Miami-Dade votará siete referendos el 3 de noviembre: qué se decide, del salario de los comisionados al impuesto escolar

Los electores decidirán sobre cambios en el gobierno de Miami-Dade © CiberCuba/Sora
Los electores decidirán sobre cambios en el gobierno de Miami-Dade Foto © CiberCuba/Sora

Los residentes de Miami-Dade votarán el próximo 3 de noviembre sobre siete referendos locales que podrían modificar las reglas del gobierno del condado, la remuneración de sus comisionados, las condiciones para aspirar a cargos públicos y la publicidad en los parques.

También decidirán si mantienen durante otros cuatro años un impuesto destinado a financiar salarios del personal educativo y seguridad escolar.

Las propuestas aparecerán en las boletas de los electores del condado, incluidos los residentes de Hialeah, Doral y Westchester.

Seis preguntas corresponden a enmiendas de la Carta de Autonomía de Miami-Dade y la séptima es un referendo de la Junta Escolar.

Según explica un reportaje de Diario Las Américas, cada propuesta se votará por separado.

Algunas afectan principalmente al funcionamiento de las instituciones locales, mientras que otras podrían tener consecuencias directas para los propietarios de viviendas, las escuelas públicas y los usuarios de los parques.

Entre las cuestiones más relevantes figuran la posibilidad de que un panel independiente determine los salarios de los comisionados, actualmente fijados en 6,000 dólares anuales, y la renovación de un gravamen sobre las propiedades que financia mejoras salariales y medidas de seguridad en las escuelas.

Estas son las siete preguntas, qué propone cada una y qué significa votar «Sí» o «No».

1. Salario de los comisionados: ¿quién decidirá cuánto cobran?

La primera propuesta busca crear una comisión independiente de cinco miembros encargada de establecer y revisar anualmente los salarios de los comisionados de Miami-Dade.

Actualmente, los comisionados reciben un salario fijo de 6,000 dólares anuales. La enmienda permitiría que un panel externo determinara una nueva remuneración teniendo en cuenta las responsabilidades del cargo, los salarios de jurisdicciones comparables, la inflación, los beneficios y la situación financiera del condado.

Los integrantes de esa comisión serían designados mediante el procedimiento previsto en la propuesta, con participación de distintas autoridades e instituciones. Las decisiones salariales del panel serían definitivas y no podrían ser modificadas por la propia Junta de Comisionados.

La medida no establece un salario específico. Sin embargo, fija un límite vinculado a la fórmula salarial estatal, que para el período 2026-2027 equivale aproximadamente a 127,779 dólares anuales para condados con más de un millón de habitantes.

Esa cantidad es un tope de referencia para dicho período, no el sueldo que recibirían automáticamente los comisionados si se aprueba la enmienda.

Si gana el «Sí»: se creará una comisión independiente con autoridad para establecer y revisar los salarios de los comisionados, dentro de los límites previstos.

Si gana el «No»: no se creará ese mecanismo y permanecerán vigentes las disposiciones actuales sobre remuneración.

Quienes respaldan la medida consideran que una remuneración mayor podría facilitar el acceso al cargo de personas que no disponen de ingresos elevados.

Entre las preocupaciones figura que la propuesta no exige dedicación exclusiva ni impide mantener otras actividades profesionales.

Números en la boleta: Sí, 256; No, 257.

2. Residencia de los candidatos: de seis meses a un año

La segunda enmienda propone ampliar el tiempo mínimo de residencia exigido a quienes deseen presentarse como candidatos a comisionados del condado.

Actualmente, los aspirantes deben haber vivido en el distrito correspondiente durante al menos seis meses. La propuesta elevaría ese requisito a un año antes del comienzo del período de inscripción de candidaturas.

Si gana el «Sí»: los candidatos deberán acreditar al menos un año de residencia en el distrito que aspiran a representar.

Si gana el «No»: continuará vigente el requisito actual de seis meses.

El cambio busca reforzar la vinculación de los candidatos con sus comunidades, aunque también podría limitar la participación de personas que se hayan mudado recientemente.

La Comisión de Revisión de la Carta respaldó la propuesta por unanimidad y la Junta de Comisionados aprobó someterla a votación por 11 votos contra uno.

Números en la boleta: Sí, 258; No, 259.

3. Vacantes de alcalde y comisionados: cambios en las elecciones especiales

La tercera pregunta plantea modificar las reglas aplicables cuando un alcalde o comisionado deja su cargo para aspirar a otra posición pública.

