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Abogado cubano califica de "corrupta" la actuación del Fiscal General en denuncia contra Díaz-Canel

El gobernante cubano violó los protocolos sanitarios el 29 de noviembre durante la Tángana del Parque Trillo.

El jurista Julio Alfredo Ferrer calificó de corrupta la decisión de la Fiscalía General © Cibercuba
El jurista Julio Alfredo Ferrer calificó de corrupta la decisión de la Fiscalía General Foto © Cibercuba

Este artículo es de hace 3 años

El abogado cubano Julio Alfredo Ferrer Tamayo calificó de “corrupta” la actitud del Fiscal General de la República, José Luis Reyes Blanco, de exonerar del delito de propagación de epidemias al gobernante cubano Miguel Díaz Canel.

En el escrito, publicado en la página de Facebook de la ONG de servicios legales Cubalex, el jurista hace referencia a la demanda que presentó el pasado 8 de diciembre ante la Fiscalía General cubana, por las irregularidades sanitarias en el acto la “Tángana del Trillo”, del 29 de noviembre.

“Si Díaz-Canel está libre de delito, la #FGR debe solicitar la revisión judicial de los sancionados por #propagacióndeepidemias”, enuncia el texto donde además se analiza la actitud del fiscal general, quien aludió en su respuesta que la actitud del gobernante “no constituía una infracción administrativa o contravencional ni tipificaba el delito de propagación de epidemias, porque no se produjo el contagio o transmisión”.

Igualmente calificó este suceso como un “desacierto” pues no era más que “un intento por garantizar impunidad a funcionarios públicos en detrimento del derecho a la igualdad y no discriminación de los ciudadanos cubanos”.

Tamayo comparó este caso con el de Keililly de la Mora, natural de Cienfuegos, quien el 27 de mayo de 2020 fue condenada a un año y seis meses de privación de libertad por varias causas, incluido el delito de propagación de epidemias.

Ahí reconoce que la ciudadana verdaderamente había incumplido con la ley, en lo referente al “uso correcto del nasobuco de manera permanente para salir a la calle…” y que lo mismo había hecho Díaz-Canel en la actividad de marras, pues usó el nasobuco “como un babero” y no se observaron en lo absoluto las reglas de distanciamiento social requeridas.

De esta manera, y en conformidad con la Constitución de la República, si todos los ciudadanos son “iguales ante la ley”, la Fiscalía debía aplicar el mismo tratamiento que se le dio al gobernante cubano en otros casos del mismo tipo, como el ya mencionado de de la Mora.

“Este tema es de vital importancia para los cubanos, en especial para los que fueron encarcelados por el mismo delito por el cual se exculpa al Presidente de la República. Aprovecho para convocar a todos los juristas de dentro y fuera de la Isla a ofrecer sus consideraciones sobre la actuación corrupta de la Fiscalía”, finaliza diciendo el escrito.

El día 29 de noviembre, durante la Tángana del Parque Trillo, además de violarse los protocolos sanitarios para tiempos de COVID-19 por parte de los asistentes, el gobernante cubano incurrió en la violación del distanciamiento social y uso correcto del nasobuco.

Curiosamente, tres días antes había sido desalojada la sede el Movimiento San Isidro en la calle Damas #955, y una de las excusas usadas por las autoridades fue la violación de los protocolos de salud vigentes para el enfrentamiento al COVID-19.

Mientras tanto, y al amparo de ese delito, las autoridades cubanas han impuesto multas de descabelladas cifras a los ciudadanos, por bajarse el nasobuco para fumar, escupir, comer, tomar agua o simplemente por llevarlo mal puesto.

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