
Vídeos relacionados:
Una investigación del medio nicaragüense independiente Confidencial reveló que la administración de Donald Trump ha deportado a Nicaragua a 116 extranjeros de 16 nacionalidades entre enero de 2025 y junio de 2026, sin que exista ningún acuerdo formal que respalde esos traslados.
De las nacionalidades identificadas, los cubanos ocuparían el segundo lugar, con 19 personas deportadas a Nicaragua, solo superados por los hondureños (22).
Lo más llamativo es que el régimen de Daniel Ortega habría aceptado en secreto a estos ciudadanos extranjeros, a diferencia del resto de países centroamericanos, que sí tienen convenios públicos como «tercer país receptor de deportados».
Nicaragua nunca ha anunciado ni reconocido oficialmente estos ingresos.
¿Cómo se distribuyen los 116 deportados?
Además de 22 hondureños y 19 cubanos, el desglose incluiría a ecuatorianos (17), guatemaltecos (11), colombianos (11), peruanos (7), venezolanos (6), salvadoreños (6) y nigerianos (5), además de uno o dos ciudadanos de Bangladesh, Costa Rica, República Dominicana, India, Irán y México.
Para los cubanos, esta situación se suma a un panorama de deportaciones cada vez más complejo: Cuba se niega a recibir a muchos de sus nacionales, lo que ha llevado a Washington a enviarlos a terceros países.
En total, poco más de 42,000 cubanos tienen órdenes de deportación definitiva en Estados Unidos, y miles han quedado varados en situaciones de extrema vulnerabilidad.
¿Cómo llegaron los deportados y bajo qué códigos?
Los datos citados por Confidencial provienen del Proyecto de Datos sobre Deportaciones, operado por académicos universitarios mediante solicitudes de acceso a información pública.
El 33% de los deportados partió del Aeropuerto Internacional de Miami y el 25% del de Alejandría, en Luisiana.
La mayoría llegó de forma individual o en pareja, aunque el 19 de marzo y el 9 de mayo de 2025 se registraron grupos de cinco y seis personas, respectivamente.
En cuanto a los códigos aplicados:
- 82 personas fueron enviadas bajo el «código 8» (interceptados en frontera o sacados del interior).
- 22 bajo el «código 3» (salida voluntaria ante juez).
-11 bajo el «código 6» (violación de leyes migratorias).
- Una bajo el «código cero» (retiro voluntario ante oficial).
Sin acuerdo formal, pero con aceptación caso por caso
Ni la Embajada de EE.UU. en Nicaragua ni el ICE respondieron a las consultas de Confidencial.
Andrew Selee, presidente del Instituto de Políticas Migratorias, explicó al citado medio de prensa el marco legal de tales deportaciones:
«El gobierno de los Estados Unidos puede deportar un ciudadano a otro país mientras ese país permita la entrada», aunque advirtió que «hay poca claridad en las decisiones en Nicaragua respecto a quién se acepta y por qué».
Carolina Sediles, asesora legal de la Alianza Nicaragüense Americana para Derechos Humanos (NAHRA), precisó que la ausencia de convenio «no necesariamente prohíbe que envíen a personas de otras nacionalidades a Nicaragua, siempre y cuando el Gobierno lo autorice».
Las autorizaciones se dan «caso por caso», pudiendo existir «consentimiento ad hoc, documentos especiales, residencia previa, doble nacionalidad u otra base individual».
Acuerdos secretos y millones de dólares
Esta práctica se inscribe en la política migratoria de Trump, que ha establecido acuerdos con más de 30 naciones y ha enviado por la fuerza a más de 17,400 personas a terceros países con los que muchas no tienen vínculos, según denunció Human Rights First en mayo de 2026.
Washington ha pagado al menos 44 millones de dólares a gobiernos receptores, varios de ellos responsables de graves violaciones de derechos humanos, en acuerdos que permanecen en secreto en posible violación de la Ley Case-Zablocki, de 1972.
El 27 de febrero de 2026, un juez federal en Massachusetts declaró ilegal esta política por violar la ley federal de inmigración y el derecho al debido proceso.
La Corte Suprema la autorizó temporalmente en junio de 2026 mientras avanzan los litigios.
Las deportaciones a terceros países han dejado a miles de migrantes en situación de absoluta indefensión, sin que sus países de origen ni los receptores asuman responsabilidad por su suerte.
Archivado en: