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Gobierno de Cuba ratifica medidas para sus trabajadores en la etapa pos-COVID-19

La ministra de Trabajo y Seguridad Social en Cuba indicó que esta es una etapa diferente y no es dictada por las administraciones, sino que tiene un carácter general en el país.

Trabajadores en el Puerto de Santiago de Cuba © Betty Beatón Ruiz / Trabajadores.cu
Trabajadores en el Puerto de Santiago de Cuba Foto © Betty Beatón Ruiz / Trabajadores.cu

Este artículo es de hace 3 años

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social cubano (MTSS) dio a conocer nuevas medidas que se mantendrán durante las próximas tres fases de desescalada pos-COVID-19, para los trabajadores estatales y para el sector por cuenta propia.

La información fue compartida este lunes, en el programa televisivo Mesa Redonda, por Marta Elena Feitó Cabrera, ministra de Trabajo y Seguridad Social.

En primer lugar, la ministra señaló que esta “es una etapa diferente y no es dictada por las administraciones, sino que tiene un carácter general en el país”.

En cuanto se decrete la primera fase, todos los trabajadores que por una causa u otra no estaban laborando, podrán regresar a sus puestos.

Entre las medidas a poner en marcha se mantendrá durante las tres fases el pago por resultados en el sector empresarial. En caso de no ser posible se pagará el salario básico.

La ministra explicó que en esta etapa transcurrida hay lugares donde se han realizado mal los pagos y han afectado a los trabajadores. Señaló que existe una diferencia marcada entre el salario básico y el escala, pues este último sólo tiene en cuenta los grupos de complejidad.

Explicó, además, que se mantiene suprimida la condición referida al cumplimiento de las utilidades en las entidades que aplican sistemas de estimulación en pesos convertibles, vinculados al cumplimiento y sobrecumplimiento de indicadores productivos y de eficiencia.

Feitó Cabrera recordó que los trabajadores del sistema empresarial que laboran en entidades utilizadas como centros de aislamiento para la vigilancia epidemiológica, reciben el salario promedio calculado, según lo previsto en la legislación laboral vigente.

En cambio, los empleados impedidos de asistir al trabajo por disposición de la autoridad sanitaria estatal, ya que se encuentran en aislamiento preventivo, con ingreso domiciliario y restricción de movimiento durante 14 días, se mantienen en este estatus y reciben el 100% del salario básico durante ese período.

También se mantiene la decisión de prorrogar la licencia no retribuida a las madres que se encuentran en el disfrute de licencias complementarias. Esta medida va dirigida a proteger el trabajo a mujeres que les resulte imposible incorporarse porque no tienen quien cuide de su hijo y se aplace el otorgamiento del círculo infantil.

Los trabajadores que se encuentren en el exterior por asuntos personales y se le venza el período de licencia no retribuida autorizada, por las restricciones de viaje dispuestas, pueden extender su período de licencia sin sueldo con una solicitud previa del trabajador.

Además, continuará el pago de estimulación de 250 pesos mensuales, mientras se mantenga el enfrentamiento a la pandemia, a los asistentes integrales de servicio de salud y los operarios de equipos de lavandería de los 31 hospitales que atienden pacientes de esta enfermedad.

Con respecto a la asistencia social, la ministra aseguró que durante las tres fases se dispuso mantener descentralizada la aprobación de las prestaciones monetarias temporales excepcionales para la protección a los núcleos familiares donde se comprueben insuficiencias de ingresos.

Trabajo a Distancia en Cuba

En la primera fase se fomentará el trabajo a distancia en todas las actividades que se justifiquen y cuyas condiciones lo permitan.

En la segunda y tercera fases el país pretende perfeccionar la implementación y control del trabajo a distancia, a partir de definir los cargos que por su naturaleza y funciones pueden utilizarlo; medidas para el manejo de la información clasificada y ciberseguridad, y el sistema de control para medir los resultados.

La ministra hizo mención a las ventajas del trabajo a distancia tales como el ahorro de recursos y el aumento de la productividad. Sin embargo. no prevén un aumento salarial que le permita al trabajador cubrir los nuevos gastos que tendrán laborando en casa.

Interrupción laboral en Cuba

En los casos de interrupción laboral (primera y segunda fases) el Gobierno cubano promueve el cambio de labor hacia otras actividades, incluidas las que se determinen por necesidad del territorio, como la producción de alimentos.

Para los trabajadores reubicados en otros puestos dentro o fuera de su entidad, se debe garantizar que devenga el salario del nuevo cargo de acuerdo con la forma y sistema de pago aplicados, sin que pierda el vínculo laboral con su entidad de origen.

Si el trabajador no acepta la reubicación laboral (de manera injustificada), podrá mantener el vínculo con la entidad, pero no se le abona garantía salarial alguna durante el período que dure la interrupción.

En interrupción laboral (tercera fase) se mantiene la medida para los trabajadores reubicados; pero se elimina el derecho de mantener el vínculo laboral cuando este no acepta, de manera injustificada, la reubicación laboral.

En cuanto a la garantía salarial (primera y segunda fases) se mantiene que, ante la paralización eventual de la labor, mientras no sea posible reubicar al trabajador, este recibirá una garantía salarial del 60% mientras dure la paralización.

Existe en Cuba también la figura de madre, padre o tutor que tengan la condición de trabajadores y están encargados del cuidado del menor. Al mantenerse suspendida la escuela en la educación primaria y especial, reciben una garantía salarial equivalente al 60% del salario básico, que se eliminará cuando se reinicien las actividades docentes.

En referencia a la garantía salarial en la tercera fase, la ministra indicó que cuando no resulte posible reubicar al trabajador, se retoma lo establecido en el Decreto 326, que establece que pasado un mes no procede pago alguno.

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