Formulario I-765 — Solicitud de autorización de empleo (permiso de trabajo / EAD)
Última actualización: 21 de septiembre de 2026
Actualización a septiembre de 2026: el fin de la extensión automática del permiso de trabajo al renovar (hasta 540 días) sigue vigente: aplica a las renovaciones presentadas en o después del 30 de octubre de 2025, así que ya no cuente con prórroga automática. Si su depende de un caso de asilo, tenga en cuenta que los retrasos que le sean atribuibles (por ejemplo, entregar pruebas tarde o pedir reprogramación de la entrevista) pueden detener el “reloj de asilo” y afectar su elegibilidad al permiso de trabajo. Verifique el estado general en Estado vigente 2026.
Enlace de descarga oficial: USCIS — Formulario I-765
Nombre oficial en inglés: Application for Employment Authorization.
Para qué sirve
El I-765 solicita el Documento de Autorización de Empleo (EAD), es decir, el permiso de trabajo que permite trabajar legalmente en EEUU mientras se tiene cierto estatus o un caso pendiente.
Quién lo usa (enfoque en cubanos)
Lo usan muchas personas con casos migratorios pendientes o estatus que autoriza pedir permiso de trabajo. Entre los cubanos, es común para quienes tienen un I-485 pendiente bajo la Ley de Ajuste Cubano, solicitantes de asilo, y personas con parole u otras categorías elegibles. Permite trabajar y obtener número de Seguro Social mientras avanza el caso principal.
Costo (julio 2026)
Aproximadamente $470 en línea / $520 en papel, pero varía mucho según la categoría de elegibilidad; algunas categorías pagan $0. Verifique el monto exacto de su categoría en la calculadora oficial de tarifas. Puede pedirse exención de tarifa (I-912) en categorías elegibles.
Tiempo de procesamiento
Variable según la categoría. Importante: la extensión automática del permiso de trabajo al renovar fue eliminada por una regla que aplica a renovaciones presentadas a partir del 30 de octubre de 2025. Esto significa que ya no se recibe automáticamente una prórroga al renovar; recomienda presentar la renovación hasta 180 días (6 meses) antes de que venza la tarjeta. Consulte el tiempo real en: egov.uscis.gov
Cómo se presenta
En línea (cuenta myUSCIS) o en papel por correo, según la categoría. La opción en línea suele ser más económica en las categorías con tarifa.
Documentos que suelen acompañarlo
- Copia de identificación y del I-94 o evidencia de estatus.
- Dos fotos tipo pasaporte.
- Evidencia de la categoría de elegibilidad (por ejemplo, recibo del I-485 o del I-589 pendiente).
- Copia de EAD anterior si es renovación.
- Comprobante de pago o solicitud de exención (I-912) si aplica.
Errores comunes
- Confiar en la extensión automática al renovar, que ya no existe (regla del 30 de octubre de 2025).
- Renovar demasiado tarde y quedar sin permiso de trabajo válido durante el trámite.
- Usar el código de categoría de elegibilidad incorrecto.
- Pagar tarifa cuando corresponde $0, o no pagar cuando sí corresponde.
Descargo legal
Esta guía es informativa y no constituye asesoría legal. Las tarifas, categorías y reglas de validez cambian; confirme siempre la tarifa vigente, su categoría de elegibilidad, la edición del formulario y las reglas de renovación en uscis.gov antes de enviar. Consulte con un abogado de inmigración o un representante acreditado.
Fuentes
- USCIS — Formulario I-765 (consultado 3 de julio de 2026)
- USCIS — DHS pone fin a la extensión automática de la autorización de empleo (consultado 3 de julio de 2026)
- USCIS — Calcule sus tarifas (Fee Calculator) (consultado 3 de julio de 2026)
- USCIS — Tiempos de procesamiento (consultado 3 de julio de 2026)