a los campesinos y usufructuarios?
El Decreto 175 introduce regulaciones sobre la declaración de tierras ociosas, la sucesión por causa de muerte, y la entrega de tierras mediante el derecho real de usufructo. Esto significa que los campesinos y usufructuarios pueden enfrentar procedimientos administrativos si sus tierras son declaradas ociosas, y deben estar atentos a las nuevas normas de sucesión para garantizar la continuidad de la explotación de sus tierras. Además, la inclusión de un Registro Administrativo de la Tierra intenta formalizar y controlar el uso de estas propiedades.
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¿Qué cambios introduce el Decreto 175 respecto a la herencia de tierras?
El Decreto 175 regula la sucesión por causa de muerte de los campesinos propietarios, permitiendo que las tierras puedan ser heredadas bajo ciertas condiciones. Esta regulación es un cambio significativo, ya que las tierras en usufructo, anteriormente, no podían ser transmitidas por herencia. Sin embargo, la implementación aún depende de los detalles legales específicos que serán definidos en normativas adicionales.
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¿Qué es el Registro Administrativo de la Tierra y cuáles son sus funciones?
El Registro Administrativo de la Tierra es una nueva entidad creada por el Decreto 175, bajo el Ministerio de la Agricultura. Su función principal es el control administrativo respecto al uso de la tierra y su entrega mediante el derecho real de usufructo. Las personas naturales y jurídicas propietarias y usufructuarias de tierras deben inscribirse en este registro, lo que busca mejorar la gestión y transparencia en el uso de tierras en Cuba.
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¿Cómo impacta el Decreto 175 al marco legal agrario en Cuba?
El Decreto 175 se enmarca dentro de un conjunto más amplio de reformas agrícolas, incluyendo la Ley 185, que busca reorganizar el uso de la tierra en Cuba. Este decreto deroga normas anteriores, como el Decreto 203 de 1995 y el Decreto 350 de 2018, integrándolas en un nuevo marco jurídico. Estas reformas intentan abordar la crisis alimentaria y mejorar la productividad agrícola, aunque mantienen el control estatal sobre la propiedad de la tierra, limitando la privatización.
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