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En medio de una crisis económica prolongada, el Gobierno cubano decidió extender de manera indefinida la exención del pago del Impuesto Aduanero para la importación de materias primas dedicadas a procesos productivos, una medida que beneficia tanto a empresas estatales como privadas.
La decisión quedó formalizada en la Resolución 21/2026 del Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), firmada el 3 de febrero y publicada el 17 de febrero en la Gaceta Oficial No. 20.
La norma establece:
“Prorrogar la exención del pago del Impuesto Aduanero, otorgada mediante la Resolución 329, dictada por quien resuelve, de 11 de noviembre de 2024, hasta que las condiciones económicas lo demanden”.
La disposición tendrá efecto retroactivo desde inicios de año, pues la propia Gaceta precisa: “La presente Resolución se aplica a las operaciones realizadas a partir del 1ro. de enero de 2026”.
Más de 230 subpartidas arancelarias beneficiadas
Según informó la Agencia Cubana de Noticias (ACN), la exención abarca “más de 230 subpartidas arancelarias” relacionadas principalmente con el sector agropecuario: piensos, fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios, semillas, implementos e insumos agrícolas.
El Ministerio de Finanzas y Precios detalló que en 2025 se beneficiaron de esta política fiscal 110 entidades.
Entre los productos más importados bajo esta exención estuvieron el azúcar, el pienso animal, la harina de trigo, las grasas comestibles y los frijoles. Algunos de estos artículos figuran entre “los más comercializados por las Formas de Gestión No Estatal”, según reconoció la agencia oficialista.
La medida se aplica a “todos los actores económicos, estatales y no estatales”, lo que incluye empresas estatales, mipymes privadas, cooperativas y trabajadores por cuenta propia que cumplan los requisitos establecidos para importar materias primas o insumos productivos.
Reducción de costos en un contexto de crisis
De acuerdo con el MFP, la prórroga busca reducir los costos de importación y, por extensión, los costos de producción de bienes nacionales, incluidos aquellos que se generan en asociaciones entre entidades estatales y el sector no estatal.
El Ministerio sostiene que esto “puede contribuir a la contención de los precios de las producciones del país”.
Además, se ratifica que el beneficio “se otorga de oficio”, lo que -según la versión oficial- agiliza los procesos de importación al no requerir trámites adicionales para solicitar la exención.
Una exención sin fecha de vencimiento
La medida original, contenida en la Resolución 329 del 11 de noviembre de 2024, eximía del pago del arancel aduanero hasta el 31 de diciembre de 2025 a quienes importaran insumos para la producción.
Con la nueva resolución, el beneficio se mantiene sin establecer una fecha límite concreta, quedando condicionado a la evolución de la situación económica.
En los fundamentos jurídicos publicados en la Gaceta, el Ministerio recuerda que la Ley 113 “Del Sistema Tributario”, de 23 de julio de 2012, en su Artículo 284, establece que: “El Impuesto Aduanero se cobra a través de aranceles de aduanas”.
No obstante, la propia legislación faculta al ministro del ramo a flexibilizar estas cargas. Según la Resolución 21/2026:
“La Disposición Final Segunda, incisos a) y f), faculta al ministro de Finanzas y Precios, cuando circunstancias económicas y sociales a su juicio así lo aconsejen, para conceder exenciones, bonificaciones totales, parciales, permanentes o temporales, así como condonar deudas tributarias determinadas administrativamente (…) y modificar las formas y procedimientos para el cálculo, pago y liquidación de los tributos”.
El texto oficial argumenta además que:
“Resulta necesario mantener hasta que las condiciones económicas lo demanden, el tratamiento descrito en el Por Cuanto anterior, lo que conlleva a prorrogar la referida Resolución 329 de 2024”.
Continuidad de una política de flexibilización arancelaria
Esta decisión se produce apenas un mes después de que las autoridades anunciaran una nueva prórroga de la exención de aranceles para la importación no comercial de alimentos, medicamentos, productos de aseo e insumos médicos, vigente desde 2021.
Ambas medidas reflejan la dependencia creciente de importaciones para sostener tanto el consumo básico como los procesos productivos internos, en un contexto marcado por escasez de divisas, caída de la producción nacional y dificultades estructurales de la economía cubana.
Aunque el Gobierno presenta la extensión indefinida de la exención como un mecanismo para estimular la producción y aliviar costos, la propia formulación oficial -“hasta que las condiciones económicas lo demanden”- deja abierta la interrogante sobre la duración real de la crisis que obliga a mantener este tipo de medidas excepcionales como política permanente.
Preguntas frecuentes sobre la exención arancelaria en Cuba para materias primas
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¿Qué significa la exención arancelaria para la importación de materias primas en Cuba?
La exención arancelaria permite importar materias primas sin pagar el Impuesto Aduanero, facilitando tanto a empresas estatales como privadas reducir costos en un contexto de crisis económica. Esta medida está formalizada por la Resolución 21/2026 y se aplica a operaciones desde el 1ro de enero de 2026.
¿Cuáles son las subpartidas arancelarias beneficiadas por la exención en Cuba?
La exención cubre más de 230 subpartidas arancelarias, principalmente del sector agropecuario, como piensos, fertilizantes, plaguicidas, medicamentos veterinarios, semillas e insumos agrícolas. Esto busca estimular la producción nacional y aliviar los costos productivos en un entorno económico desafiante.
¿Cómo afecta la prórroga indefinida de la exención a la economía cubana?
La prórroga indefinida de la exención arancelaria tiene como objetivo reducir los costos de importación y producción, lo que podría ayudar a contener los precios de los productos en Cuba. Sin embargo, la medida refleja la dependencia del país de las importaciones debido a la escasez de divisas y la caída de la producción nacional.
¿Quiénes pueden beneficiarse de la exención arancelaria en Cuba?
Tanto actores económicos estatales como no estatales pueden beneficiarse de la exención, incluyendo empresas estatales, mipymes privadas, cooperativas y trabajadores por cuenta propia, siempre que cumplan con los requisitos para importar materias primas o insumos productivos.
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