Resolución 91
La Resolución 91 del Ministerio de Energía y Minas regula los precios del Gas Licuado de Petróleo (GLP) para la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A. Se establecen precios y tarifas de servicio de suministro de GLP a granel y embotellado.
- Se fijan precios oficiales para el trimestre noviembre 2020 a enero 2021.
- Los precios se aplican en todo el territorio nacional y son de obligatorio cumplimiento.
- Se deroga la Resolución 72 de 22 de julio de 2020, que fijaba precios para el trimestre agosto a octubre 2020.
- Los precios entran en vigor a partir del 1ro. de noviembre de 2020 y hasta el 31 de enero de 2021.
- Se establecen precios para la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 91
POR CUANTO: La Resolución 265, de 6 de junio de 2014, dictada por la Ministra de Finanzas y Precios, faculta al Ministro de Energía y Minas para formar, fijar y modificarlos precios del Gas Licuado de Petróleo con destino a las entidades autofinanciadas, asícomo la tarifa de servicios de suministro a las entidades no autofinanciadas, correspon-dientes a dicho producto.
POR CUANTO: La Resolución 72, de 22 de julio de 2020, dictada por el que resuelve,fijó los precios correspondientes a la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material,para aplicar en la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A., correspondiente al trimestreagosto a octubre de 2020, con vigor hasta el día 31 de octubre de 2020, por lo que resultanecesario actualizar dichos precios y en consecuencia, derogar la Resolución 72, de 22 de julio de 2020.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en elartículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,
RESUELVO
PRIMERO: Fijar con carácter oficial y de obligatorio cumplimiento en todo el territo-rio nacional los precios que se relacionan en el Anexo Único, que forma parte integrante
de esta Resolución, que comprende la lista de precios y las tarifas de servicio de sumi-nistro de GLP, a granel y embotellado, correspondientes a la subrama 07.04.00 Abaste-cimiento Técnico Material, para aplicar en la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A., loscuales se aprueban para el trimestre noviembre de 2020 a enero de 2021, con vigor hastael día 31 de enero de 2021.
SEGUNDO: Derogar la Resolución 72, de 22 de julio de 2020, dictada por quien re-suelve, mediante la que se fijó la lista de precios de la subrama 07.04.00 Abastecimiento Técnico-Material, para aplicar en la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A., correspon-diente al trimestre agosto a octubre de 2020, vigentes hasta el día 31 de octubre de 2020.
TERCERO: Los precios fijados mediante la presente Resolución se aplican a partir deldía 1 ro. de noviembre de 2020.
COMUNÍQUESE al Director General de Petróleo y Gas y al Director de Regulación y Control de este Ministerio, al Director General de la Unión Cuba Petróleo y al Gerente General de la Empresa Mixta ELF GAS CUBA S.A.
DESE CUENTA a la Ministra de Finanzas y Precios.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original de esta Resolución en la Dirección Jurídica de este Ministerio.
DADA en La Habana, a los 27 días del mes de octubre de 2020, “Año 62 de la Revolución”.
Nicolás Liván Arronte Cruz
Ministro
ANEXO ÚNICO
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