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El Decreto-Ley 103 «De Marcas y Nombres Comerciales», publicado por el régimen cubano en la Gaceta Oficial de la República, otorga mayores facultades al Estado para cancelar, anular o revisar registros de marcas y nombres comerciales,
Según la normativa, el Estado podrá cancelar, anular o revisar registros de marcas y nombres comerciales, y regulae con detalle las licencias, cesiones y transmisiones de estos derechos, al tiempo que tendrá la vigilancia sobre conflictos comerciales y el uso de signos distintivos.
El decreto fue probado por el Consejo de Estado el 14 de febrero de 2025 y deroga la normativa vigente desde hace más de 25 años en materia de propiedad industrial.
La norma centraliza todos los trámites en la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI): «La solicitud, la concesión y los demás actos o negocios jurídicos que involucren estos derechos, se inscriben en la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial», establece el Artículo 1.2.
También amplía la definición de marca para incluir palabras, letras, números, elementos figurativos, colores, formas de productos, envases, envolturas y sonidos. Subraya que quedan expresamente excluidas las marcas olfativas y gustativas.
El «nombre comercial» queda definido como «un signo o combinación de signos susceptible de representación, que identifique a las personas naturales y jurídicas en el ejercicio de su actividad económica».
Las personas sin domicilio o establecimiento real y efectivo en Cuba quedan obligadas a hacerse representar por un agente oficial de la propiedad industrial para cualquier trámite ante la OCPI.
El contexto de la nueva ley no es menor: desde 2021, Cuba legalizó las MIPYMES privadas en la isla, lo que multiplicó los actores económicos no estatales con necesidad de proteger sus marcas y nombres comerciales, una realidad que el marco de 1999 no contemplaba adecuadamente.
La norma también responde a los compromisos internacionales de Cuba como parte del Convenio de París, el Arreglo de Madrid, el Arreglo de Niza, el Acuerdo de Viena y el Acuerdo ADPIC sobre derechos de propiedad intelectual relacionados con el comercio.
Aunque la expansión del sector privado generó una demanda real de actualización normativa, el nuevo decreto refuerza simultáneamente el control estatal sobre el registro y la gestión de activos comerciales, al concentrar toda la autoridad en la OCPI y ampliar las causales de intervención administrativa sobre los derechos de propiedad industrial, en un país donde los cuentapropistas ya enfrentaban obligaciones de registro de marcas bajo el marco anterior.
La publicación fue firmada por Juan Esteban Lazo Hernández, presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, en su calidad de presidente del Consejo de Estado.
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