Resolución 125/04
Texto íntegro
RESOLUCION No 125/04
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POR CUANTO: En virtud de las Disposiciones Finales Sexta y Séptima del Decreto-Ley No.147, "De la Reorganización de los Organismos de la Administración Central del Estado" de 21 de abril de 1994, el Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, adoptó en fecha 25 de noviembre del propio año, el Acuerdo No. 2817, por el cual se aprobó con carácter provisional los derechos, facultades y atribuciones de los Jefes de los Organismos de la Administración Central del Estado, facultándolos en el apartado tercero numeral 4, para dictar en el marco de sus facultades y competencia, Resoluciones de obligatorio cumplimiento para el sistema del Organismo.
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POR CUANTO: La que resuelve fue designada Ministra del Ministerio de la Industria Ligera, por Acuerdo del Consejo de Estado, de fecha 27 de octubre del 2003.
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POR CUANTO: Del análisis y estudio de las Disposiciones Jurídicas, clasificadas como resoluciones, emitidas por este Ministerio desde su creación, se evidencia que existen resoluciones ministeriales, que han dejado de surtir efectos legales, siendo necesario disponer su derogación.
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POR TANTO: En uso de las facultades que me están conferidas.
R e s u e l v o :
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PRIMERO: Derogar las Disposiciones Jurídicas que se clasifican como resoluciones, emitidas por el Ministerio de la Industria Ligera, distribuidas por orden cronológico y que se enumeran a continuación.
Año 1967: Resoluciones.
3,4,5,6,7,13,14,15,17,18,22,23,24,26,27,28,29,30,35,38,40,4 5,47,52,54,56,57,67,68,70,71,73,74,75,76,77,80,82,88 y 89.
Año 1968: Resoluciones.
1,9,14,15,20,23,24,27,28,29, desde la 32, hasta la 44, desde la 47, hasta la 150,152, Desde la 163 hasta la 200.
Año 1969: Resoluciones.
1,2,3,4,6,7,13,14,15,16,17,18,19,20,21,22,23,25,26,27,29,32 ,33,35,36,38,39,40,41,48,49,53,54,55,56,57,60,61,62,63,64, 65,68,71,72,89,90,92,93,95,99,100,104,105,109,110,111, 112,113,114,117,118,119,120,121,122,123,124,125,127,
128,132,135,136,137,138,142,143,147,148,149,153,154, 155,156,162,166,167,168,170,171,172,173,174,179,180, 181, 182,183,184,185,186,187,188,189 y 190.
Año 1970: Resoluciones.
1,2,3,4,11,12,13,14,16,17,19,20,22,23,24,25,29,30,35,36,39, 40,43,44,46,47,48,50,51,52,54,55,56,57,58,59,60,61,62,64, 65,66,67,69,71,74,75,76,81,82,83,84,85,86,89,90,91,92,93, 94,95,96,97,98,100,101,103,104,105,106,107,108,109,111, 112,113,114,117,118,120,121,123,124,125,126,127,128, 129,130,131,132,134,138,139,140,141,142,143,144,145, 146,147 y 148.
Año 1971: Resoluciones.
1,2,3,4,5,6,7,9,19,21,22,25,26,27,28,29,30,31,33,36,37,38, 39,40,41,42,43,45,46,47,50,51,52,53,55,56,57,58,59,60,61, 62, 63,64,65,66,67,68,73,75,78,81,83,84,85,86,88,90,91,92, 93,94,95,96,97, desde la 100, hasta la 126, desde la 128, hasta la 135,137,143,144,145,146,149,150,151,152,153,155, 156,157,160,161,162,163,165,166,167,168,169,170,173, 174,175,176,177,180,181,182,183,184,185,187,188,189, 190,191,194,195,196,197,199,201,202,204,206,207,208,209 ,211 y 212.
Año 1972: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 13, desde la 15, hasta la 54, desde la 56, hasta la 66, desde la 68, hasta la 76, desde la 78, hasta la 94, desde la 96, hasta la 113,105, desde la 109, hasta la 114, 119,121,131,133, desde la 134, hasta la 146, desde la 148,
hasta la 153, 156,157,158,160,162,163, desde la 165, hasta la 189,192,193,194,195,196,197,198 y 199.