La propuesta permitiría que, en determinadas circunstancias, las elecciones especiales para cubrir esas vacantes coincidan con otros comicios ya programados, en lugar de celebrar necesariamente una votación independiente.

También contempla cambios relacionados con los períodos de inscripción de candidatos.

Si gana el «Sí»: el condado podrá coordinar determinadas elecciones especiales con otras fechas electorales, conforme a las condiciones previstas en la enmienda, y aplicar las nuevas disposiciones sobre inscripción de candidaturas.

Si gana el «No»: permanecerán vigentes las reglas actuales para cubrir esas vacantes y organizar los procesos correspondientes.

La propuesta no significa que todas las elecciones especiales puedan trasladarse libremente a cualquier fecha. Su alcance está limitado a los supuestos contemplados en el texto.

Entre los argumentos a favor figura la posibilidad de reducir costos electorales y facilitar la participación. Una de las preocupaciones es que la coordinación de fechas pueda prolongar, en determinadas circunstancias, el período durante el cual una comunidad permanece sin un representante elegido.

Números en la boleta: Sí, 260; No, 261.

4. Sheriff, recaudador y otras oficinas constitucionales: actualización de funciones

La cuarta propuesta busca adaptar la Carta del Condado a la existencia de cuatro oficinas constitucionales cuyos titulares son elegidos por los votantes: el alguacil o sheriff, el recaudador de impuestos, el tasador de propiedades y el supervisor de elecciones.

La enmienda también contempla ajustes relacionados con las responsabilidades administrativas y presupuestarias del secretario de los tribunales y del gobierno condal.

Otro de sus elementos establece que los empleados del condado que aspiren a determinados cargos constitucionales deberán solicitar una licencia o permiso de ausencia.

Si gana el «Sí»: se actualizará la Carta para reflejar las funciones de estas oficinas y se incorporarán las disposiciones previstas sobre responsabilidades institucionales y empleados candidatos.

Si gana el «No»: no se aprobarán esas modificaciones de la Carta.

Es importante aclarar que rechazar la propuesta no eliminaría las oficinas constitucionales, porque su existencia no depende de la aprobación de este referendo.

La información disponible sobre la pregunta no precisa si la licencia exigida a los empleados sería remunerada ni su duración exacta.

Números en la boleta: Sí, 262; No, 263.

5. Cambios técnicos: nombres, avisos públicos y participación ciudadana

La quinta enmienda reúne varias modificaciones administrativas y de redacción de la Carta del Condado.

Entre ellas figuran actualizaciones de nombres, ajustes de numeración y disposiciones relacionadas con los mecanismos de notificación pública y participación ciudadana.

La propuesta permitiría utilizar otros métodos de comunicación y aviso público cuando estén autorizados por las leyes de Florida.

Si gana el «Sí»: se incorporarán las actualizaciones y podrán utilizarse los mecanismos de notificación contemplados por la legislación estatal.

Si gana el «No»: permanecerá vigente el texto actual de la Carta, sin las modificaciones propuestas.

Aunque buena parte de los cambios son técnicos, las normas sobre avisos públicos son importantes porque determinan cómo los residentes reciben información sobre reuniones, decisiones oficiales y oportunidades de participación.

La propuesta no establece por sí sola una lista exhaustiva de todos los medios de comunicación que podrían emplearse posteriormente.

Números en la boleta: Sí, 264; No, 265.

6. Publicidad en parques: ¿se permitirán más anuncios comerciales?

La sexta pregunta plantea ampliar las posibilidades de colocar publicidad comercial en determinados parques protegidos por el artículo 7 de la Carta del Condado.

Actualmente, los anuncios autorizados están vinculados principalmente al patrocinio de eventos o instalaciones. La propuesta eliminaría esa condición para permitir otras modalidades publicitarias.

Sin embargo, establece restricciones: los anuncios no podrían dañar los parques ni interferir de manera irrazonable con su utilización pública.

Además, los ingresos obtenidos mediante la publicidad tendrían que destinarse exclusivamente al sistema de parques.

Si gana el «Sí»: se permitirá publicidad que no esté necesariamente relacionada con eventos o patrocinios, siempre que cumpla las condiciones establecidas.

Si gana el «No»: continuarán vigentes las restricciones actuales sobre la publicidad en esos espacios.

Los defensores consideran que la medida podría generar ingresos adicionales para el mantenimiento y las mejoras de los parques. Las preocupaciones se centran en el posible impacto visual de los anuncios y en la ausencia de límites más detallados sobre su cantidad o ubicación.

Números en la boleta: Sí, 266; No, 267.

