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El Gobierno cubano autorizó oficialmente a actores económicos no estatales a abrir y gestionar residencias para adultos mayores y personas en situación de discapacidad, según el Acuerdo 10249/2025 publicado en la Gaceta Oficial (GOC-2026-211-O23).
La medida, aprobada por el Consejo de Ministros y firmada por el primer ministro Manuel Marrero Cruz, forma parte del desarrollo del Decreto 109 sobre el “Sistema Nacional para el Cuidado Integral de la Vida” y reconoce el acelerado envejecimiento de la población y la insuficiencia de capacidades estatales para cubrir la demanda de cuidados.
Por primera vez, mipymes, cooperativas y trabajadores por cuenta propia podrán prestar servicios de cuidado a adultos mayores y a personas en situación de discapacidad.
Las modalidades autorizadas incluyen residencias de cuidados diurnos, residencias de cuidados permanentes, residencias mixtas (diurnas y permanentes).
Hasta ahora, estos servicios eran esencialmente estatales a través de casas de abuelos, hogares de ancianos y centros especializados.
Para ejercer la actividad, los interesados deberán obtener Aval del Director General de Salud del municipio, licencia sanitaria del local, capacitación obligatoria en escuelas de cuidadores y pago del curso de formación establecido por el Ministerio de Salud Pública (MINSAP).
Ese organismo será responsable de definir requisitos, controlar la capacitación, otorgar licencias y supervisar el funcionamiento de las residencias.
El acuerdo establece que los titulares de estas residencias deberán reservar al menos el 10 % de sus capacidades para personas vulnerables de la comunidad.
En esos casos, se aplicará la tarifa estatal vigente para casas de abuelos y hogares de ancianos certificados. Si la persona no puede pagar, la Asistencia Social asumirá total o parcialmente el costo del servicio, previa evaluación.
Como incentivo, el Gobierno dispuso que, si el servicio se presta en un local estatal arrendado, el titular estará exento del pago de renta durante dos años, prorrogables hasta tres si la situación económica lo requiere.
Al concluir ese período, las autoridades evaluarán si corresponde cobrar arrendamiento o entregar el inmueble en usufructo.
El propio acuerdo admite el “acelerado proceso de envejecimiento de la población cubana” y la necesidad de ampliar el alcance de los servicios sociales de cuidado más allá del sistema estatal.
Cuba es uno de los países más envejecidos de América Latina, con una creciente proporción de personas mayores de 60 años y una reducción sostenida de la población en edad laboral, lo que ha tensionado las estructuras familiares y los servicios públicos.
La autorización no implica una retirada del Estado del sector, sino una apertura controlada en un momento de crisis extrema. El Gobierno mantiene la supervisión sanitaria, fija condiciones obligatorias —como la cuota social— y regula tarifas e incentivos fiscales a través de los ministerios de Salud Pública y de Finanzas y Precios.
El acuerdo entrará en vigor 30 días después de su publicación en la Gaceta Oficial, señala la nota.
Con esta decisión, el Estado cubano reconoce formalmente que necesita apoyo del sector privado para sostener el sistema de cuidados en medio de la crisis demográfica y económica que atraviesa el país, en un contexto de máxima presión.
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