Año 1973: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 31, desde la 33, hasta la 58,60, desde la 73, hasta la 78, 84,86,87,89, desde la 90, hasta la 97, desde la 99, hasta la 104, desde la 106, hasta la 112, desde la 114, hasta la 120,130,131, desde la 133, hasta la 139, desde la 142,hasta la 151,153,154, desde la 156, hasta la 159, desde la 161, hasta la 169, desde la 171, hasta la 174.
Año 1974: Resoluciones.
1,2,3,4,8,9 desde la 12, hasta la 31, desde la 33, hasta la 53,60, desde la 55, hasta la 71, desde la 75, hasta la 85, desde la 87, hasta la 95,98,99,101,102, desde la 104, hasta la 129, desde la 131, hasta la 135,137,138,139,142,143,145, desde la 147,hasta la 150,desde la 152, hasta la 158, desde la 161, hasta la 175,181,182,183,184,187,188,189,190,191, 192,193,194 ,196,197,198,199 y 200.
Año 1975: Resoluciones.
1,3,4,5,6,7,8,9,11,12,13,14,15,16,17,18,20,21,22,23,24,25, 26, desde la 28, hasta la 40, 42, desde la 43, hasta la 95,97,98,99,100,101,103,104,105,106,107,108,111,112,113, 114,115, desde la 118, hasta la 145,148,149,150,151, 152,153,154,155,156,157, desde la 159, hasta la 187, desde la 189 hasta la 201,206,210,211,213,215 y 216.
Año 1976: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 32, desde la 36, hasta la 48, desde la 50, hasta la 55,57,61,62,63,64,67,68,69,70,71,72,74,75,76,77, 78,79,80,82,83,84,85,87,88,89,90,91 desde la 93, hasta la 134, desde la 136, hasta la 148, desde la 177, hasta la 374, desde la 376, hasta la 566,616,618,619,620,621,623,624 y 625.
Año 1977: Resoluciones.
1,2,14,15,16,19,20,21,51,52,109,110,124,125,126,127,128,1 30,133,134,135,136137,140,142,145,147,148,156,157,158, 159,160,161, desde la 163, hasta la 184,186, desde la 188, hasta la 198, desde la 200 hasta la 318,320,321,322,323, 326,329,330,333,334,335,336,338,339,340, desde la 343, hasta la 365, desde la 368, hasta la 589, desde la 592, hasta la 655, desde la 657, hasta la 1571, desde la 1581 hasta la 1676.
Año 1978: Resoluciones.
1,2, desde la 4, hasta la 34,36,37,38,39,40,42,43,44,45,46, 47,48,49,50,51,52,53,54,55,56,57,58,59,60,61, desde la 64, hasta la 132, desde la 136, hasta la 148,150,151, Desde la 154, hasta la 202,205,206,207,208,209,210,211,215,216, 217,218,219,220,222, Desde la 225, hasta la 249, 251, desde la 254, hasta la 298, 300,301,306,324,325, Desde la 330, hasta la 358, desde la 360, hasta la 387, 389,390, 391,392, 403, desde la 405, hasta la 441,447,448,449,450,451,452, 453,454,455,456,457, desde la 459 hasta la 503,505, 506,507,508,509,510,511,desde la 513, hasta la 536,539, 540, Desde la 543, hasta la 591, desde la 593, hasta la 617,618,619,620,623, desde la 626, hasta la 678, desde la 683, hasta la,707,714,715, desde la 724, hasta la 768.
Año 1979: Resoluciones.
1,2,3,4,5, desde la 7, hasta la 30, desde la 32, hasta la 159,161,162,163,164,165,166,167, desde la 169, hasta la 203, desde la 205, hasta la 233, desde la 237, hasta 307,309,310, desde la 312, hasta la 396, desde la, 398 hasta la 403,404, desde la 405 hasta la 554,558,559,560,561, 562,563, desde la 566, hasta la 612, desde la 615, hasta la 626,631, desde la 636, hasta la 678,679, desde la 681, hasta la 719.
