
La Corte Suprema de Estados Unidos tiene en sus manos una solicitud de emergencia que podría determinar el futuro de cientos de miles de casos de inmigración pausados, incluidos los de miles de cubanos.
El expediente n.º 26A500, City of Baltimore v. Texas, fue presentado el 9 de octubre ante el juez Samuel Alito y aún no tiene resolución.
El jueves 22 de octubre, tanto el Gobierno de Trump —a través del Procurador General D. John Sauer— como el Estado de Texas presentaron sus escritos de oposición pidiendo que la Corte deniegue la suspensión solicitada. Al día siguiente, los solicitantes presentaron su réplica.
Qué es el «cierre administrativo» y por qué importa
El cierre administrativo permite a los jueces de inmigración sacar un caso del calendario activo sin resolverlo mientras el inmigrante espera, por ejemplo, la aprobación de una visa, una petición familiar I-130 o un ajuste de estatus.
La administración Biden restableció esta herramienta mediante la «Regla de 2024» (89 Fed. Reg. 46,742). Pero el 22 de junio de 2026, Texas demandó al Gobierno federal y ese mismo día ambas partes firmaron un acuerdo de consentimiento ante el juez Reed O'Connor que anuló la regla a escala nacional. El Gobierno de Trump no la defendió.
Baltimore, New Haven, Columbus y Centro Legal de la Raza intentaron intervenir en agosto para defender la regla, pero el tribunal les negó legitimación.
El Quinto Circuito también rechazó la suspensión en septiembre, lo que llevó a los solicitantes directamente al Supremo.
El argumento central: ¿colusión para eludir la ley?
Los solicitantes acusan al Gobierno y a Texas de haber usado el acuerdo de consentimiento para borrar una regla federal sin seguir el procedimiento legal ordinario de aviso y comentario.
El abogado Joshua Salzman, de Democracy Forward, advirtió que «si se permite que un fallo obtenido mediante semejante colusión permanezca en vigor, cualquier agencia puede eludir las restricciones de la ley simplemente anunciando su disposición a ceder ante una demanda».
El Gobierno y Texas responden que los solicitantes carecen de legitimación y que el fallo opera de forma prospectiva: no obliga a reactivar casos ya cerrados, sino que prohíbe nuevos cierres sin base legal expresa.
El impacto directo en cubanos
Según estadísticas del EOIR, al tercer trimestre fiscal de 2025 había 361,614 casos inactivos por cierre administrativo a nivel nacional, con una duración media de aproximadamente 16,8 años.
Muchos cubanos en procesos de deportación —con formulario I-220A, parole o con peticiones familiares pendientes— han dependido de este mecanismo para ganar tiempo mientras el USCIS resolvía sus solicitudes.
La situación se agrava porque la Junta de Apelaciones de Inmigración ya eliminó la presunción favorable de aplazamiento para quienes esperan una visa U o una petición I-130, y el Boletín de Visas de octubre de 2026 muestra retrasos de hasta 14 años para Cuba en algunas categorías familiares.
Además, cubanos con I-94 que tenían casos cerrados han sido detenidos por ICE en 2026 pese a tener solicitudes de residencia pendientes ante el USCIS.
Qué pueden hacer quienes tienen un caso pausado
Aunque el cierre administrativo esté bloqueado, existen otras herramientas: aplazamientos, mociones de sobreseimiento y acción diferida del Director del EOIR.
Para quienes solicitan visa U, el USCIS ofrece el proceso de Determinación de Buena Fe, que puede otorgar autorización de empleo mientras se espera la visa.
Quienes tengan un caso cerrado administrativamente pueden verificar su estado en el portal de consulta de casos del EOIR usando su número A, o llamar al 1-800-898-7180. Ante la acumulación de cambios recientes en la política migratoria, consultar a un abogado de inmigración es indispensable.
La Corte Suprema no ha fijado plazo para resolver la solicitud de emergencia, por lo que la incertidumbre para los más de 361,000 casos pausados a nivel nacional podría prolongarse durante semanas.
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