
Un tribunal federal estadounidense ordenó a la administración Trump devolver a territorio estadounidense a un migrante enviado a África sin su consentimiento. El fallo sacude la política de deportaciones a terceros países impulsada desde Washington.
La jueza federal Regina M. Rodríguez, del Tribunal de Distrito de Estados Unidos para Colorado, emitió el 18 de septiembre una orden que exige el regreso del hondureño Bryan Omar Sánchez desde la República Centroafricana, adonde fue trasladado el 29 de julio pese a tener una solicitud de asilo pendiente y protección bajo la Convención contra la Tortura.
«Este tribunal y muchos otros tribunales de todo el país han determinado que las políticas de expulsión del ICE a terceros países vulneran el derecho constitucional al debido proceso cuando no se proporciona a los solicitantes notificación y la oportunidad de impugnar su expulsión antes de trasladarlos a un tercer país», escribió la magistrada en su resolución.
Este fallo judicial es parte de una serie de disputas legales en torno a las deportaciones a terceros países. Sigue todos los detalles sobre las políticas migratorias de la administración Trump y sus implicaciones en nuestra sección de Inmigración en EE.UU.
Sánchez llevaba una década en Colorado, donde trabajaba como jardinero, chofer de camiones y operador de una pequeña empresa de lavado a presión. Fue detenido por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) en mayo de 2026 y trasladado sucesivamente a centros de detención en Alvarado, Texas, y Phoenix, Arizona, antes de ser embarcado rumbo a África.
Supo cuál era su destino cuando preguntó a un oficial a bordo del avión. «¿África? No, yo no puedo ir para África», le dijo Sánchez. Tras casi 22 horas de vuelo, aterrizó en Bangui, capital de la República Centroafricana, sin haber firmado ningún consentimiento.
La jueza no solo ordenó su retorno, sino que dispuso que al llegar a Colorado sea puesto «en libertad inmediatamente», sin condiciones como vigilancia por GPS ni presentaciones periódicas, y que no pueda ser detenido de nuevo salvo que se demuestre ante un juez imparcial, con pruebas claras, que representa un riesgo de fuga o peligro para la comunidad.
El fallo individual sobre Sánchez llega días después de que el Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito emitiera una decisión unánime de 55 páginas que declara ilegal la política del Departamento de Seguridad Nacional que permitía deportar migrantes a terceros países sin notificación previa ni posibilidad de impugnar el destino.
«El derecho de una persona a impugnar su expulsión a un país basándose en el temor a la persecución en ese país significa poco si no recibe aviso previo del destino previsto para su expulsión y una oportunidad significativa para impugnar ese destino», señaló el juez de circuito Seth Aframe en ese fallo.
La política de deportaciones a terceros países arrancó el 15 de marzo de 2025, cuando decenas de venezolanos fueron enviados a la megacárcel salvadoreña CECOT. Desde entonces, Washington firmó acuerdos con al menos 35 naciones, entre ellas más de una decena de países africanos, para recibir migrantes que no son ciudadanos de esos territorios.
Entre los inmigrantes afectados hay cubanos
El primer vuelo de deportación a Liberia, en agosto de 2026, incluyó ciudadanos cubanos entre los 20 inmigrantes deportados. Cuatro de ellos se negaron a desembarcar y fueron trasladados a Guinea Ecuatorial, donde quedaron retenidos en un hotel en Malabo sin documentos ni asistencia legal.
Otros cubanos deportados a terceros países relataron duras condiciones desde la República Centroafricana y Guinea Ecuatorial.
Savi Arvey, directora de políticas de Human Rights First, calificó estas expulsiones como parte de «los esfuerzos más amplios de la administración Trump por socavar el sistema mundial de protección y hacer cómplices a países de todo el mundo de su campaña de deportaciones masivas, la cual ignora abiertamente el debido proceso y separa a las familias».
Se espera que la administración Trump apele el fallo del Primer Circuito ante la Corte Suprema, que ya había autorizado temporalmente la continuación de estas deportaciones mientras avanzaba el litigio.
Preguntas frecuentes sobre la política de deportaciones de EE.UU. a terceros países
CiberCuba te lo explica:
¿Qué ordenó el tribunal federal en el caso de Bryan Omar Sánchez?
El tribunal federal ordenó a la administración Trump devolver a Bryan Omar Sánchez a Estados Unidos, tras haber sido deportado a la República Centroafricana sin su consentimiento y con una solicitud de asilo pendiente. La jueza Regina M. Rodríguez determinó que las políticas de deportación a terceros países violan el derecho al debido proceso.
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¿Cuál es la política de deportaciones a terceros países de la administración Trump?
La política permite deportar migrantes a países con los que no tienen ningún vínculo, sin notificación previa ni oportunidad de impugnar el destino. Esto ha afectado a miles de migrantes, incluidos cubanos, que han sido enviados a países africanos bajo acuerdos bilaterales.
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¿Cómo ha impactado esta política a los cubanos deportados a África?
Muchos cubanos han sido deportados a países africanos sin vínculos previos, enfrentándose a condiciones precarias, falta de documentos y asistencia legal. Casos como el de Yasmany Moreno de Armas y Carlos Rodríguez ilustran estas dificultades, con denuncias de violaciones a los derechos humanos y separación de familias.
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¿Qué implicaciones tiene el fallo del Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito sobre esta política?
El Tribunal de Apelaciones del Primer Circuito declaró ilegal la política que permite deportaciones sin aviso previo ni oportunidad de impugnar. Este fallo podría limitar la capacidad de la administración Trump para continuar con estas deportaciones y podría ser llevado a la Corte Suprema para una decisión final.
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