
El Tribunal Supremo de Estados Unidos rechazó este martes una solicitud de emergencia para restablecer la normativa que permitía a los jueces de inmigración suspender temporalmente determinados procesos de deportación mientras los migrantes buscaban otras vías legales para permanecer en el país.
La decisión, emitida el 27 de octubre sin explicación escrita ni votos disidentes registrados, deja vigente una orden judicial que bloquea la regulación aprobada durante la administración de Joe Biden en 2024.
El resultado favorece la posición del Gobierno de Donald Trump y del estado de Texas, que habían acordado anular esa normativa.
La Corte Suprema no resolvió definitivamente el fondo del litigio, pero su decisión impide por ahora restablecer las facultades de cierre administrativo previstas en la regulación impugnada.
¿Qué es el cierre administrativo y por qué importa?
El cierre administrativo es una herramienta procesal utilizada durante décadas en los tribunales de inmigración estadounidenses.
Permite retirar temporalmente un expediente del calendario activo sin desestimarlo ni resolver definitivamente la situación migratoria de la persona.
Este mecanismo podía utilizarse, por ejemplo, cuando un migrante esperaba la resolución de una petición familiar, una visa humanitaria u otro procedimiento que pudiera influir en su caso de deportación.
A diferencia de una desestimación, el cierre administrativo no elimina el procedimiento. El expediente permanece inactivo y puede reabrirse posteriormente.
La administración Biden formalizó esta práctica mediante una normativa de 2024, con el argumento de que facilitaba la gestión de los expedientes y contribuía a garantizar un tratamiento adecuado de los casos.
Según estadísticas gubernamentales citadas por The Washington Post, aproximadamente 360,000 migrantes recibieron cierres administrativos desde 1990.
¿Cómo llegó el caso al Tribunal Supremo?
Después del regreso de Trump a la Casa Blanca en enero de 2025, la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR), dependiente del Departamento de Justicia, anunció que no defendería la normativa de 2024 ante una impugnación judicial.
En junio de 2026, Texas presentó una demanda contra esa regulación.
El estado argumentó que el cierre administrativo permitía prolongar indefinidamente la permanencia de determinados inmigrantes sin estatus legal en Estados Unidos.
El mismo día de la presentación de la demanda, Texas y el Departamento de Justicia alcanzaron un acuerdo para dejar sin efecto la normativa.
El juez federal Reed O'Connor, en Wichita Falls, aprobó el acuerdo, que bloqueó su aplicación en todo el país.
Las ciudades de Baltimore, Columbus y New Haven, junto con la organización Centro Legal de la Raza, intentaron intervenir en el proceso para defender la regulación.
Los demandantes, representados por Democracy Forward, sostuvieron que el acuerdo entre Texas y el Gobierno federal había permitido eliminar una normativa sin seguir el procedimiento administrativo ordinario.
También argumentaron que el cierre administrativo favorecía la eficiencia de los tribunales y protegía garantías procesales, especialmente en situaciones que involucraban a víctimas de delitos y menores vulnerables.
Tras el rechazo de sus intentos de intervención en los tribunales inferiores, acudieron al Supremo mediante una solicitud de emergencia.
El Departamento de Justicia se opuso a esa petición y sostuvo que las ciudades y la organización demandante no habían demostrado legitimación suficiente para intervenir ni un perjuicio inmediato que justificara la medida solicitada.
El Supremo rechazó la solicitud, por lo que el bloqueo judicial de la normativa continúa vigente mientras prosigue la controversia legal.
¿Cómo puede afectar la decisión a los cubanos en Estados Unidos?
La resolución puede tener consecuencias para cubanos que afrontan procedimientos de deportación mientras esperan la respuesta a solicitudes migratorias que podrían permitirles permanecer legalmente en Estados Unidos.
Entre los trámites que pueden coincidir con un procedimiento de expulsión figuran las peticiones familiares y determinadas solicitudes de protección humanitaria.
El cierre administrativo permitía, en los casos en que procedía, retirar temporalmente el expediente del calendario judicial mientras se resolvían esos asuntos.
El bloqueo de la normativa de 2024 limita la disponibilidad de esa herramienta.
La decisión se suma a otros cambios recientes en los procedimientos migratorios.
En octubre de este año, la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) restringió la posibilidad de aplazar procedimientos de deportación por la sola existencia de determinadas solicitudes pendientes, como una visa U o una petición familiar I-130.
La resolución del Supremo no ordena reabrir automáticamente todos los casos que ya habían sido cerrados administrativamente.
Tampoco significa que todos los migrantes con solicitudes pendientes deban ser deportados ni elimina por sí sola cualquier otra vía legal para solicitar un aplazamiento.
Su efecto inmediato es mantener bloqueada la regulación federal de 2024 que autorizaba el cierre administrativo en determinadas circunstancias.
La situación de cada migrante dependerá de su expediente, de las medidas procesales disponibles y de las decisiones de las autoridades competentes.
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