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Seguridad del Estado a abogado de Cubalex: “En Cuba las autoridades violan la ley y seguirá siendo así”

“Lo segundo que me dijeron es que la demanda es válida y está amparada en la ley, pero que en Cuba las autoridades violaban la ley y que eso seguiría siendo así mientras exista la Revolución”, relató Ferrer Tamayo.

El presidente de la ANPP, Esteban Lazo, y el abogado Julio Alfredo Ferrer Tamayo © Captura de video YouTube / Canal Caribe - Facebook / Julio Alfredo Ferrer Tamayo
El presidente de la ANPP, Esteban Lazo, y el abogado Julio Alfredo Ferrer Tamayo Foto © Captura de video YouTube / Canal Caribe - Facebook / Julio Alfredo Ferrer Tamayo

El abogado Julio Alfredo Ferrer Tamayo, integrante del equipo de la organización no gubernamental Cubalex, fue detenido este viernes 22 de septiembre en la vía pública y sometido a “entrevista” por parte de la Seguridad del Estado del régimen cubano.

Dos días antes del arresto, Ferrer Tamayo interpuso una demanda contra la Asamblea Nacional del Poder Popular (ANPP) ante la Sala de Amparo de los Derechos Constitucionales del Tribunal Supremo, reclamando al parlamento la aprobación de una Ley que garantice el libre ejercicio del derecho a la manifestación y reunión que recoge la propia Constitución cubana.

El proceso, incoado por vías legales contempladas en las propias normas del régimen, causó malestar entre las autoridades y conllevó a la detención arbitraria del abogado de Cubalex, que fue conducido a la estación policial de Infanta y Manglar, conocida como la Cuarta Unidad, en el patrullero 114 (número de jefe de carro 03510).

Acorde al relato de los hechos presentado por la ONG, en dicha unidad policial lo estaban esperando dos agentes de la Seguridad del Estado que amenazaron a Ferrer Tamayo para que dejara a un lado sus acciones legales contra la ANPP.

“Me informaron de dos cosas: sugerirme que dejara esas acciones que, aunque eran amparadas legalmente, mejor me concentrara en cuestiones personales y dejara esas acciones legales contra las autoridades. En este punto les respondí que eso también era algo personal porque como ciudadano de este país tengo derecho a hacer cualquier acción legal en beneficio de los cubanos”, explicó el jurista.

Ferrer Tamayo, un abogado con un perfil poco habitual en el gremio cubano, dedicado a la defensa de activistas por la democracia y los derechos humanos, es conocido por su compromiso con los casos que defiende.

Abogado de activistas como Tania Bruguera o Maykel Osorbo, Ferrer Tamayo presentó a finales de noviembre de 2020 una denuncia contra el gobernante Miguel Díaz-Canel por el delito de "propagación de epidemias", al convocar y presentarse en el parque Trillo de La Habana para oficiar una tangana de reafirmación revolucionaria, en pleno confinamiento por la pandemia de COVID-19.

En octubre de 2022, el abogado de Cubalex pidió a la Televisión Cubana que pusiera fin a los reportajes del presentador Humberto López, en los que este se arroga funciones de jurista e intérprete de la ley para amenazar a los activistas cubanos y amedrentar a la población.

Este viernes, en un ataque de rabiosa sinceridad propio de los represores del régimen, agentes de la Seguridad del Estado explicaron a Ferrer Tamayo que, a pesar de la validez legal de su demanda contra la ANPP, esta no iba a prosperar.

“Lo segundo que me dijeron es que la demanda es válida y está amparada en la ley, pero que en Cuba las autoridades violaban la ley y que eso seguiría siendo así mientras exista la Revolución”, relató el jurista de Cubalex.

Tras media hora de “entrevista”, Ferrer Tamayo fue liberado.

La demanda interpuesta el pasado miércoles por el abogado de Cubalex contra la ANPP en la figura de su presidente Juan Esteban Lazo Hernández, solicita que se presente un proyecto de Ley para permitir la realización de manifestaciones y reuniones con fines lícitos y pacíficos.

En el sitio web de la ONG se puede leer el contenido íntegro de la demanda de Ferrer Tamayo que, entre otras cosas, solicita “la Aprobación de una Ley que, desarrolle y haga efectivo lo previsto en el artículo 56 de la Constitución de la República de Cuba, presentando consecuentemente el pertinente Proyecto de dicha Ley, que regule el proceso para la autorización y la realización de las manifestaciones y reuniones con fines lícitos y pacíficos; [así como] la creación por el Estado cubano, de las condiciones requeridas para el pleno ejercicio de ese derecho constitucional por los ciudadanos”.

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