Acuerdo 10453
El Acuerdo No. 10453 del Consejo de Ministros regula la institución del Premio Nacional de Educación, otorgado por el Ministerio de Educación. Este premio reconoce a personas naturales vinculadas a instituciones educativas por su labor educativa. El Consejo de Ministros emite esta norma.
- El Premio Nacional de Educación lo otorga el Ministerio de Educación a personas vinculadas a instituciones educativas.
- Se concede a docentes con mejores resultados de trabajo integral en la labor educativa.
- La convocatoria es anual y la realiza el órgano central del Ministerio de Educación.
- Los requisitos incluyen 10 años de servicio ininterrumpido y evaluación de desempeño anual de 'MB' en los últimos tres cursos escolares.
- El premio consiste en un diploma acreditativo y un reconocimiento en metálico.
Texto íntegro
GOC-2026-625-O89 MANUEL MARRERO CRUZ, Primer Ministro.
HAGO SABER: Que el Consejo de Ministros, ha considerado lo siguiente:
POR CUANTO: El Acuerdo 9684 del Consejo de Ministros, de 5 de septiembre de 2023, dispone el procedimiento para la institución de los premios que se acompañen de remuneración monetaria u otro bien material, a otorgar por los órganos estatales, organismos de la Administración Central del Estado, órganos locales del Poder Popular, entidades nacionales, organizaciones políticas y de masas, así como para su eliminación, y en su apartado Cuarto establece que el Consejo de Ministros aprueba su institución, según corresponda, así como su eliminación.
POR CUANTO: Mediante el Acuerdo del Consejo de Ministros, de 14 de julio de 2004, se aprueba que el Ministerio de Educación entregue con las características que en su Anexo se establecen, el “Premio Especial del Ministerio de Educación”.
POR CUANTO: La Comisión Nacional de Premios, a instancia del Ministerio de Educación, en cumplimiento de lo previsto en el referido Acuerdo 9684, ha presentado con criterio favorable al Consejo de Ministros, la propuesta para la institución del premio nacional a otorgar por dicho organismo.
POR TANTO: El Consejo de Ministros, en el ejercicio de las atribuciones que le están conferidas en el
Artículo 137, incisos o) y w) de la Constitución de la República de Cuba, adoptó el 16 de septiembre de 2026 el siguiente:ACUERDO 10453
PRIMERO: Aprobar el premio nacional a otorgar por el Ministerio de Educación, denominado Premio Nacional de Educación, con las características que se describen en el Anexo Único de este Acuerdo.
SEGUNDO: Para seleccionar el premiado, la ministra de Educación constituye un jurado conforme a los requisitos establecidos en el apartado Decimosexto del Acuerdo 9684 del Consejo de Ministros, de 5 de septiembre de 2023.
DISPOSICIONES FINALESPRIMERA: La ministra de Educación queda encargada de establecer los procedimientos y la organización metodológica de la presentación de las propuestas y entrega de los premios, así como de la ejecución y control de lo aprobado en el presente Acuerdo.
SEGUNDA: El presente Acuerdo entra en vigor a partir de la fecha de su publicaciónen la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
PUBLÍQUESE en la Gaceta Oficial de la República de Cuba.
DADO en el Palacio de la Revolución, a los 16 días del mes de septiembre de 2026, “Añodel Centenario del Comandante en Jefe Fidel Castro Ruz”.Manuel Marrero CruzANEXO ÚNICOCARACTERÍSTICAS DEL PREMIO APROBADO AL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Premio Nacional de Educación Características: constituye el reconocimiento más importante que otorga el Ministerio de Educación a personas naturales, residentes en la República de Cuba, vinculadas a instituciones educativas, por el mejor resultado de trabajo integral en la labor educativa. Se concede a: docentes de las instituciones educativas del Ministerio de Educación y organismos formadores con mejores resultados de trabajo integral en la labor educativa. Institución que convoca y frecuencia: la convocatoria del Premio se realiza anualmente, en el marco de las actividades de la Jornada del Educador, por el órgano central del Ministerio de Educación. Nominan: las direcciones generales municipales de Educación, quienes remiten sus propuestas a la Dirección General Provincial encargada de proponer al Ministerio de Educación dos candidatos, siempre que se ajusten a los requisitos establecidos en la convocatoria. Requisitos y tipos de premios a considerar: Requisitos: a) Docentes que como mínimo tengan diez años de servicio ininterrumpido en la institución educativa. b) Evaluación de desempeño anual de “MB” en los últimos tres cursos escolares.c) Labor educativa integral con reconocimiento de la comunidad educativa. Tipo de premios a entregar y monto aprobado: el premio consiste en un diploma acreditativo y un reconocimiento en metálico los gastos para la entrega del premio no excedenel límite de hasta 10 veces el salario medio vigente del país en el año fiscal anterior a lafecha de su entrega. Reglamentación del Premio: por resolución de la ministra de Educación. Proceso de comunicación que se dará al premio propuesto:
Entrega en acto solemne que se realiza en el mes de diciembre, como parte de las actividades por la Jornada del Educador, así como a través de los medios de difusión masiva y redes digitales.