
Un tribunal federal de Florida emitió el miércoles una orden que obliga al Servicio de Inmigración y Aduanas (ICE) a revisar si la detención de Carlos Alberto Sáez González, un cubano al que las autoridades de La Habana le negaron la entrada a su propio país, está justificada por razones de seguridad pública.
La resolución, firmada por la jueza Sheri Polster Chappell del Distrito Medio de Florida, no cancela la orden de deportación vigente.
El caso arranca en abril pasado, cuando Sáez González intentó regresar voluntariamente a Cuba en una autodeportación, tras haber vivido en Estados Unidos desde el 16 de junio de 1988. Las autoridades cubanas le impidieron ingresar al aeropuerto de La Habana sin dar explicación alguna, según recoge el documento judicial.
De regreso en territorio estadounidense, ICE revocó la orden de supervisión bajo la que llevaba más de una década y lo detuvo. Días después, la agencia le notificó su intención de deportarlo a México; él manifestó disposición a cooperar, pero la expulsión nunca se ejecutó.
La jueza Chappell determinó que no existe una probabilidad significativa de que Sáez González pueda ser deportado en un futuro razonablemente previsible, aplicando el precedente de la Corte Suprema Zadvydas contra Davis (2001), que prohíbe la detención migratoria indefinida cuando una expulsión no es practicable.
El tribunal señaló que el detenido cumplió con la carga probatoria inicial al demostrar que Cuba lo rechazó y que ICE no realizó ningún intento real de trasladarlo a México pese a su cooperación. «La carga recae sobre el gobierno, pero este no hace ningún intento de refutación», indica la resolución.
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Sin embargo, la magistrada no ordenó ponerlo en libertad.
La Corte Suprema también reconoce que la protección de la comunidad puede justificar la detención de personas especialmente peligrosas, con garantías procesales adecuadas. Como el cubano tiene antecedentes penales —el documento no especifica el delito—, la jueza concedió a ICE 30 días para evaluar si representa un riesgo suficiente que justifique mantenerlo bajo custodia.
Tras esa revisión, el gobierno dispondrá de siete días para presentar una respuesta suplementaria al tribunal, y Sáez González podrá replicar en tres días adicionales.
La resolución también exige al gobierno certificar en tres días que le ha notificado la orden, dado que ICE lo trasladó recientemente a otro centro de detención y no reenvía el correo legal a los detenidos después de los traslados. La petición de hábeas corpus permanece pendiente de resolución definitiva.
El mismo miércoles, la jueza Chappell emitió una resolución de alcance similar para otro cubano, identificado como Josué Álvarez, cuya deportación también considera improbable a corto plazo, con idéntico plazo de 30 días para que ICE revise si sus antecedentes penales justifican la detención.
Ambos casos siguen abiertos.
El caso de Sáez González se inscribe en una tendencia más amplia de litigios judiciales en 2026 sobre la detención prolongada de cubanos cuando ni Cuba acepta su repatriación ni prosperan los intentos de expulsión a terceros países.
En octubre, una jueza en Nevada ordenó liberar a otro cubano detenido por ICE porque el gobierno no demostró que su deportación pudiera ejecutarse. En septiembre, un cubano recuperó su libertad en Texas tras ocho meses bajo custodia de ICE mediante un hábeas corpus, aunque con la orden de deportación aún vigente.
El régimen cubano ha aceptado vuelos de deportación en 2026 —incluyendo personas con condenas por delitos graves—, pero sigue rechazando casos individuales sin explicar las causas, lo que deja a personas como Sáez González atrapadas entre la negativa de La Habana y la custodia migratoria estadounidense, sin una salida clara a la vista.
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