
Los propietarios de viviendas que quedaron destruidas o inhabitables por incendios, inundaciones y otros desastres naturales en California tienen hasta este lunes para solicitar una ayuda estatal que puede cubrir hasta un año de pagos hipotecarios, con un máximo de 100,000 dólares por hogar elegible.
La Agencia de Financiamiento de Vivienda de California (CalHFA) confirmó que ese día cerrará la recepción de solicitudes del programa CalAssist Mortgage Fund (Fondo de Asistencia Hipotecaria CalAssist), creado para aliviar las obligaciones hipotecarias de familias que perdieron sus hogares o cuyas propiedades sufrieron daños tan graves que fueron declaradas inhabitables.
La asistencia consiste en una subvención económica que no tiene que devolverse. Tampoco se trata de un cheque entregado directamente al propietario: los fondos aprobados se transfieren a la entidad que administra su hipoteca para cubrir los pagos correspondientes.
El beneficio puede alcanzar el equivalente a 12 mensualidades hipotecarias, sin superar los 100,000 dólares por hogar.
a cantidad que reciba cada solicitante dependerá de sus pagos y de las condiciones del programa, por lo que esa cifra representa un límite máximo y no una suma garantizada.
La solicitud es gratuita y debe completarse a través del portal oficial de CalAssist.
No todos los propietarios afectados por un desastre pueden recibir esta ayuda
El programa está dirigido exclusivamente a viviendas principales situadas en California que fueron destruidas o quedaron inhabitables como consecuencia de determinados desastres ocurridos entre el 1 de enero de 2023 y el 8 de enero de 2025.
Para que un desastre sea elegible, debe haber recibido una declaración de emergencia del gobernador de California o una declaración federal de desastre mayor aprobada por el presidente de Estados Unidos.
Entre los acontecimientos incluidos figuran los incendios que devastaron varias comunidades del área de Los Ángeles en enero de 2025 y el incendio Park Fire, que afectó zonas de los condados de Butte, Tehama y Plumas en 2024.
El propietario debe demostrar que la vivienda afectada era su residencia principal durante el mes anterior al desastre. No basta con haber vivido cerca de un incendio ni con que la propiedad haya sufrido daños menores: debe comprobarse que está destruida o que su deterioro la hace inhabitable.
De acuerdo con los requisitos publicados por CalAssist, pueden considerarse viviendas unifamiliares, condominios, propiedades de hasta cuatro unidades y determinadas casas prefabricadas fijadas permanentemente al terreno.
Las segundas residencias, las casas vacacionales y las propiedades utilizadas exclusivamente como inversión no reciben cobertura. Aunque una persona posea varios inmuebles, solo puede solicitar asistencia para la vivienda que constituía su residencia principal antes del desastre.
También existen límites económicos. Los ingresos combinados de las personas que figuran en la hipoteca o escritura deben ajustarse al máximo establecido para el condado donde se encuentra la propiedad. Además, el préstamo hipotecario debe cumplir con los límites correspondientes de la Agencia Federal de Financiamiento de Vivienda (FHFA) para 2026.
La vivienda debe estar a nombre de una persona física, aunque se contemplan determinadas estructuras de fideicomiso. Las propiedades pertenecientes a empresas constituidas como LLC (Limited Liability Company, compañía de responsabilidad limitada), una figura jurídica utilizada en Estados Unidos para registrar negocios, u otras sociedades excluidas por las reglas del programa no son elegibles.
Estar atrasado en los pagos hipotecarios no impide necesariamente solicitar la ayuda. CalAssist permite evaluar solicitudes de propietarios que están al corriente, tienen pagos pendientes o se encuentran bajo un acuerdo temporal de suspensión o reducción de pagos, conocido en inglés como forbearance.
El programa también contempla determinados préstamos sobre el valor acumulado de la vivienda y las hipotecas inversas, siempre que se cumplan los requisitos específicos.
Los propietarios que ya recibieron asistencia de la Agencia Federal para el Manejo de Emergencias (FEMA), de la Administración de Pequeñas Empresas (SBA) o de una aseguradora tampoco quedan automáticamente excluidos. Sin embargo, deben respetar las reglas que impiden recibir dos ayudas para cubrir un mismo gasto.
Para iniciar el trámite, los interesados deben acceder a la página oficial del programa, completar un cuestionario inicial de elegibilidad y, si cumplen los criterios preliminares, presentar la solicitud electrónica.
Entre los documentos que deben preparar figuran una identificación válida, el estado de cuenta hipotecario más reciente, comprobantes de ingresos, estados bancarios y una factura de servicios públicos de la vivienda afectada.
Dependiendo de las circunstancias, también pueden solicitarse informes de las aseguradoras, documentos de FEMA o certificaciones de las autoridades locales que acrediten los daños sufridos por el inmueble.
Las autoridades recomiendan comprobar que la documentación esté completa y revisar regularmente el correo electrónico utilizado en la solicitud, ya que los evaluadores podrían pedir información adicional. La revisión puede tardar varias semanas.
Otro requisito importante es que la entidad administradora de la hipoteca participe en CalAssist. Si todavía no forma parte del programa, el expediente puede quedar pendiente mientras se intenta incorporar a esa entidad. Si finalmente no participa, la solicitud no podrá procesarse.
El documento oficial de condiciones también precisa que las subvenciones pueden tener consecuencias tributarias, por lo que recomienda consultar con un profesional de impuestos antes de aceptarlas.
CalAssist comenzó a funcionar el 5 de junio de 2025 y posteriormente amplió su cobertura hasta un año de pagos hipotecarios. El cierre anunciado para este lunes corresponde al período de presentación de solicitudes, no a la finalización de todas las ayudas ya concedidas.
Las solicitudes enviadas dentro del plazo continuarán siendo examinadas después del 2 de noviembre, mientras que los pagos de las subvenciones aprobadas seguirán realizándose según las condiciones del programa.
Guardar una solicitud sin enviarla no equivale a presentarla. El portal indica expresamente que los expedientes deben ser enviados antes del cierre para que puedan ser considerados, aunque existan reglas generales sobre el tiempo disponible para completar solicitudes iniciadas.
Para quienes necesiten asistencia, CalAssist dispone del teléfono 800-501-0019, con atención de lunes a viernes, de 8:00 a.m. a 5:00 p.m. El portal ofrece además opciones de asistencia en distintos idiomas, incluido el español.
Los propietarios interesados pueden consultar los criterios completos de elegibilidad y la documentación necesaria antes de presentar su expediente en línea. El programa mantiene el 2 de noviembre de 2026 como fecha límite para recibir nuevas solicitudes.
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