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El Tribunal Municipal Popular de San Antonio del Sur, en la provincia de Guantánamo, celebró el pasado miércoles dos juicios ejemplarizantes contra cuatro individuos acusados de apropiarse indebidamente de productos destinados a la canasta básica y a los damnificados por el huracán Oscar.
En el primer caso, dos trabajadores de la Unidad 642 de la Empresa Mayorista de Productos Alimenticios y Otros Bienes de Consumo, en sus roles de jefe de almacén y jefe de brigada, desviaron 62 kilogramos de leche en polvo descremada destinada a una veintena de niños de dos a seis años en las bodegas de Acueducto y Puriales de Caujerí, informó el diario oficialista Venceremos.
Además, se ocultaron 388 paquetes de pasta alimenticia de un kilogramo, destinados como ayudas a los consumidores del municipio. El valor económico de los bienes sustraídos superó los 3,000 pesos, tratándose de productos subsidiados.
El tribunal, en aplicación del artículo 424, apartado 1, del Código Penal, que prevé sanciones de seis meses a un año de privación de libertad, impuso al jefe de almacén una pena de un año de privación de libertad y una multa de 200 cuotas de 10 pesos cada una. Al jefe de brigada se le sancionó con un año de privación de libertad.
En el segundo juicio, el jefe de la Unidad Básica de La Carpa, subordinada al restaurante La Cienfueguera en la ciudad de Guantánamo, vendió de manera ilícita sacos de harina provenientes de donativos, así como arroz, chícharos y aceite, a un residente del municipio de San Antonio del Sur. Estos productos fueron encontrados en una vivienda de la propia localidad.
Ambos acusados fueron condenados por el delito de apropiación indebida, según el artículo 424, apartado 1, del Código Penal, que establece sanciones de seis meses a un año de privación de libertad. El trabajador de la unidad recibió una pena de un año de privación de libertad, mientras que el comprador fue condenado a diez meses de privación de libertad.
Dado que estos delitos se cometieron en el contexto de un desastre natural, se aplicó la agravante del artículo 80, apartado 1, inciso d), del Código Penal. Además, se impusieron sanciones accesorias de privación de derechos públicos, prohibición de salida del territorio nacional y prohibición del ejercicio de una profesión, cargo u oficio por el mismo período que la sanción principal, considerando las responsabilidades administrativas de los acusados.
Tanto los acusados como la Fiscalía tienen el derecho de apelar las decisiones del tribunal.
En el contexto de un alarmante incremento de la criminalidad en Cuba, las autoridades han intensificado la celebración de juicios ejemplarizantes para frenar esta tendencia.
Provincias como Santiago de Cuba han llevado a cabo, múltiples juicios ejemplarizantes. Por ejemplo, el Tribunal Popular Municipal de Songo-La Maya realizó cuatro de estos procesos en agosto de 2024, enfocados en delitos como atentados contra agentes de la autoridad y el sacrificio ilegal de ganado.
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