Los cubanos que aplican a la Ley de Ajuste Cubano no tienen que preocuparse por las ayudas gubernamentales que hayan recibido: esos beneficios no pueden usarse para negarles la residencia permanente. Así lo aclaró el abogado de Inmigración Willy Allen III en un programa en vivo, en medio de la incertidumbre generada por la nueva regla de carga pública de la Administración Trump.
La nueva norma, publicada en el Registro Federal el 20 de julio de 2026 y vigente desde este mismo mes de septiembre, amplía los criterios bajo los cuales un inmigrante puede ser considerado dependiente del gobierno. Ahora los oficiales de USCIS pueden tomar en cuenta beneficios como cupones de alimentos (SNAP), Medicaid y asistencia de vivienda para evaluar, caso por caso, si un solicitante representa un riesgo de convertirse en carga pública.
Allen advirtió que el alcance real de la norma aún es incierto, pero anticipó lo peor: «Ese cambio es nuevo, entonces no puedo decir 100% cómo lo van a utilizar. Pero conociendo a este gobierno, yo sé que es probable que van a tratar de empujar esa regla al límite de negar los más casos posibles».
Como ejemplo extremo, el abogado mencionó el caso de alguien que entró con parole humanitario y solicitó 'Food Stamps'. «Si el gobierno quiere buscar una razón y ve que recibiste 'Food Stamps' en los primeros dos meses que estabas en el país, lo pueden usar en tu contra», señaló, refiriéndose a solicitantes que no están protegidos por una exención.
Pero para los cubanos, el panorama es distinto. La Ley de Ajuste Cubano incluye una exención estatutaria —aprobada por el Congreso en 1966— que protege a sus beneficiarios de la causal de inadmisibilidad por carga pública. Esa exención, confirmada tanto por el Manual de Políticas de USCIS como por el propio Registro Federal de julio de 2026, no puede ser eliminada por una norma administrativa del ejecutivo.
«Pero para una persona cubana que entró con parole humanitario y ya estaba tratando para ajustar su estatus, todas esas noticias no importan. Porque la ley de ajuste cubano todavía sigue siendo una excepción de la ley de carga pública», explicó Allen III.
El mensaje del abogado fue directo y tranquilizador. «O sea que si yo soy cubano, me voy a coger a la Ley de Ajuste y he recibido alguna ayuda, me desentiendo. Tranquilidad. No importa. Nada que ver. Porque es una excepción. Y sigue siendo una excepción».
La aclaración llega en un momento de especial tensión para la comunidad cubana en Estados Unidos, que enfrenta cambios en las reglas para obtener la residencia y dudas sobre el tratamiento de documentos como el I-220A, cuyo estatus legal sigue sin resolverse ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA).
La mayor incertidumbre para los cubanos en proceso de ajuste no proviene, por tanto, de la regla de carga pública —de la que están expresamente exentos—, sino de otras causales que algunos oficiales de USCIS han intentado invocar, como el vencimiento del parole o la evaluación de buena conducta moral, según ha documentado el propio Allen III en anteriores apariciones sobre el Ajuste Cubano.
La regla de carga pública y otras normativas migratorias siguen cambiando. Mantente informado con nuestra sección de Inmigración en EE.UU., donde cubrimos todo lo que afecta el estatus y los derechos de los cubanos en Estados Unidos.
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