
Un residente permanente de Estados Unidos logró que un juez de inmigración le concediera la cancelación de su deportación, gracias en parte a sus años de residencia en el país y a sus vínculos familiares.
Sin embargo, el Gobierno apeló y la Junta de Apelaciones de Inmigración (BIA) terminó revocando la decisión y ordenando su deportación a México.
El caso de Erick Fernando Mata Rodriguez ha dado lugar a un nuevo precedente migratorio que puede tener consecuencias para otros residentes permanentes, incluidos cubanos, que enfrentan procedimientos de deportación por antecedentes penales.
La resolución, conocida como Matter of Mata Rodriguez, 30 I&N Dec. 191 (BIA 2026), fue emitida el 15 de septiembre de 2026 y designada oficialmente como precedente por el fiscal general de Estados Unidos mediante la Orden No. 7269-2026, fechada el 27 de octubre.
Uno de los aspectos decisivos fue la falta de pruebas objetivas de rehabilitación, que la BIA consideró especialmente importante frente al extenso historial penal del solicitante.
De una decisión favorable a una orden de deportación
El 11 de agosto de 2025, un juez de inmigración había concedido a Mata Rodriguez, ciudadano mexicano y residente permanente legal, la cancelación de remoción.
Para tomar esa decisión, valoró circunstancias favorables como su prolongada residencia en Estados Unidos, sus vínculos familiares y el hecho de haber llegado al país cuando era niño.
La BIA también reconoció que trabajaba con jóvenes en un gimnasio de boxeo y asistía regularmente a la iglesia.
Sin embargo, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) apeló la decisión al considerar que el solicitante no había demostrado suficientemente que merecía ese beneficio migratorio.
La BIA coincidió con el Gobierno.
Al revisar el expediente, el tribunal destacó un extenso historial penal que incluía acusaciones por robo mediante entrada ilegal a un inmueble, posesión de sustancias controladas, agresión contra su madre y acoso contra su hermana.
También examinó detenciones relacionadas con incumplimientos de las condiciones de libertad condicional, entre ellos no conseguir empleo, no asistir a las clases exigidas y evadir un arresto, así como multas judiciales pendientes de pago.
La resolución aclara que algunas detenciones no terminaron en condenas.
No obstante, la BIA consideró que los hechos y circunstancias subyacentes podían tenerse en cuenta al valorar discrecionalmente la solicitud.
El factor que terminó pesando contra el residente
Más allá de los antecedentes penales, la BIA cuestionó la falta de elementos que permitieran acreditar una rehabilitación real.
Aunque reconoció el deseo expresado por Mata Rodriguez de mejorar su conducta, concluyó que el expediente no contenía pruebas objetivas suficientes para respaldar esa afirmación.
El tribunal también señaló que no había presentado documentación que demostrara la declaración de impuestos federales, un empleo estable o cartas de familiares, amigos y otras personas que respaldaran su buen carácter moral.
Tampoco constaban pruebas de inscripción en el Servicio Selectivo ni propiedades a su nombre.
Al ponderar las circunstancias favorables y desfavorables, la BIA determinó que los factores positivos no compensaban la gravedad y extensión de su historial penal.
Por ello, anuló la decisión del juez de inmigración, denegó la cancelación de remoción y ordenó su deportación a México.
¿Qué cambia para los residentes permanentes?
El precedente refuerza la importancia de presentar pruebas convincentes de rehabilitación cuando un residente permanente con antecedentes penales solicita la cancelación de remoción.
No significa que todos los solicitantes deban presentar un certificado específico de rehabilitación, ni que la ausencia de determinados documentos conduzca automáticamente a la deportación.
La decisión confirma que las autoridades migratorias deben evaluar el conjunto de circunstancias de cada caso y que los antecedentes penales graves pueden pesar más que los vínculos familiares, la residencia prolongada y otras consideraciones favorables.
Según las circunstancias individuales, documentos sobre tratamientos completados, cumplimiento de condiciones judiciales, historial laboral y testimonios de personas que conozcan directamente la evolución del solicitante pueden ayudar a demostrar rehabilitación.
Su presentación, sin embargo, no garantiza una resolución favorable.
¿Cómo puede afectar a los cubanos con residencia permanente?
Aunque el caso corresponde a un ciudadano mexicano, el precedente también resulta relevante para los cubanos que poseen residencia permanente legal en Estados Unidos y enfrentan procedimientos de deportación.
La residencia permanente no ofrece protección absoluta frente a la expulsión del país.
Determinadas condenas y otras circunstancias previstas en la legislación migratoria pueden dar lugar a procedimientos de remoción incluso después de décadas de residencia.
La cancelación de remoción para determinados residentes permanentes está regulada por la Sección 240A(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad.
Entre sus requisitos figuran haber sido residente permanente durante al menos cinco años, acumular siete años de residencia continua después de una admisión legal —sujetos a las reglas que pueden interrumpir ese período— y no haber sido condenado por un delito clasificado como aggravated felony según la legislación migratoria federal.
Pero cumplir estas condiciones no asegura que se conceda el beneficio: el solicitante también debe demostrar que merece una decisión favorable en el ejercicio de la discreción de las autoridades migratorias.
La problemática afecta a cubanos con décadas de residencia en Estados Unidos. Entre los casos recientes figura el de un cubano deportado a México después de vivir 55 años en territorio estadounidense.
El caso Mata Rodriguez demuestra que incluso una decisión favorable de un juez de inmigración puede ser revocada en apelación y que las pruebas de rehabilitación pueden resultar determinantes cuando existen antecedentes penales importantes.
Para quienes enfrenten un procedimiento de deportación, la preparación de las pruebas y la evaluación de sus antecedentes con un abogado de inmigración pueden ser fundamentales al solicitar la cancelación de remoción.
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