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Partido Comunista amenaza: "Cuba cuenta con leyes para enfrentar la subversión"

Sobre el financiamiento a la actividad subversiva en sus "formas diversas" se indicó que puede considerarse como tal "desde una suma de dinero, hasta un regalo o una recarga de celular".

Díaz-Canel en Congreso del PCC © Granma
Díaz-Canel en Congreso del PCC Foto © Granma

Este artículo es de hace 2 años

El Partido Comunista de Cuba (PCC), a través de Granma, su órgano oficial, amenazó a quienes pretendan coordinar actividades subversivas, advirtiéndoles que el país tiene un sistema de leyes que permite enfrentarlos.

Un artículo publicado en el diario del PCC, refiere las palabras del jefe de Departamento de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República, José Luis Reyes Blanco, quien aseguró que existe en la isla, empezando por la Constitución, "un sistema de leyes que permite enfrentar cualquier tipo de agresión o actividad subversiva".

Reyes destacó, la importancia de la Carta Magna, asegurando que fue un "proyecto social aprobado por la inmensa mayoría de los cubanos". Además se refirió al Código Penal y las Leyes 80 y 88, que complementan el ordenamiento jurídico para la defensa del país.

El Gobierno cubano trabaja en la actualización del Código Penal vigente. Reyes recordó que su artículo 200 está referido a los desórdenes públicos y establece que quien "sin causa que lo justifique, en lugares públicos, espectáculos o reuniones numerosas, dé gritos de alarma, o profiera amenazas de un peligro común, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de 100 a 300 cuotas o ambas".

Sobre este artículo mencionó además que "si los actos previstos en el apartado anterior se realizan con el propósito de provocar pánico o tumulto, o de cualquier otra forma que altere el orden público, la sanción es de privación de libertad de uno a tres años o multa de 300 a 1 000 cuotas o ambas".

El funcionario hizo referencia a lo que puede ocurrir en caso de que un individuo involucrado en un hecho de alteración del orden no coopere con las autoridades para solucionar el conflicto.

"Al ofender o agredir a los agentes del orden, también se incurre en otros delitos tipificados por la ley como desacato, resistencia y desobediencia", indicó.

En cuanto al delito de propaganda enemiga el Fiscal expresó que incurre en sanción de privación de libertad de uno a ocho años el que "incite contra el orden social, la solidaridad internacional o el Estado socialista, mediante la propaganda oral o escrita o en cualquier otra forma". También lo hace quien "confeccione, distribuya o posea propaganda del carácter mencionado en el inciso anterior".

El Fiscal se refirió también al "ultraje a los símbolos de la patria". Indicó que según las leyes cubanas "el que ultraje o con otros actos muestre desprecio a la bandera, al himno o al escudo nacionales, incurre en sanción de privación de libertad de tres meses a un año o multa de 100 a 300 cuotas".

El Código Penal cubano recoge además que un ataque subversivo o actos vandálicos que generen daños en establecimientos públicos, comerciales o estatales, se clasifica como delito de sabotaje.

En este sentido el funcionario cubano particularizo en el artículo 104 que permite imponer sanción de privación de libertad de dos a diez años a quienes destruyan, dañen o perjudiquen los medios, recursos, edificaciones, instalaciones o unidades socio-económicas o militares. Según la gravedad de los actos, las sanciones pueden ser mucho más severas.

El más severo de los artículos mencionados por el Fiscal fue probablemente el 105 del Código Penal. Prevé la sanción de privación de libertad de 10 a 20 años o muerte, si en la realización de los actos vandálicos se ocasionan lesiones graves o la muerte de alguna persona, o se pone en peligro la seguridad colectiva, entre otros elementos..

Reyes se refirió también al mercenarismo, clasificándolo como un delito "que se regula en todos los países, pues quien incurre en ello es un sujeto sin patria, que vende sus servicios al mejor postor, que llega incluso a matar, no por la defensa de un ideal o proyecto, sino por dinero".

Destacó que "cualquier individuo que se asocia a un país extranjero o recibe financiamiento desde el exterior, pues no caben dudas que podría realizar un delito de esta naturaleza".

Sobre el financiamiento a la actividad subversiva en sus "formas diversas" el Fiscal indicó que puede considerarse como tal "desde una suma de dinero, hasta un regalo o una recarga de celular". Todas las personas que participen de algún modo en estos hechos pueden ser procesadas.

Apuntó que incluso pueden ser procesadas personas que no se encuentren en el país. Al respecto el director de Estrategia del Observatorio Cubano de Derechos Humanos (OCDH), Yaxys Cires, negó que tenga fundamentos jurídicos “la amenaza” proferida por el fiscal.

El coordinador de Cuba Humanista señaló a CiberCuba que los argumentos de Reyes, en este sentido, no encuentra sustento en los tratados de cooperación internacional en materia judicial ni en los propios tratados de extradición.

Granma menciona especialmente que los cubanos tienen derecho a defender el socialismo "por todos los medios, incluyendo la lucha armada, cuando no fuera posible otro recurso".

El funcionario compareció en el programa televisivo Hacemos Cuba con el presentador Humberto López. En este espacio se refirió al primer artículo de la Constitución, señalando que en él se consagra al país como "Estado socialista de derecho".

También puntualizó en el artículo 4 que establece que "la defensa de la patria socialista es el más grande honor y el deber supremo de cada cubano. La traición es el más grave de los crímenes, quien la cometa está sujeto a las más severas sanciones".

En las semanas recientes Cuba vive una escalada represiva en que varios activistas han sido detenidos y podrían enfrentar algunos de los procesos penales mencionados en este artículo.

Uno de los casos que más titulares ha ocupado sobre estos temas es el de Luis Robles Elizastigui, quien protestó pacíficamente con un cartel en el Boulevard de San Rafael, en La Habana pidiendo la liberación de Denís Solís.

Este joven sin vínculos a activistas ni opositores fue acusado por los delitos de "propaganda enemiga y de resistencia". En enero la organización Prisoners Defenders lo declaró preso político en Cuba. Se enfrenta a una condena de 1 a 8 años de privación de libertad y otra de tres meses a un año o multa de cien a trescientas cuotas, según los artículos 103 y 143 de la Ley No. 62 Código Penal vigente.

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