Año 1980: Resoluciones.
1,2,3,4,5,6,8,9,10,12,13,14,15 desde la 17, hasta la 239, 243,244, desde la 248, hasta la 287 desde la 289, hasta la 325, desde la 329, hasta la 374,376,377,379,380,381, 382, Desde la 385, hasta la 414, desde la 416, hasta la 257 y 528.
Año 1981: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 20, desde la 25, hasta la 62, desde la 64, hasta la 117,120,121,122,123,124,125,126,127,129, desde la 131, hasta la 141, desde la 144, hasta la 159, Desde la 169, hasta la 171,173,174,175,176,177,178, desde la 180, hasta la 219, desde la 221, hasta la 233, desde la 235, hasta la 255,259,260,261,262,263, desde la 265, hasta la 308, desde la 310, hasta la 315, desde la 317, hasta la 320, desde la 322, hasta la 326,329,330,332,333,334,336,337,339,343,344,345, 346,347,348,349,350,351,357,358,359,360 y 363.
Año 1982: Resoluciones.
1,2, desde la 4, hasta la 32, desde la 34, hasta la 43,44 desde la 45, hasta la 52, Desde la 54, hasta la 64,65,67,68, desde la 71, hasta la 99, desde la 104, hasta la 116, desde la 119, hasta la 136, desde la 139, hasta la 151, desde la 153, hasta la 200,201,202,203,204,205,206,207,208, desde la 210, hasta la 221, desde la 222, hasta la 249,251, 252, 253,255,256,257,258,259,260,260-A, desde la 263, hasta la 275,277,278,279, 280,281,282,283,284,285,286, desde la 287 hasta la 290, Desde la 293 hasta la 304,305, 306,307,308,309,310,327,335,338,353,354,355 y 356.
Año 1983: Resoluciones.
2,3,4,5,6,7,8,9, Resolución Conjunta MINIL-SINTIL No 2, desde la 10, hasta la 43, Desde la 47, hasta la 103,110 desde la 112, hasta la 121,123,124,125, desde la 127, hasta la 135, desde la 137, hasta la 147,149 desde la 151, hasta la 201,203, desde la 205, hasta la 228, desde la 230, hasta la 277, desde la 279, hasta la 284, 286, desde la 288, hasta la 292,294,295,296,297,298,299,300,301,304,305,306,307,308, 309,310,311,316,desde la 318, hasta la 330,332,337, desde la 340, hasta la 352,354,355,356,357,358,359,360,363 y 364.
Año 1984: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 12, desde la 13, hasta la 21, desde la 23, hasta la 33, desde la 35, hasta la 47,49,58,59,60,61, 62,63,76,77,78,79,89,90,92,desde la 95, hasta la 115,117, desde la 120 hasta la 134, desde la 138 hasta la 157, desde la 159 hasta la 173, desde la 182, hasta la 203,205, 206,207,208,209, desde la 215, hasta la 223,226,227, 228,230, desde la 232, hasta la 243, 246, desde la 255,256,257 hasta la 259,263,264,265,279,284,285,286,287, 280,281,282,283 desde la 290 hasta la 302,304,305,306,307, 308, desde la 309, hasta la 320, desde la 327, hasta la 345,347,348,349,350,351,352,354,355 357,358.
Año 1985: Resoluciones.
2,3,4,5,6 desde la 8, hasta la 21, desde la 31, hasta la 56, desde la 57, hasta la 65,67, desde la 73, hasta la 84,85 desde
la 86, hasta la 106,109,110,111,112, desde la 115, hasta la 132, desde la 134, hasta la 149,151,152 desde la 157, hasta la 172, 174,175,176,177,178,179,181,182,183,184, desde la 188, hasta la 208,209,210,211,212,213,214,215,216,217, 219,220,221,222,224,225,226,227 desde la 228, hasta la 263,264,265,266,267,268,269,271,274,275,276 y 277.
