Resolución 50/2026
La Resolución 50/2026 del Ministerio de Energía y Minas prorroga la concesión de explotación de mineral caliza organógena en el área Capellanía, Artemisa, otorgada originalmente a la Empresa Mármoles Cubanos. La prórroga se otorga hasta el 27 de noviembre de 2051. La resolución establece obligaciones para el concesionario en cuanto a cumplimiento ambiental, informativo y de seguridad.
- Se prorroga hasta el 27 de noviembre de 2051 la concesión de explotación de mineral caliza organógena en el área Capellanía, Artemisa.
- El concesionario debe solicitar y obtener la actualización de la Licencia Ambiental según Resolución 132/2009.
- Debe cumplir con el Reglamento para el control de emisiones y transferencias de contaminantes (Resolución 93/2023).
- Está obligado a informar a la Región Militar de Artemisa sobre la prórroga autorizada.
- Debe implementar medidas para proteger personas, recursos y prevenir incendios según la legislación vigente.
- Debe pagar el valor de resarcimiento por cambio de uso del suelo según Resolución 386/2021.
Texto íntegro
RESOLUCIÓN 50/2026
POR CUANTO: De conformidad con la Disposición Final Segunda, de la Ley 76 “Ley de Minas”, de 21 de diciembre de 1994, se faculta al Ministerio de la Industria Básica, hoy Ministerio de Energía y Minas para dictar cuantas disposiciones se requieran para la mejor ejecución de esta Ley.
POR CUANTO: Por la Resolución 419, de 27 de noviembre de 2001, del ministro de la Industria Básica, se le otorgó a la Corporación Mármoles Cubanos, posteriormente denominada Empresa Mármoles Cubanos una concesión de explotación del mineral caliza organógena, en el área denominada Capellanía, ubicada en el municipio y provincia de Artemisa, con el objeto de explotar dicho mineral por un término de veinticinco años, para su utilización como roca ornamental en la construcción, y por la Resolución 66, de 10 de abril de 2012 y el Acuerdo 7582, de 7 de junio de 2014, del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros se le autorizó a dicha Empresa el cierre temporal total de la concesión, por un término de dos y cinco años, respectivamente.
POR CUANTO: La Empresa Mármoles Cubanos ha presentado a través de la Oficina Nacional de Recursos Minerales una prórroga al término otorgado y descrito en el Por Cuanto anterior para continuar la explotación del mineral autorizado.
POR CUANTO: La Oficina Nacional de Recursos Minerales ha considerado conveniente en su dictamen recomendar al que resuelve otorgue al concesionario la prórroga solicitada, oídos los criterios de los órganos locales correspondientes.
POR TANTO: En el ejercicio de las atribuciones que me han sido conferidas en el
Artículo 145, inciso d) de la Constitución de la República de Cuba,RESUELVOPRIMERO: Prorrogar hasta el 27 de noviembre de 2051, el término de la concesión de explotación denominada Capellanía, ubicada en el municipio y provincia de Artemisa.
SEGUNDO: El concesionario está obligado a: 1. Solicitar y obtener la actualización de la Licencia Ambiental ante los funcionarios de la Dirección de Regulación y Seguridad Ambiental de la provincia de Artemisa, antes de continuar los trabajos, según se dispone la Resolución 132 “Reglamento del proceso de evaluación de impacto ambiental”, de 11 de agosto de 2009, del ministro de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. 2. Cumplir con lo establecido en la Resolución 93 “Reglamento para el control de las emisiones y transferencias de contaminantes”, de 18 de julio de 2023, de la ministra de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente. 3. Informar a la Región Militar de la provincia de Artemisa la prórroga que se autoriza. 4. Implementar las medidas que garanticen la protección física de las personas, los recursos, el equipamiento y las sustancias peligrosas; así como la prevención de incendios, antes, durante y después de la ejecución de los trabajos, según la legislación vigente. 5. Contactar con los funcionarios de la Delegación de la Agricultura del municipio de Artemisa, a los efectos de determinar los posibles daños y perjuicios que se ocasionen por la actividad minera, con sujeción a lo establecido en el apartado Decimotercero de la citada Resolución 419. 6. Pagar el valor de resarcimiento por el cambio de uso del suelo de acuerdo a lo establecido en la Resolución 386, de 24 de septiembre de 2021, del ministro de Finanzas.
. Pagar la tasa de resarcimiento al Presupuesto del Estado establecida en la Resolución 221, de 28 de septiembre de 2023, del ministro de Finanzas y Precios. 8. Rehabilitar el área en la medida que se vayan agotando los recursos minerales y concluido los trabajos de explotación. 9. Cumplir con lo establecido en la Ley 85 “Ley Forestal”, de 21 de julio de 1998 y su Reglamento; el Decreto-Ley 50, “Sobre la conservación, mejoramiento y manejo sostenible de los suelos y el uso de los fertilizantes”, de 6 de agosto de 2021 y su Reglamento, el Decreto 52, de 1.o de septiembre de 2021; así como la Ley 124 “De las aguas terrestres”, de 14 de julio de 2017, y Reglamento, el Decreto 337, de 5 de septiembre de 2017. 10. Cumplir con lo establecido en la norma cubana 23:1999 “Franjas Forestales de laszonas de protección de cauces fluviales”.11. Abstenerse de depositar desechos, material o sustancias contaminantes que afectenel manto freático o las aguas superficiales y depositar el material desbrozado sinafectaciones al drenaje natural del terreno, en una zona donde se pueda utilizar para la rehabilitación del área minada.
TERCERO: Los términos, condiciones y obligaciones, dispuestos en la Resolución 419, de 27 de noviembre de 2001, del ministro de la Industria Básica, son de obligatorio cumplimiento para la Empresa Mármoles Cubanos, con excepción de los que se opongan a lo establecido en los apartados anteriores de la presente Resolución.NOTIFÍQUESE al director general de la Oficina Nacional de Recursos Minerales y aldirector general de la Empresa Mármoles Cubanos.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
ARCHÍVESE el original en la Dirección Jurídica del Ministerio de Energía y Minas.
DADA en La Habana, a los 11 días del mes de septiembre de 2026, “Año del Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Vicente de la O Levy Ministro