Cuba permitirá importar autos eléctricos con un impuesto aduanero fijo

Gobierno cubano modifica reglas de importación de vehículos © Facebook/Transtur Cuba
Gobierno cubano modifica reglas de importación de vehículos Foto © Facebook/Transtur Cuba

El régimen cubano publicó este martes en la Gaceta Oficial un paquete legislativo que reforma de manera integral las reglas de compraventa, importación y ensamblaje de vehículos en la isla, con un tratamiento preferencial explícito para los autos eléctricos, incluyendo la posibilidad de importarlos directamente con un arancel fijo.

El instrumento central es el Decreto 163/2026, firmado por el primer ministro Manuel Marrero Cruz, que deroga la normativa anterior aprobada a finales de 2024 y amplía el marco regulatorio para adaptarlo, según sus propios considerandos, «al contexto económico actual» y a la política de transformación de la matriz energética del país.

Una de las novedades más relevantes es que la Aduana establece cuotas fijas de impuesto según el valor declarado del vehículo eléctrico, en lugar de aplicar un porcentaje sobre su precio.

La tabla publicada en la Gaceta fija los siguientes importes:

  • hasta 10,000 dólares: 500 dólares de impuesto;
  • más de 10,000 y hasta 20,000 dólares: 1,000 dólares;
  • más de 20,000 y hasta 30,000 dólares: 1,500 dólares;
  • más de 30,000 dólares: 2,000 dólares. 

La normativa también contempla incentivos para la movilidad eléctrica. Entre ellos figura un tratamiento fiscal preferencial para determinados vehículos eléctricos y para aquellos que se importen junto con infraestructura de carga basada en fuentes renovables de energía, como paneles solares, dentro de la estrategia oficial para impulsar la electrificación del transporte. 

Los vehículos eléctricos ensamblados en Cuba también reciben beneficios tributarios, al quedar exentos del impuesto especial sobre ventas, un gravamen que para otros vehículos puede alcanzar porcentajes elevados del valor comercial.

Tanto ciudadanos cubanos como extranjeros con residencia en el país podrán adquirir vehículos nuevos o usados en entidades comercializadoras autorizadas. Los pagos deberán realizarse en dólares estadounidenses u otras divisas libremente convertibles mediante los instrumentos autorizados por el Banco Central de Cuba.

El decreto establece además un impuesto progresivo a partir del tercer vehículo que adquiera una misma persona natural o jurídica, en las categorías de motocicletas, autos y autos rurales.

Otro elemento relevante del paquete es el Decreto-Ley 122/2026 del Consejo de Estado, que modifica el Código de Seguridad Vial para autorizar el ensamblaje de vehículos a partir de piezas adquiridas lícitamente, una actividad antes reservada exclusivamente a entidades estatales.

La nueva redacción del artículo modificado establece que «se autoriza la fabricación y el ensamblaje de vehículos de motor, remolques y semirremolques, a partir de la adquisición lícita de sus partes y piezas, según disponga el Consejo de Ministros, a los efectos de garantizar la calidad y seguridad de su explotación».

Esta apertura permite que entidades mixtas —estatales y privadas— participen en la industria local de ensamblaje, en línea con decretos anteriores sobre el sistema empresarial cubano.

El paquete legislativo incluye también resoluciones de cinco organismos: los ministerios de Finanzas y Precios, Comercio Interior, Comercio Exterior y Transporte, más la Aduana General de la República.

Entre sus objetivos, el Decreto 163/2026 menciona expresamente «la introducción de vehículos eléctricos o de otras Fuentes Renovables de Energía, en interés de la transformación de la matriz energética del país», una prioridad del régimen en medio de la grave crisis energética que sufre la población cubana.

La normativa crea además un Fondo para el Desarrollo del Transporte Público y regula la baja técnica, el desarme y la recuperación de vehículos, así como la comercialización de piezas de repuesto y accesorios.

El anuncio llega semanas después de que el gobierno adelantara en junio que ampliaría la importación directa de autos eléctricos por personas naturales, con prioridad arancelaria para quienes importaran simultáneamente equipos de carga solar.

Todo el paquete normativo entra en vigor siete días después de su publicación en la Gaceta Oficial, lo que sitúa su aplicación efectiva a partir del martes 11 de agosto de 2026.

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