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Más restricción de comida: Gobierno elimina venta de productos normados a cubanos con dos meses fuera del país

Los cubanos tendrán que pedir la baja de la libreta antes de salir al exterior con carácter temporal, siempre que ese viaje sea superior a dos meses.

Libreta de abastecimiento, Cuba © Granma/Yaimí Ravelo
Libreta de abastecimiento, Cuba Foto © Granma/Yaimí Ravelo

El gobierno cubano aumenta las restricciones de comida en el país, reforzando los procedimientos de inscripción y bajas del registro de consumidores.

En la Gaceta Oficial publicada el 5 de diciembre, el Ministerio de Comercio Interior detalla las nuevas restricciones y advierte que los cubanos que salgan del país por más de dos meses, se quedarán sin recibir su cuota de alimentos.

"La Resolución 101/2023 del Ministerio del Comercio Interior establece las normas para la inscripción de consumidores y núcleos en el Registro de Consumidores, como el otorgamiento de la libreta de control de ventas de productos alimenticios normados para la población", advierte el organismo estatal.

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El Ministerio de Comercio Interior impone nuevas medidas. A partir de ahora privan a los cubanos que viajen al exterior por un lapso mayor a sesenta días, de su porción correspondiente de alimentos racionados, independientemente de que el viaje sea por asuntos laborales, académicos, de cooperación o personales.

El trámite de la baja de la libreta debe hacerse antes de salir del país. Esta medida restrictiva llega en un contexto de extrema escasez de comida y de productos básicos en el país.

La política actual reemplaza a la anterior Resolución 47, especificando que para los fallecidos, la cancelación en la libreta debe procesarse en un máximo de quince días hábiles tras el deceso y en casos de encarcelamiento, dentro de los primeros diez días hábiles después de cumplir tres meses de reclusión.

Además, se detalla que antes del ingreso a instituciones como hogares de ancianos, ya sea de manera transitoria o permanente, también es obligatoria la gestión de baja.

La nueva regulación estipula que los directivos de organismos estatales que autorizan estancias en el extranjero por períodos extendidos deben asegurarse de obtener el comprobante de baja de la libreta de sus enviados, custodiándolo hasta que estos retornen al Registro de Consumidores.

En cuanto a la definición de núcleo familiar para el registro, se incluyen todas las personas inscritas en una misma libreta, sin importar el parentesco, aclarando los procedimientos de adquisición de productos básicos y la inscripción en el Registro según la vinculación geográfica con los establecimientos minoristas.

Los propietarios de viviendas serán los responsables de constituir el núcleo familiar en el Registro y nombrarse como jefes del mismo. En aquellos casos donde un núcleo supere los diez miembros, se procederá al fraccionamiento previa conciliación entre los involucrados.

Corresponderá a las OFICODAS gestionar la separación de núcleos, estableciendo límites en la cantidad de núcleos resultantes según el número de consumidores involucrados.

La "Libreta de Abastecimiento", ha sido desde 1963 una herramienta de control y racionamiento del consumo de los cubanos.

Se suponía que desaparecería en poco tiempo, pero el régimen comunista nunca ha podido eliminarla. El paso de los años ha empeorado la crisis de alimentos y ha reducido drásticamente la oferta de la libreta, sin que ello fuera acompañado de tiempos de bonanza económica para los cubanos.

La actual inflación en el país golpea especialmente en la oferta de alimentos. Muchas familias no tienen recursos para adquirir un plato de comida que llevar a la mesa y la cuota de la libreta no les alcanza para subsistir.

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