
El Consulado General de Colombia en La Habana publicó el calendario de apertura de su plataforma web de visas para el período comprendido entre octubre de 2026 y enero de 2027, con cinco ventanas de acceso programadas para quienes deseen iniciar su trámite desde Cuba.
Tras la primera apertura, celebrada el 21 de octubre, la próxima fecha prevista es el miércoles 4 de noviembre de 2026.
Los solicitantes deben tener en cuenta un cambio importante: Cuba decidió mantener el horario de verano, por lo que seguirá existiendo una diferencia de una hora con Colombia, a pesar de que el aviso consular original contemplaba que ambos países tendrían el mismo horario a partir de noviembre.
Calendario de visas para noviembre, diciembre y enero de 2027
Las cuatro fechas pendientes anunciadas por el consulado son:
- Miércoles 4 de noviembre de 2026.
- Miércoles 18 de noviembre de 2026.
- Miércoles 9 de diciembre de 2026.
- Miércoles 20 de enero de 2027.
Cambio importante: Cuba mantendrá una hora de diferencia con Colombia
El 24 de octubre, las autoridades cubanas anunciaron que mantendrán el horario de verano hasta el 7 de noviembre de 2027, por lo que no se realizará el cambio de hora previsto para el 1 de noviembre de 2026.
Esto significa que Cuba continuará utilizando el horario UTC-4, mientras que Colombia permanece en UTC-5 durante todo el año. Por tanto, Cuba seguirá una hora por delante de Colombia.
El aviso publicado inicialmente por el consulado contemplaba que, a partir de noviembre, ambos países tendrían el mismo horario y que la plataforma estaría disponible de 9:00 a.m. a 12:00 del mediodía en los dos territorios.
Sin embargo, esa equivalencia horaria quedó desactualizada tras la decisión de las autoridades cubanas.
En la apertura del 21 de octubre, el horario anunciado fue de 9:00 a.m. a 12:00 del mediodía en La Habana, equivalente a las 8:00 a.m. a 11:00 a.m. en Colombia.
Si el consulado mantiene esa misma franja horaria tomando como referencia la hora de La Habana, la equivalencia con Colombia seguirá siendo de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. No obstante, es necesario confirmar con el consulado el horario efectivo de las próximas aperturas, especialmente la del 4 de noviembre, para evitar errores al intentar acceder a la plataforma.
¿Cómo presentar la solicitud correctamente?
El trámite se realiza única y exclusivamente en línea a través de la plataforma oficial de la Cancillería de Colombia.
El paso más importante es la selección de la oficina encargada de estudiar la solicitud. Los interesados que tramiten su visa ante la sede colombiana en Cuba deben escoger obligatoriamente «Consulado General de Colombia en La Habana».
El aviso consular advierte: «En caso de seleccionar otra oficina o un consulado diferente, la solicitud de su visa será inadmitida y/o rechazada, sin reembolso del pago por el estudio de la visa».
Elegir por error cualquier otra sede puede suponer la pérdida del dinero pagado, sin posibilidad de recuperarlo.
La expresión «plataforma de visas para estudio» utilizada por el consulado se refiere al análisis de las solicitudes de visa y no exclusivamente a visados para estudiantes.
Costos y advertencias
Los costos oficiales del trámite están publicados en la página de la Cancillería colombiana.
El pago del estudio debe realizarse dentro de los 10 días calendario siguientes a la generación del número de referencia. Sin ese pago, la solicitud no queda formalmente presentada.
Abonar la tasa de solicitud del visado no garantiza su aprobación: el pago cubre únicamente el análisis del expediente y no es reembolsable bajo ninguna circunstancia.
Los cubanos necesitan visa para viajar a Colombia
Los ciudadanos cubanos con pasaporte ordinario requieren visa para ingresar a Colombia, ya que Cuba no figura entre las nacionalidades exentas de ese requisito.
Solo los titulares de pasaporte diplomático —exentos de forma indefinida— y los de pasaporte oficial —exentos hasta seis meses— pueden ingresar sin visa conforme a las excepciones correspondientes.
Antes de iniciar cualquier trámite conviene verificar el historial migratorio personal, pues antecedentes de permanencias vencidas u otras irregularidades pueden derivar en la no admisión al territorio colombiano.
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