7. Impuesto escolar: ¿se renovará el gravamen sobre las propiedades hasta 2031?

La séptima pregunta es diferente de las anteriores. No modifica la Carta del Condado, sino que solicita a los votantes renovar un impuesto existente para financiar salarios del personal educativo y seguridad en las escuelas públicas de Miami-Dade, incluidas las escuelas chárter.

La Junta Escolar propone mantener un gravamen de una milésima, conocido en inglés como one mill, sobre el valor imponible de las propiedades.

La renovación abarcaría desde el 1 de julio de 2027 hasta el 30 de junio de 2031.

Este impuesto no es nuevo. Los votantes ya habían aprobado un gravamen escolar en 2018 y, posteriormente, en 2022 autorizaron elevarlo de 0.75 a una milésima.

Según la distribución presentada por el distrito escolar, el 88% de los fondos se destina a mejorar los salarios de maestros y otro personal educativo, mientras que el 12% se utiliza para medidas de seguridad escolar.

Si gana el «Sí»: se autorizará la continuidad del impuesto durante el período 2027-2031, con los fines educativos establecidos y la supervisión prevista. Su aprobación no garantiza por sí sola que todos los programas o niveles salariales permanezcan sin modificaciones.

Si gana el «No»: no se autorizará la renovación del gravamen para ese período. El distrito escolar tendría que afrontar la pérdida de esa fuente de ingresos mediante las decisiones presupuestarias que correspondan.

La medida cuenta con el respaldo de dirigentes escolares y representantes del sector educativo que consideran esos recursos importantes para atraer y retener profesores y sostener las medidas de seguridad.

Por otra parte, el debate también incluye el costo que representa el gravamen para los propietarios y la posibilidad de financiar esas necesidades mediante otras partidas presupuestarias.

Números en la boleta: Sí, 268; No, 269.

¿Cuánto representa el impuesto escolar para el propietario de una vivienda?

Una milésima equivale a 1 dólar anual por cada 1,000 dólares de valor imponible de una propiedad.

El valor imponible no es necesariamente el precio de mercado de la vivienda. Se determina después de aplicar las exenciones y los ajustes que correspondan según las normas fiscales.

Por ejemplo, una propiedad con un valor imponible de 200,000 dólares pagaría aproximadamente $200 anuales por este gravamen concreto. Si el valor imponible fuera de 300,000 dólares, el importe sería de 300 dólares al año.

Estas cantidades no representan la factura total de impuestos sobre la propiedad.

Además, como se trata de un impuesto ya vigente, aprobar la renovación no significa añadir automáticamente 200 o 300 dólares a lo que actualmente paga el propietario. El referendo decidirá si se mantiene esa fuente de financiación durante los cuatro años propuestos.

Otras propuestas que estarán en las boletas de noviembre

Los siete referendos de Miami-Dade no deben confundirse con otras cuestiones electorales que también serán sometidas a votación el 3 de noviembre.

Entre ellas figura la Enmienda 3 estatal, relacionada con exenciones del impuesto sobre la propiedad y que ha generado posiciones encontradas entre dirigentes políticos de Miami-Dade.

Esta enmienda es distinta de la tercera pregunta de los referendos del condado, que aborda las elecciones especiales para cubrir determinadas vacantes.

Además, los residentes de la ciudad de Miami deberán pronunciarse sobre una propuesta de emisión de bonos de hasta 450 millones de dólares para proyectos relacionados con instalaciones de la policía y los bomberos.

Esta última es una votación municipal, por lo que no corresponde automáticamente a todos los residentes del condado. Los electores de Hialeah, Doral o Westchester, por ejemplo, no votan una propuesta exclusiva de la ciudad de Miami por el solo hecho de residir en Miami-Dade.

Fechas importantes y cómo consultar la boleta

Las elecciones generales se celebrarán el martes 3 de noviembre de 2026, con centros de votación abiertos de 7:00 a. m. a 7:00 p. m.

La votación anticipada en Miami-Dade se desarrollará del 19 de octubre al 1 de noviembre.

Quienes deseen votar por correo deben tener presente que el plazo para solicitar el envío de una boleta vence el 22 de octubre, a las 5:00 p. m., hora de Miami.

Los electores pueden consultar la boleta de muestra de las elecciones generales del 3 de noviembre y verificar su información electoral mediante el Departamento de Elecciones de Miami-Dade.

Revisar la boleta antes de acudir a votar permite conocer tanto las siete preguntas del condado como las propuestas estatales y municipales que correspondan al domicilio de cada elector.

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