El Distrito Sureste de la Guardia Costera de Estados Unidos (USCG Southeast) recordó este viernes que todo buque registrado en el país que desee viajar a Cuba necesita un permiso previo obligatorio, bajo pena de sanciones penales y civiles que incluyen el decomiso de la nave.
El aviso, dirigido a propietarios y operadores de embarcaciones y publicado en las redes sociales de la institución, fue acompañado del Boletín de Seguridad Marítima MSIB 01-26, emitido el pasado martes desde la sede del Distrito Sureste en Miami.
La campaña, dirigida especialmente a navegantes recreativos del sur de Florida, utiliza el hashtag #DontTakeToTheSea y acumuló más de 14.000 visualizaciones en pocas horas.
El recordatorio de la Guardia Costera también se produce en medio de la creciente atención sobre iniciativas como la flotilla o convoy marítimo “Nuestra América”, promovido por activistas que buscan navegar hacia Cuba desde el sur de Florida con fines políticos y de presión internacional.
Este tipo de acciones, que han ganado visibilidad en redes sociales en las últimas semanas, refuerzan la preocupación de las autoridades estadounidenses sobre salidas no autorizadas y posibles incidentes en el Estrecho de Florida, una zona ya marcada por tensiones recientes y riesgos de seguridad.
Según el MSIB 01-26, toda embarcación de bandera estadounidense de menos de 100 metros (328 pies) de eslora tiene prohibido zarpar de aguas territoriales de EE.UU. con destino a Cuba sin un permiso escrito del Comandante del Distrito Sureste de la USCG, de conformidad con el Título 33 del Código de Regulaciones Federales, Parte 107.
El proceso exige presentar el formulario CG-3300 con información completa, y el tiempo mínimo de tramitación es de dos semanas. Las solicitudes deben enviarse por correo electrónico a D7Miami-CubanPermits@uscg.mil o por fax al (305) 415-6809.
Además del permiso de la USCG, los solicitantes deben adjuntar una licencia especial aprobada por la Oficina de Industria y Seguridad (BIS) del Departamento de Comercio —ya que navegar a Cuba se considera una exportación según regulación del 5 de junio de 2019— y una licencia de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro para transacciones relacionadas con viajes a la isla.
El boletín también establece obligaciones para el regreso: los propietarios y operadores deben realizar una inspección exhaustiva de la embarcación antes de partir de Cuba y reportar su llegada de inmediato a la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP). El incumplimiento puede acarrear sanciones penales y civiles, incluyendo el decomiso de la embarcación.
El aviso llega en un momento de máxima tensión entre Washington y La Habana. La administración Trump firmó el 29 de enero la Orden Ejecutiva 14380, que declara una emergencia nacional respecto a Cuba y autoriza aranceles a países que suministren petróleo a la isla.
Este mismo viernes, OFAC emitió una licencia que excluye a Cuba de operaciones con crudo ruso en tránsito, bloqueando nuevos suministros en medio de la peor crisis energética de la isla en décadas.
La crisis energética cubana registra déficits de hasta 2.040 megavatios, y el pasado lunes se produjo un apagón total del sistema eléctrico nacional cuyas causas el propio gobierno cubano admitió desconocer.
El contexto de seguridad en el Estrecho de Florida también se ha agravado. El 25 de febrero, una lancha rápida con matrícula de Florida fue interceptada en aguas cubanas con diez personas armadas a bordo, lo que resultó en cuatro muertos y 21 impactos de bala, elevando aún más la tensión en la zona.
La USCG ha emitido recordatorios similares en el pasado. En julio de 2021 ya advirtió que navegar a Cuba sin permiso puede penarse con hasta 10 años de prisión y multas de hasta 25.000 dólares por día, además del decomiso de la embarcación.
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