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La decisión de la administración de Joe Biden de eliminar a Cuba de la lista de países patrocinadores del terrorismo ha generado una interrogante inmediata entre miles de cubanos con pasaporte europeo: ¿podrán ahora ingresar a Estados Unidos utilizando el ESTA?
Desde la reincorporación de la isla a ese grupo en enero de 2021, durante el mandato de Donald Trump, estos viajeros están obligados a gestionar una visa de visitante (B-1/B-2) en un consulado estadounidense, lo que representa un desafío adicional sobre todo para cubanos con doble nacionalidad residentes en su tierra, porque suele implicar viajes a terceros países para realizar el proceso.
Tras la decisión de Biden, las disposiciones federales indican que esos miles de cubanos pueden ser beneficiados con el programa de exención de visados para viajar a Estados Unidos y utilizar el sistema electrónico de autorización de entrada conocido como ESTA (Electronic System for Travel Authorization, por sus siglas en inglés).
A priori, siempre a la espera de más disposiciones oficiales, el tener un pasaporte español u otra ciudadanía europea podría ser suficiente para tener acceso a un trámite sencillo y rápido que permite estancias de hasta 90 días por motivos turísticos o de negocios.
Actualmente, se estima que más de 150 mil ciudadanos españoles están inscritos como residentes en Cuba, la mayoría de ellos favorecidos con nacionalidad por vía de la llamada Ley de Memoria Histórica, de 2007.
Más datos sobre el ESTA
El ESTA permite a ciudadanos de 41 países viajar a los EE.UU. sin necesidad de obtener una visa tradicional, al integrar el Programa de Exención de Visa (Visa Waiver Program, VWP).
Proceso de solicitud:
Se realiza en línea en la página oficial del gobierno estadounidense.
Uso y duración:
Es válido únicamente para viajes de corta duración por turismo, negocios o tránsito.
No permite trabajar ni residir en los EEUU.
Tiene una validez de 2 años o hasta que el pasaporte expire (lo que ocurra primero).
Se puede usar para múltiples entradas a los EEUU mientras esté vigente.
Requisitos principales:
Poseer un pasaporte válido de un país del Programa de Exención de Visa.
No tener antecedentes de haber violado leyes migratorias en los EE. UU.
Llenar un formulario en línea en el sitio oficial del ESTA.
Pagar una tarifa de procesamiento.
No obstante, resulta importante aclarar que el ESTA no garantiza la entrada a Estados Unidos, pues la decisión final de admisión corresponde a los oficiales de inmigración (CBP) en el puerto de entrada correspondiente.
Asimismo, vale recordar que la limitación existente aplica no solo para cubanos y nacionales de Siria, Irán y Corea del Norte, estos últimos países todavía designados como terroristas por el Departamento de Estado, sino para todos los ciudadanos favorecidos por el programa de exención de visas (waiver) y que hayan viajado a alguna de esas naciones en fecha reciente.
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