Acuerdo 10452

Premio Nacional de la Eficiencia Energética y el Uso de las Fuentes Renovables de Energía

Organismo
Consejo de Ministros
Fecha emisión
2026-09-16
Publicada en
Gaceta No. 89 Ordinaria de 2026 (2026-10-27)
Páginas
12–14
Descargar PDF de la gaceta
Resumen generado por IA

El Acuerdo No. 10452 del Consejo de Ministros regula la creación del Premio Nacional de la Eficiencia Energética y el Uso de las Fuentes Renovables de Energía. Este premio es otorgado por el Ministerio de Energía y Minas para reconocer y estimular la excelencia en la eficiencia energética y el uso de fuentes renovables de energía.

Texto íntegro

GOC-2026-624-O89 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.

HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros, ha considerado lo siguiente:

POR CUANTO: El Acuerdo 9684 del Consejo de Ministros, de 5 de septiembre de 2023, dispone el procedimiento para la institución de los premios que se acompañen de remuneración monetaria u otro bien material, a otorgar por los órganos estatales, organismos de la Administración Central del Estado, órganos locales del Poder Popular, entidades

nacionales, organizaciones políticas y de masas, organizaciones no gubernamentales, y asociaciones, así como para su eliminación; y en su apartado Cuarto establece que el Consejo de Ministros aprueba la institución de los premios nacionales a otorgar por los órganos estatales, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales y organizaciones políticas y de masas, así como su eliminación.

POR CUANTO: La Comisión Nacional de Premios, a instancia del Ministerio de Energía y Minas, en cumplimiento de lo previsto en el referido Acuerdo 9684, ha presentado con criterio favorable al Consejo de Ministros, la propuesta para la institución del premionacional a entregar por el Ministerio de Energía y Minas, que se otorga por la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía.

POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el

Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 16 de septiembre de 2026 el siguiente:ACUERDO 10452

PRIMERO: Aprobar el premio nacional a otorgar por el Ministerio de Energía y Mi-nas, denominado Premio Nacional de la Eficiencia Energética y el Uso de las Fuentes Renovables de Energía, con las características que se describen en el Anexo Único de este Acuerdo.

SEGUNDO: El ministro de Energía y Minas, para seleccionar a las personas naturales o jurídicas a premiar, constituye un jurado conforme a los requisitos establecidos en el apartado Decimosexto del Acuerdo 9684 del Consejo de Ministros, de 5 de septiembre de 2023.

DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: El ministro de Energía y Minas queda encargado de establecer los procedimientos y la organización metodológica de la presentación de las propuestas y entrega de los premios, así como de la ejecución y control de lo aprobado en el presente Acuerdo.

SEGUNDA: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de su publicaciónen la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.

DADO en el Palacio de la Revolución, a los 16 días del mes de septiembre de 2026, “Añodel Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Manuel Marrero CruzANEXO ÚNICOCARACTERÍSTICAS DEL PREMIO APROBADO AL MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINASPremio Nacional de la Eficiencia Energética y el Uso de las Fuentes Renovables de Energía Características: el Premio Nacional de la Eficiencia Energética y el Uso de las Fuentes Renovables de Energía es una guía a la excelencia y al desarrollo de la cultura por la Efi-ciencia Energética que contribuye a promover y estimular el uso eficiente de los portadores energéticos y las fuentes renovables de energía a través de la competitividad entre los diferentes actores económicos y el reconocimiento de aquellos que mayores logros han alcanzado en la contribución a las energías limpias hacia la transición energética.

El Premio está dirigido a aquellas personas naturales y jurídicas, que demuestran de manera fehaciente su contribución al desarrollo económico, social y energético del país, en coherencia con la transición energética. Frecuencia con que se otorga: anual.El Premio se entrega en la jornada de conmemoración al Día Mundial de la Eficiencia Energética. Cantidad de premiados: se otorga un único premio a persona natural o jurídica. Autoridad facultada para convocar y nominar el premio: la Autoridad Nacional Regu-ladora Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía, ONURE, es laautoridad facultada para convocar y nominar el premio, previa notificación al Ministeriode Energía y Minas. Tipo de premios a entregar y monto aprobado: El premio no tiene remuneración monetaria; se entrega trofeos, placas o documentos acreditativos, diplomas, u otros de similares características; los gastos para la entrega del premio no exceden el límite de hasta 10 veces el salario medio vigente del país en el añofiscal anterior a la fecha de su entrega. Comunicación del premio: en acto oficial, y a través de los medios de difusión masiva yredes digitales. Reglamentación del Premio: resolución del ministro de Energía y Minas, previa pro-puesta realizada por la Oficina Nacional para el Control del Uso Racional de la Energía.