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Unos 80 mil cuentapropistas en Cuba obligados a gestionar sus finanzas a través de cuentas fiscales

Con vistas a facilitar el proceso se han introducido algunas modificaciones, entre ellas destaca la reducción en el número de documentos necesarios para abrir una cuenta fiscal.


Este artículo es de hace 5 años

Como parte de las nuevas disposiciones aprobadas para el sector no estatal en Cuba, desde el pasado 7 de diciembre es de carácter obligatorio la apertura y operatoria de una Cuenta Bancaria Fiscal para unos 80 mil trabajadores por cuenta propia que ejercen en seis de las 123 actividades aprobadas.

Este reportaje del Sistema Informativo de la televisión cubana aclara algunas dudas en relación con la operación de finanzas a través de cuentas fiscales.

Con vistas a facilitar el proceso se han introducido algunas modificaciones, entre ellas la reducción en el número de documentos necesarios para abrir una cuenta.

El cuentapropista debe ir a una sucursal del Banco de Crédito y Comercio, Banco Popular de Ahorro o Banco Metropolitano -radicada en el municipio donde está inscrito en la ONAT- con original y fotocopia del carnet de identidad, documento oficial que lo autorice para ejercer la actividad por cuenta propia y el carnet de contribuyente en el que consta el Número de Identificación Tributaria (NIT).

En el caso de los transportistas deben llevar, además, un aval que certifique que están en el proceso de registro de su licencia.

Otro cambio importante es que se ha ampliado la cuota que el trabajador puede manejar en efectivo para sus gastos corrientes, que ahora ha quedado fijada en el 35 % de los ingresos que perciba cada mes.

Otra característica es que las cuentas deben ser abiertas de forma personal, aunque para trámites posteriores se puede hacer uso de un poder notarial.

En caso de fallecimiento del titular, el capital pasa a los herederos del titular de la cuenta. Si bien la cuenta no admite beneficiario, sí admite traspaso de derechos.

La actividades que están obligadas a operar sus finanzas a través de una cuenta bancaria fiscal son las siguientes:

-Servicio Gastronómico en Restaurantes.

-Servicio Gastronómico en Cafeterías.

-Servicio de Bar y Recreación.

-Arrendamiento de viviendas, habitaciones y espacios.

-Servicio de construcción, reparación y mantenimiento de inmuebles.

-Transporte de pasajeros, con medios automotor, de 4 hasta 14 pasajeros, en la provincia de La Habana, que se conoce está inmersa en la puesta en práctica de un experimento para el ordenamiento de esta actividad.

Los instrumentos de pago que podrán utilizarse en la operatoria de la cuenta bancaria fiscal serán dinero en efectivo, transferencia bancaria, tarjeta de débito y otros que el banco establezca.

La cuenta bancaria fiscal puede operar tanto con chequera como con tarjeta de magnética. La tarjeta magnética tiene como beneficio adicional que se puede utilizar en los cajeros automáticos y en las terminales de los puntos de ventas de comercios o bancos. Además, la tarjeta magnética permite acceder a otros servicios como la Banca Telefónica y la Banca Móvil.

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