Año 1986: Resoluciones.
2,3, desde la 18, hasta la 33, desde la 35, hasta la 57,59,60,61,62,64,65, desde la 68,hasta la 82,84,85,86, 87,desde la 90, hasta la 106,108,109 desde la 115, hasta la 123, desde la 125, hasta la 146,148,150,151,152,153, 154,155,156,157,158,159, desde la 163, hasta la 175,desde la 177, hasta la 190, desde la 194, hasta la 216, desde la 218, hasta la 226, desde la 228, hasta la 240, desde la 242, hasta la 258,259,260,261,262,263,267,269,270,271,272,274, 277, 278,280,286,289,292,desde la 296 hasta la 304, desde la 307 hasta la 348, desde la 350,hasta la 363, Desde la 365 hasta la 416,420,421,422,423,424,425,426,427,428,430,431,432,436 ,438, Desde la 439 hasta la 444, desde la 446 hasta la 452,454,456, desde la 458, hasta la 463 desde la 467, hasta la 485, desde la 487, hasta la 498,500,501,502,505 y 506.
Año 1987: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 16,18,19,20, desde la 22, hasta la 29,31,32,33,34,desde la 36, hasta la 47,50,52, desde la 54,hasta la 62, desde la 64, hasta la 80,82,83,84,85, desde la 86, hasta la 92, 94, desde la 96, hasta la 104,107, 108,109,110,111, desde la 114, hasta la 128,130, desde la 133, hasta la 159,163,164,165,167,169,171,172, desde la 176, hasta la 221, desde la 224, hasta la 240, desde la 241, hasta la 264, desde la 279, hasta la 311,314,316,317, 318,319,320,322,323,324, desde la 326, hasta la 337 y 340.
Año 1988: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 23, desde la 26, hasta la 31, desde la 33, hasta la 46,48,49, Desde la 52, hasta la 66, desde la 69 hasta la 95,97,98,99,100,101,102,103,104,105,106,108,109,110, 112,113,114,115,116, desde la 118, hasta la 140,142, 144,145-A,147,148,149,151,152,153,154,155,156,158 desde la 159, hasta la 169, desde la 171, hasta la 179,180,181,182,183,184,185,186 desde la 189, hasta la 200, desde la 206, hasta la 220,222,223,225,226,228, 229,230,231, desde la 233, hasta la 240, desde la 245, hasta la 254,257,258,259,260,261,262,263,264,265 y 267.
Año 1989: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 8,11,12,13,14,16,17, desde la 19, hasta la 27,29,30,31, desde la 42, hasta la 89,91,92,94,95,96,97, 98,99, desde la 100 hasta la 140,142,143,144, desde la 146, hasta la 167, desde la 169 hasta la 178,180,181,182 desde la 183 hasta la 215,216,218,219, desde la 220 hasta la 228, desde la 229 hasta la 235, desde la 238, hasta la 251.
Año 1990: Resoluciones.
Desde la 1 hasta la 13,16,17,18,19,20,21,22, desde la 23 hasta la 59,60,61,62,63,64,65,75 desde la 77 hasta la 90,92,93,94,95, desde la 97 hasta la 117, desde la 119 hasta la 126, desde la 129 hasta la 133,134, desde la 138 hasta la 172, 174, desde la 176 hasta la 194,197,198,199,202 y 203.
Año 1991: Resoluciones.
Desde la 2, hasta la 14, desde la 16, hasta la 24, desde la 26, hasta la 33,35,36,37,39, desde la 44, hasta la 51, desde la 57 hasta la 69, desde la 72, hasta la 78,80,81,82,83,84,86, 87,88,89,93, desde la 95, hasta la 113,118,119,120, desde la 122, hasta la 128, desde la 130, hasta la 138 y la 144.
Año 1992: Resoluciones.
1, desde la 3, hasta la 13,15,16, desde la 18, hasta la 26,28,29,32,33,34,35,37, desde la 39, hasta la 49, desde la 52, hasta la 64, desde la 66, hasta la 74,78, 81,82,83,84, 85,desde la 89, hasta la 99, desde la 101, hasta la 109 y la 114,129,139,143.
