Acuerdo 5544
El Consejo de Estado de la República de Cuba otorga la Medalla OLO PANTOJA de Primera Clase. Esta norma se emite en virtud de la Constitución de la República y la Ley No. 17 de 1978, que regula el Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos.
- Otorga la Medalla OLO PANTOJA de Primera Clase a Coronel YOLANDA PASCUAL FRAGA y Coronel JUAN B. GONZÁLEZ BALLESTER
- Reconoce resultados obtenidos en el ejercicio de dirección y mando de importantes tareas y misiones
- Decreto-Ley No. 105 de 13 de julio de 1988 crea la Medalla OLO PANTOJA
- El Ministro del Interior queda encargado de disponer la entrega de la Medalla
- Se publica en la Gaceta Oficial de la República de Cuba
Texto íntegro
El Consejo de Estado de la República de Cuba, en uso de las atribuciones que le han sidoconferidas por el inciso k), del artículo 90, de la Constitución de la República, y la Ley No. 17,de 28 de junio de 1978, “Del Sistema de Condecoraciones y Títulos Honoríficos”, ha adop-tado el siguiente
ACUERDO No . 5544/2017
PRIMERO: Otorgar la Medalla OLO PANTOJA de Primera Clase, creada por el Decreto Ley No. 105, de 13 de julio de 1988, a
Coronel YOLANDA PASCUAL FRAGA
Coronel JUAN B. GONZÁLEZ BALLESTER
en reconocimiento a los resultados obtenidos en el ejercicio de dirección ymando de importantes tareas y misiones, que han contribuido con su accionar a laestabilidad de la situación operativa nacional en sus ámbitos de incidencia, y por sucapacidad de análisis y ejemplo personal, lo que ha permitido el éxito de las mismas.
SEGUNDO: El Ministro del Interior queda encargado de disponer todo lo relacionadocon la entrega de esta Medalla a los condecorados.
TERCERO: Publíquese en la Gaceta Oficial de la República de Cuba, a los efectosprocedentes.
DADO en el Palacio de la Revolución, en La Habana, a los 2 días del mes de febrerode 2017.
Raúl Castro Ruz
Presidente del Consejo
de Estado
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