Acuerdo 5764/06

Autorización de ampliación de explotación minera

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
Publicada en
Gaceta No. 77 Ordinaria de 2006 (2006-10-16)
Páginas
2–3
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Texto íntegro

ACUERDO No. 5764/06

MINISTERIOS

Ministerio del Azúcar

R. No. 52/06

Ministerio de la Construcción

R. No. 494/06

R. No. 495/06

R. No. 496/06

R. No. 497/06

R. No. 498/06

R. No. 499/06

R. No. 500/06

R. No. 501/06

R. No. 502/06

R. No. 503/06

R. No. 504/06

CONSEJO DE MINISTROS

______

El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo

CERTIFICA

Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, haciendo uso de las facultades que le otorga la Ley, adoptó, con fecha 7 de agosto de 2006, el siguiente:

ACUERDO

Trasladar por necesidad de la producción al compañero MIGUEL ANGEL BROCHE MORALES del cargo de viceministro de la Industria Sidero-Mecánica para otras funciones del propio organismo.

Y PARA PUBLICAR en la Gaceta Oficial de la República, remitir copia a los miembros del Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros y a cuantos otros sean pertinentes, se expide la presente certificación en el Palacio de la Revolución, el 7 de agosto de 2006.

Carlos Lage Dávila

________________

El Secretario del Consejo de Ministros y de su Comité Ejecutivo

CERTIFICA

Que el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, haciendo uso de las facultades que le otorga la Ley, y teniendo en cuenta la solicitud de ampliación de la concesión de explotación y procesamiento Oro Golden Hill presentada a la Oficina Nacional de Recursos Minerales por la Empresa Geominera Camagüey, para realizar actividades mineras de explotación en el sector denominado Three Hill, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo No. 3632, de fecha 25 de enero de 2000 y en la Ley No. 76, Ley de Minas, de 21 de diciembre de 1994, adoptó con fecha 29 de agosto de 2006, el siguiente:

ACUERDO

-

PRIMERO: Autorizar la ampliación del área de explotación de los derechos mineros otorgados a la Empresa Geominera Camagüey en el yacimiento Oro Golden Hill mediante el Acuerdo No. 5136 de 7 de mayo de 2004 del

Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, con el objeto de

explotar el mineral de oro en el Sector Three Hill.

El área de explotación que se ubica en el municipio Jobabo, provincia Las Tunas, abarca un área de 36,50 hectáreas y su localización en el terreno, en coordenadas Lambert, Sistema Cuba Sur, es la siguiente:

El área de la concesión ha sido debidamente compatibilizada con los intereses de la defensa nacional y con los del medio ambiente.

-

SEGUNDO: La concesión que se otorga tendrá un término de diez años, que podrá ser prorrogado en los términos y condiciones establecidos en la Ley de Minas y su Reglamento, previa solicitud expresa y debidamente fundamentada del concesionario.

-

TERCERO: El concesionario, al término o conclusión de la explotación minera, estará en la obligación de coordinar con las autoridades de la Agricultura del territorio de Las Tunas incluido el Departamento de Suelos, a fin de establecer las medidas de rehabilitación que procedan, así como en la obligación de cumplir con la reforestación del terreno conforme a lo establecido en el

Artículo 35 de la