
El Tribunal Supremo rechazó este viernes 30 de octubre extender la suspensión cautelar del voto a los beneficiarios de la Ley de Nietos que residen en España, según informó El Mundo. La decisión responde a una petición de Iustitia Europa de cara a las elecciones generales del 29 de noviembre.
La Sala de lo Contencioso-Administrativo descartó ampliar la medida a los nacionalizados inscritos en el censo electoral de residentes en España (CER), así como a sus hijos. La providencia citada por el diario señala que la solicitud «se refiere a cuestiones que no forman parte del objeto de este recurso».
El rechazo de esa ampliación comprende también a los cubanos que obtuvieron la nacionalidad española por esta vía y figuran en el CER. La decisión no supone levantar las restricciones cautelares que afectan a determinados nacionalizados inscritos en el censo de españoles residentes en el extranjero (CERA).
Pendiente la decisión sobre los descendientes en el exterior
En una segunda providencia, el Supremo dio a las partes tres días para presentar alegaciones antes de resolver si extiende la suspensión a los descendientes de quienes accedieron a la nacionalidad mediante esa norma.
Iustitia Europa había solicitado que se adoptara la medida sin oír previamente a las partes. El tribunal rechazó esa vía y acordó tramitar la petición como medida cautelar, por lo que la solicitud relativa a los descendientes inscritos en el CERA sigue pendiente de resolución.
La formación, presidida por Luis María Pardo, presentó sus escritos los días 27 y 28 de octubre. Sostenía que las resoluciones anteriores no habían cubierto expresamente la situación de los nacionalizados residentes en España ni la de los hijos de los beneficiarios.
La petición de ampliar las restricciones a los hijos mayores de edad de los nacionalizados, conocida el 27 de octubre, se refiere a quienes obtuvieron la ciudadanía mediante el Anexo III de la Ley de Memoria Democrática, conocida como Ley de Nietos.
En esa solicitud, Iustitia Europa propuso que los votos de los electores afectados fueran recibidos, pero permanecieran separados y sin contabilizar hasta comprobar sus expedientes. También planteó como alternativa limitar la medida a los hijos cuyos padres estuvieran incluidos en las restricciones anteriores.
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