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Gobierno cubano publica Decreto Ley 36 para reincorporación de los jubilados al trabajo

El propósito de la norma sería el de flexibilizar el procedimiento para la reincorporación de aquellos jubilados que todavía mantienen sus capacidades para el trabajo que desempeñaban

Carpintero experimentado enseña a jóvenes el oficio © Trabajadores / Joaquín Hernández Mena
Carpintero experimentado enseña a jóvenes el oficio Foto © Trabajadores / Joaquín Hernández Mena

Este artículo es de hace 2 años

La Gaceta Oficial de la República de Cuba publicó el Decreto Ley 36 modificativo de la Ley 105 de Seguridad Social, con el que pretende incentivar la permanencia y la reincorporación de los pensionados por edad a sus antiguos centros de trabajo.

La norma, que entrará en vigor a partir del próximo 6 de junio, forma parte del conjunto de medidas aprobadas para el fortalecimiento y la transformación de la empresa estatal socialista.

Entre los apartados de la Ley 105 de Seguridad Social que modifica el Decreto Ley 36 están los que establecen un límite máximo para el cálculo de las pensiones previsto en la citada Ley.

“Artículo 18.2- Se exceptúan de la aplicación del límite establecido en el apartado anterior, a los efectos del incremento de la pensión por edad, los pensionados reincorporados al trabajo, con 45 o más años de servicios, que laboren como mínimo 5 años, consecutivos o no”.

El propósito de la norma sería el de flexibilizar el procedimiento para la reincorporación de aquellos jubilados que todavía mantienen sus capacidades para el trabajo que desempeñaban. Asimismo, el gobierno cubano considera que la norma favorece la transmisión de conocimientos entre trabajadores veteranos y los nuevos que se incorporan.

La Directora del Instituto Nacional de Seguridad Social (INAS), Virginia Marlén García Reyes, explicó que la nueva norma jurídica va dirigida hacia los jubilados por edad, no así para aquellos que obtuvieron esa condición por invalidez total o permanente, según publica el portal oficialista Cubasí.

Para quienes hayan sido jubilados por motivos médicos y pretendan reincorporarse, deberán pasar nuevamente por peritaje médico, siendo la comisión evaluadora la facultada para aprobar o no a las personas interesadas.

Entre las novedades que trae la norma, está el cálculo de pensión o jubilación por edad, al que antiguamente se le fijaba un límite de hasta el 90% del salario promedio devengado. Con la entrada en vigor del Decreto Ley 36 se podrá alcanzar el 100% si el trabajador acumula 45 años de actividad laboral y se mantiene por otros 5 años en su puesto de trabajo.

De igual forma, el Decreto Ley regula la posibilidad de cobrar la pensión y el salario completo de la plaza, siempre que responda al interés de la entidad. Con su entrada en vigor, será la propia empresa, previa consulta al Consejo de Dirección quien decidirá en relación con las contrataciones, a diferencia de antes, que decidían los Consejos de la Administración Municipales (CAM).

Antes de su entrada en vigor, las normas de contratación de jubilados obligaban a que este fuera destinado a una plaza distinta a la que ocupaba al momento de presentar el trámite. Con la modificación que entrará en vigor, el pensionado por edad podrá ocupar la misma plaza que ocupaba antes de su jubilación.

El Artículo 32 (modificado) establece que “los jefes de los órganos, organismos de la Administración Central del Estado, entidades nacionales, empresas, sociedades mercantiles y órganos locales del Poder Popular, pueden autorizar la reincorporación de un pensionado al mismo cargo que desempeñaba al momento de obtener su pensión y devengar la pensión y el salario, siempre que responda al interés de la entidad y previa consulta al Consejo de Dirección”.

“Ha existido insuficiente capacidad de reacción en la implementación de las medidas aprobadas para perfeccionar la gestión de la empresa estatal socialista. Siempre se cuestionan las trabas que frenan esa gestión, pero hoy se aprecia más agilidad en la presentación de medidas que facilitan, que en su aplicación”, apreciaba el gobernante Miguel Díaz-Canel a finales de 2019.

Con la entrada en vigor del Decreto Ley 36 y otras normas, el Gobierno cubano espera “destrabar procesos” y dotar a las entidades del sistema empresarial socialista de herramientas capaces de alinearlas “con la estrategia del país para continuar desarrollando su economía”.

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