
Los empleadores de Florida tienen hasta las 5:00 p.m., hora del Este, de este viernes para completar el pago electrónico del impuesto de reempleo correspondiente al tercer trimestre de 2026 (julio–septiembre).
Según el calendario oficial DR-659 del Departamento de Ingresos de Florida, el pago debe iniciarse y recibir número de confirmación antes de esa hora para considerarse oportuno.
El Departamento advierte que los pagos completados después de las 5:00 p.m. no se procesarán hasta el siguiente día hábil, lo que constituye un pago tardío sujeto a penalidades e intereses. La tasa de interés vigente para el segundo semestre de 2026 es del 11 % anual.
Un detalle clave que los empleadores deben tener presente: el plazo del pago electrónico y el plazo de presentación del informe trimestral no coinciden.
El Employer's Quarterly Report (formulario RT-6) vence el 31 de octubre, pero como ese día cae en sábado, el plazo se extiende al lunes 2 de noviembre. Son dos obligaciones separadas con fechas distintas.
El informe RT-6 debe presentarse incluso si el empleador no tuvo empleados, salarios ni impuesto adeudado durante el trimestre. Presentarlo fuera de plazo acarrea una multa de $25 por cada período de 30 días o fracción de retraso.
La obligación de presentar y pagar electrónicamente aplica a empleadores que tuvieron al menos 10 empleados en cualquier trimestre del año fiscal estatal anterior (del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026), aunque existen condiciones y excepciones.
Los empleadores con menos personal pueden presentar en papel, si bien pueden optar voluntariamente por la vía electrónica.
Este trimestre tiene una particularidad adicional: el Departamento migró su plataforma de presentación y pago a un nuevo sistema eFile and Pay el 24 de agosto de 2026, por lo que para la mayoría de los empleadores esta es la primera declaración que deben gestionar en el nuevo portal. El acceso requiere el número de cuenta de reempleo y el número de identificación federal del empleador (FEIN), o bien un usuario y contraseña de eServices.
El impuesto de reempleo es un tributo exclusivamente patronal —los empleados no lo pagan— que financia el programa de beneficios por desempleo administrado por FloridaCommerce. No debe confundirse con el impuesto federal de desempleo (FUTA) ni con las prestaciones que recibe el trabajador desempleado.
La tasa para empleadores nuevos en 2026 es del 2,7 % sobre los primeros $7,000 de salarios pagados a cada empleado en el año; quienes tienen historial pueden tener tasas de entre 0,1 % y 5,4 %.
Para quienes tengan dificultades con el nuevo sistema, el Departamento habilitó una línea de asistencia de transición disponible hasta este mismo viernes 31 de octubre: (850) 201-3568.
Para consultas generales, el número es (850) 488-6800, disponible de lunes a viernes en horario hábil, o por correo electrónico a fdortaxpayerservices@floridarevenue.com.
El desempleo en Florida bajó por cuarto mes consecutivo en el sur del estado, contexto que hace aún más relevante el correcto cumplimiento de las obligaciones tributarias que sostienen ese sistema de protección para los trabajadores.
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