Patentar una invención en Cuba puede superar los 1,000 dólares

La Gaceta Oficial de Cuba publicó nuevas tarifas de la OCPI: patentar una invención puede superar los 1,000 dólares sumando solicitud, reivindicaciones y anualidades.



Cuba © CiberCuba
Cuba Foto © CiberCuba

Vídeos relacionados:

La Gaceta Oficial de Cuba publicó la Resolución 71/2026 del Ministerio de Ciencia, Tecnología y Medio Ambiente (CITMA), que actualiza las tarifas de la Oficina Cubana de la Propiedad Industrial (OCPI) y revela que proteger una invención en la isla puede costar más de 1,000 dólares cuando se suman todos los conceptos exigidos.

La norma, contenida en la Edición Ordinaria No. 50 de la Gaceta Oficial, reemplaza a la anterior Resolución 112/2021 del CITMA y establece el nuevo cuadro tarifario que deben asumir inventores, empresas y personas naturales para registrar sus creaciones ante la OCPI.

El costo de una patente de invención incluye un monto base por presentación de la solicitud más cargos adicionales según el número y tipo de reivindicaciones que el inventor desee proteger.

A eso se suman las anualidades de mantenimiento, que comienzan a cobrarse a partir del tercer año y aumentan de forma progresiva durante toda la vida del derecho.

Una patente de invención tiene una vigencia de 20 años en Cuba, mientras que un modelo de utilidad dura 10 años; en ambos casos, el titular debe pagar esas anualidades para mantener vigente su derecho.

Si no se abonan en el plazo establecido por el Decreto-Ley 290, la solicitud puede ser declarada abandonada o la patente puede caducar, con la consiguiente pérdida de la protección obtenida.

Los servicios especializados, como las búsquedas tecnológicas previas al registro, representan un costo adicional que eleva aún más el desembolso total para el innovador.

La OCPI contempla una reducción de tarifa si la solicitud se presenta también en formato digital, aunque esa bonificación no elimina la carga económica acumulada a lo largo de los años.

El marco normativo cubano de propiedad industrial abarca no solo patentes de invención, sino también modelos de utilidad, variedades vegetales y circuitos integrados, cada uno con sus propias tarifas y procedimientos ante la OCPI.

En un país que atraviesa una crisis económica aguda, con una fuerte devaluación del peso cubano y una dolarización parcial de la economía, estos costos en divisas representan una barrera especialmente alta para innovadores independientes, trabajadores por cuenta propia y las pequeñas y medianas empresas privadas que operan en la isla desde 2021.

Junto a la Resolución 71/2026, la misma Gaceta Oficial publicó el Decreto-Ley 103/2025 «De marcas y nombres comerciales» y su reglamento, el Decreto 151/2026, que derogan el Decreto-Ley 203 de 1999 —vigente durante más de 25 años— y modernizan el régimen de protección de marcas en Cuba.

El propio texto del Decreto-Ley 103/2025 reconoce que «los cambios que tienen lugar en la economía nacional como consecuencia de la actualización del modelo económico cubano y la aplicación de las nuevas tecnologías de la información y las comunicaciones» motivaron la derogación de la norma anterior, aunque la actualización tarifaria que acompaña a estas reformas pone en evidencia que innovar en Cuba tiene un precio que pocos pueden permitirse.

COMENTAR

Archivado en:

Redacción de CiberCuba

Equipo de periodistas comprometidos con informar sobre la actualidad cubana y temas de interés global. En CiberCuba trabajamos para ofrecer noticias veraces y análisis críticos.






¿Tienes algo que reportar?
Escribe a CiberCuba:

editores@cibercuba.com

+1 786 3965 689


Este artículo ha sido generado o editado con la ayuda de inteligencia artificial. Ha sido revisado por un editor antes de su publicación.



Redacción de CiberCuba

Equipo de periodistas comprometidos con informar sobre la actualidad cubana y temas de interés global. En CiberCuba trabajamos para ofrecer noticias veraces y análisis críticos.

Sigue leyendo

Sigue bajando para leer más noticias.

No hay más noticias que mostrar, visitar Portada