Año 1993: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 5,6, desde la 7, hasta la 12, desde la 14, hasta la 53, desde la 55, hasta la 61, desde la 66, hasta la 71, desde la 73, hasta la 77 y la 79.
Año 1994: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 9,10,11, desde la 13, hasta la 18, 20,21,22, desde la 24, hasta la 31, desde la 34, hasta la 40, desde la 42, hasta la 63, desde la 65, hasta la 69, desde la 72, hasta la 94, desde la 96, hasta la 100,102,103, desde la 105, hasta la 112 y la 114.
Año 1995: Resoluciones.
Desde la 1, hasta la 15, desde la 17, hasta la 51, desde la 54, hasta la 61, desde la 63, hasta la 71, desde la 73, hasta la 83,85,86,87,89,90,93,94,95,99, desde la 101, hasta la 109, desde la 119, hasta la 122,125,126, desde la 127, hasta la 133,135,137, desde la 138, hasta la 45,150,151,154,155, 156,157,161,162,163,164,165,167,170,171,172 y 173.
Año 1996: Resoluciones.
4,5,7,26,38,39,40,60,62,63,65,67,68,69,70,71,80,81,84,87, 90,93,94,103,104,107,127,129,139,145,146,148,163,164, 165,176,177,178,179,181,191,193,199,207,212,214,219, 221,222,252,274,279,280,287,293,299,303,306,307.
Año 1997: Resoluciones.
2,4,8,9,10,12,13,16,17,18,30,34,35,37,39,43,44,45,46,50,51, 52,59,62,64,65,67,69,71,91,103,105,108,109,110,117,118, 119,121,132,135,137,144,145,146,150,152,156,159,160, 161,165,176,178,185,209,210,211,217,219,220,221,222, 223,229,230,232,235,236,242,247,248,254,255,256,259, 261,262,266,274,277,278,280,300,304,307,308,309.
Año 1998: Resoluciones.
27,33,34,35,42,50,51,54,59,63,65,74,78,88,89,99,102,103, 105,107,111,113,115,116,117,120,121,134,135,142,143, 144,145,147,159,164,165,167,168,169,170,177,191 y 201.
Año 1999: Resoluciones.
7,9,11,14,19,20,23,31,64,71,77,78,88,96,101,104,105,116, 143,144,154,157,160,168,170,171,178,179,180,182 y 186.
Año 2000: Resoluciones.
4,15,16,17,25,72,77,78,83,84,86,110,111,115,119,138,145,1 66,173,185,196,197 y 198.
Año 2001: Resoluciones.
4,5,24,26,38,40, 41,44,47,48,53,70,96, desde la 126, hasta la 128,140,142,143, desde la 146, hasta la 150,152,153,169, desde la 172, hasta la 177,189,191, desde la 198, hasta la 201,207,225,237,248,250, y 267.
Año 2002: Resoluciones.
14,23,34,44,99,117,125,131,133,134,149,164,167,175,191, 211,221 y 243.
Año 2003: Resoluciones.
9,47,49,60,61,91,100,113,115,122,126,127,133,154,172, 182,190,195,210,252 y 253.
Año 2004: Resoluciones.
3,15 y 98.
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SEGUNDO: Esta Resolución entrará en vigor y en consecuencia surtirá todos sus efectos legales a partir de su Publicación en la Gaceta Oficial de la República.
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TERCERO: Notifíquese esta Resolución a todas las entidades del sistema de la Industria Ligera, así como a cuantas personas naturales y/o jurídicas proceda. Comuníquese al Comité Ejecutivo del Consejo de Ministros, Archívese el original en el Protocolo de Disposiciones Jurídicas de este Ministerio.
Dada en Ciudad de La Habana, Ministerio de la Industria Ligera, a los 19 días del mes de noviembre del 2004.
Estela M. Domínguez Ariosa
Ministra de la Industria Ligera
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