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Aduana de Cuba podrá exigir a turistas garantía de 5000 pesos por efectos personales

Así lo establece el Decreto Ley-22/2020 “Arancel de aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial”.

Extranjeros en el Aeropuerto de La Habana (imagen de referencia) © CiberCuba
Extranjeros en el Aeropuerto de La Habana (imagen de referencia) Foto © CiberCuba

Este artículo es de hace 3 años

La Aduana de Cuba podría pedir a los ciudadanos extranjeros que ingresen al país en condición de turistas una garantía de hasta 5000 pesos cubanos ($208 dólares) por sus efectos personales de alto valor, cantidad que le sería devuelta tras su salida del territorio.

La disposición aparece en el Decreto Ley-22/2020 “Arancel de aduanas de la República de Cuba para las importaciones sin carácter comercial”, publicado en la edición extraordinaria de la Gaceta Oficial de Cuba, este 10 de diciembre.

Gaceta Oficial No. 68 Extraordinaria del 10 de diciembre de 2020

El documento expresa que los pasajeros comprendidos en la clasificación aduanera como turistas solo pueden importar sus efectos personales, definidos en el artículo 2 de la Convención sobre Facilidades Aduaneras para el Turismo.

“La Aduana puede exigir una garantía de hasta cinco mil pesos cubanos por la importación temporal de los efectos personales que traigan los turistas, que a su juicio sean de alto valor; esta cantidad será reembolsada en el momento de la reexportación o de no reexportarse, se ingresa en el Presupuesto del Estado”, señala la nueva regulación.

Además, el artículo 13 del Decreto-Ley señala que “en el caso de los productos pertenecientes a pasajeros, el valor de los productos comprendidos en el equipaje, no puede exceder de mil dólares estadounidenses (USD)”. De modo que la Aduana podría retener también artículos como laptops y teléfonos móviles.

Es decir, que bajo estas normativas los extranjeros que viajen a Cuba podrían tener que pagar los 5000 pesos por artículos como laptops y teléfonos celulares, que exceden el costo referido. Si los dejaran en el territorio cubano, o sea, si no salieran del país con ellos en su poder, perderían el dinero depositado en la Aduana, que pasaría al Estado.

Según el artículo 2 de la Convención sobre Facilidades Aduaneras para el Turismo, la expresión "efectos personales" designa la ropa y demás artículos nuevos o usados que un turista puede razonablemente necesitar para su uso personal, habida cuenta de todas las circunstancias de su viaje, con exclusión de mercadería importada con fines comerciales.

La Aduana de Cuba considera también artículos personales aquellos que se estimen en uso como cámaras fotográficas y casas de campaña, entre otros. No obstante, el Decreto Ley-22/2020 aclara que el Ministro de Finanzas y Precios puede establecer excepciones.

El gobierno cubano también anunció la modificación de los aranceles a las importaciones y envíos sin carácter comercial a las Isla a partir del 1 de enero, cuando comience el proceso de unificación monetaria en el país.

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Maykel González

Periodista de Cibercuba. Graduado de Periodismo por la Universidad de La Habana (2012). Cofundador de la revista independiente El Estornudo.


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