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En el nuevo ordenamiento se mantienen los impuestos a los trabajadores por cuenta propia

En el nuevo ordenamiento se mantienen los impuestos a los trabajadores por cuenta propia.

Cafetería privada en Cuba © CiberCuba
Cafetería privada en Cuba Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 3 años

Se mantiene el impuesto del 10% sobre el valor total de las ventas realizadas, según un decreto ley aprobado por el Consejo de Estado y publicado este jueves en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

Para dar inicio a la "Tarea Ordenamiento", anunciada por el gobierno cubano este 10 de diciembre, se adoptó el Decreto Ley No. 21 que modifica cerca de 20 artículos de la Ley 113 del Sistema Tributario y entrará en vigor el primer día del 2021.

La norma, vigente desde el 23 de julio de 2012, "establece los tributos, principios, normas y procedimientos generales sobre los cuales se sustenta el Sistema Tributario" cubano. Este impuesto ha sido muy criticado por los trabajadores autónomos pues se tasa el total de las ventas sin importar los costos incurridos por los mismos para prestar el servicio o producir el producto vendido.

Cuando se habla de personas “autorizadas legalmente” se hace referencia sobre todo al sector de trabajadores por cuenta propia, sin embargo, las empresas estatales o mixtas no están exentas de pago de impuestos bajo la actual ley tributaria.

El artículo 140 establece que los productos y servicios destinados al uso y consumo también recibirán un impuesto especial, según disponga el Ministro de Finanzas y Precios, aunque no esclarece de qué porcentaje, dejando abierta la posibilidad de que el mismo varía en dependencia del tipo de servicio.

Los artículos 149 y 150 determinan que tanto a los ciudadanos cubanos como a las entidades que presten servicios a la población, se les cobrará un impuesto del 10% sobre el valor total de los ingresos de los servicios prestados.

Mientras, el artículo 168 ordena que “el pago de este Impuesto se efectúa en las sucursales bancarias correspondientes al domicilio fiscal del contribuyente”, como hasta el momento.

Estas medidas no cambian de manera significativa la política de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT), que se mantuvo cobrando impuestos a la ciudadanía y las empresas privadas, estatales y de inversión extranjera a pesar de la severa crisis económica en el país, agravada por la pandemia del COVID-19.

Con la decisión de aplazar, pero no condonar, los pagos de las cuotas mensuales de impuestos durante la pandemia, las nuevas medidas anunciadas con la “Tarea Ordenamiento” solo vienen a aumentar la incertidumbre sobre cómo se va a encontrar liquidez para saldar las deudas.

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